Una de las primeras decisiones que debe tomar el autónomo es a qué mutua pertenecer. Pero en realidad esto constituye una novedad que se ha implantado en los últimos años. Es algo tan relativamente nuevo que muchos profesionales por cuenta propia no tienen muy claro qué es una mutua, los motivos por los que deben pertenecer a una y cuál es la suya.
La integración de los autónomos dentro de las mutuas supone dar un paso más en su protección. Pero, ¿qué son realmente estas entidades? ¿Cómo puede elegir el autónomo su mutua? ¿Qué puede hacer un profesional si desconoce cuál es la mutua a la que está adscrito? En esta ocasión vamos a resolver todas estas dudas.
¿Qué es una mutua?

Las mutuas fueron creadas en el año 1900, se trata de asociaciones sin ánimo de lucro que colaboran con la Seguridad Social en la gestión de las prestaciones que esta concede en los casos de contingencias profesionales, así como en los supuestos de incapacidad temporal y cese de actividad de los autónomos.
Una mutua se encarga de gestionar recursos y servicios públicos, y para poder operar como tal debe estar primero autorizada por el Ministerio de Seguridad Social. Con el tiempo han ido asumiendo cada vez más funciones. No solo gestionan lo relativo a enfermedades profesionales y accidentes laborales, también tienen competencias en prevención de riesgos laborales.
¿Debe el autónomo pertenecer a una mutua?

El Estatuto del Trabajador Autónomo estableció en 2008 la obligatoriedad de contar con una mutua para todos aquellos profesionales que estuvieran de alta en el RETA y para aquellos autónomos que debido a su actividad profesional tuvieran un alto riesgo de sufrir un siniestro. Para los autónomos en pluriactividad y los autónomos del Régimen Agrario la pertenencia a la mutua era opcional.
Pero en 2019 se cambió la legislación y desde el 1 de enero de ese año es obligatorio que todos los autónomos estén dados de alta en una mutua colaboradora de la Seguridad Social. Esta se encarga de cubrir sus prestaciones de incapacidad por enfermedad común o accidente no laboral, da cobertura en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional y abona la prestación por cese de actividad.
¿Qué cubre la mutua?

Estas entidades se encargan de gestionar la prestación que corresponde a los autónomos en caso de incapacidad temporal que derive de contingencias comunes. No obstante, quienes estén en régimen de pluriactividad pueden elegir la prestación por IT que les corresponde por pertenecer a otro régimen diferente al RETA.
La mutua también asume las prestaciones en caso de accidente laboral o enfermedad profesional del autónomo. Esto constituye una auténtica novedad, puesto que hasta 2019 esta protección era voluntaria y ahora es obligatoria para todos los trabajadores por cuenta propia.
Por último, la mutua se encarga además de gestionar las prestaciones por cese de actividad, lo que se conoce como el paro de los autónomos. Aunque para poder cobrar esta prestación es necesario que el profesional por cuenta propia haya estado cotizando por ella y tenga cubierto el período de carencia necesario.
Autónomo: La importancia de conocer tu mutua

Como autónomo es fundamental que estés al tanto de cuál es tu mutua, es con ella con la que vas a tener que contactar en caso de pasar a estar de baja. Ahora que estamos en plena crisis por el COVID-19 es todavía más importante estar informado sobre la identidad de tu mutua, ya que vas a tener que tramitar las ayudas a través de ella.
Si te diste de alta en el RETA con posterioridad al 31 de diciembre de 2018 tuviste que elegir tu mutua en el momento de cursar el alta en la Seguridad Social, así que revisando tu documento de alta puedes saber fácilmente cuál es tu mutua colaboradora.
¿Cómo localizar tu mutua?

En caso de que hayas revisado la documentación y no hayas resuelto tu duda sobre tu mutua, puedes informarte directamente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Si introduces tus datos el sistema te dirá cual es la mutua colaboradora a la que te adscribiste en su momento.
Si tienes un gestor lo puedes averiguar de forma todavía más sencilla. Simplemente contacta con él y dile que te informe sobre cuál es tu mutua. Estos profesionales tienen toda la información relativa a tu actividad profesional, así que deben estar al tanto de este dato.
¿Puede un autónomo cambiar de mutua?

Los autónomos solo recurren a ella cuando necesitan cobrar alguna prestación por estar de baja o por haber cesado en su actividad. Es raro que surjan conflictos con esta entidad, pero aún así es posible que decidas que quieres hacer un cambio y elegir otra mutua diferente a aquella con la que estás trabajando en la actualidad.
Todos los autónomos tienen derecho a cambiar de mutua. Lo único que hay que hacer es solicitar la baja antes del 1 de octubre del año en curso y darse de alta en la nueva también antes de esa fecha, para ello hace falta presentar el documento que acredita que se ha pedido la baja en la otra mutua.
Un dato importante a tener en cuenta es que el cambio no se hará efectivo hasta el 1 de enero del año siguiente. Además, hay que presentar ante la Seguridad Social la documentación que acredita que se va a hacer el cambio de mutua. Es un trámite rápido y sencillo.
Un elemento esencial

Como has podido comprobar a lo largo de este artículo, la mutua tiene una importancia trascendental en la vida laboral del autónomo, muy especialmente cuando este sufre alguna enfermedad o accidente y tiene que pasar a cobrar una prestación pública.
De ahí lo importante que es estar bien informado sobre cuál es. Aunque ahora mismo no la necesites, es aconsejable que revises tu documentación y te pongas al día. Así, si en algún momento te llega a hacer falta, cuentas con la tranquilidad de tener esa información y poder empezar a tramitar tu prestación cuanto antes.



























































