En lo referido a la jubilación, la primera pata de la reforma de las pensiones ya está aprobada por el Consejo de ministros desde el pasado día 6 de julio. Se trata de un anteproyecto de ley que garantiza el poder adquisitivo de las pensiones, que se revalorizarán según el IPC, y en el que se establecen medidas para acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal.
Esto se hará mediante un endurecimiento de la jubilación anticipada voluntaria y mayores incentivos para retrasar el retiro del mercado laboral. Ahora bien. Una vez estipuladas las nuevas fases y los nuevos cambios referidos para 2022, hay muchos que se preguntan si es posible pedir un anticipo de la pensión de jubilación. Y lo cierto es que sí, y para ello es preciso solicitarlo a la Seguridad Social. Te lo detallamos a continuación.
Para pedir un adelanto de la jubilación habrá que solicitarlo a través de la plataforma online de la Seguridad Social

Como es habitual, entorno al día 25 de cada mes, las entidades bancarias emiten los pagos de las pensiones, cuyo cobro se divide en 14 pagas: las 12 mensuales y dos extras, habiéndose cobrado la primera el pasado mes de junio. Tal y como establece el organismo, esta prestación debe pagarse antes del cuarto día natural de cada mes, aunque los bancos suelen liquidarla antes.
En cambio, hay dos colectivos que cobran la pensión prorrateada en 12 pagas: aquellos que la reciben su pensión por incapacidad permanente total, absoluta o invalidez derivada de un accidente de trabajo o por enfermedad laboral. En cualquier caso, la fecha para abonar la ayuda depende de la entidad bancaria, sobre todo teniendo en cuenta que hay veces que caen en domingo. Ahora bien. ¿qué ocurre si nos vemos muy apurados y se quiere solicitar un anticipo de la jubilación?
La Seguridad Social solo se encarga de ingresar la cantidad de nuestra jubilación; nosotros tendremos que solicitarlo

El organismo del Estado que se encarga de pagar las pensiones es la Seguridad Social, en concreto la Tesorería General de la Seguridad Social TGSS. Para ello cuenta con un sistema mixto de financiación que se alimenta de distintas fuentes. La principal fuente de financiación proviene de las cotizaciones que pagan mensualmente los trabajadores y empresarios. Es importante saber que el anticipo del importe se tramita con el banco a través de distintas vías.
En este supuesto, el organismo público solo se encarga de ingresar la cantidad en la cuenta corriente que se haya especificado en el momento que corresponda. Esta entidad se tiene que indicar en el momento y de forma simultánea a cuando se realiza dicha tramitación. Ante esto, si necesitamos un adelanto de la misma se tiene que efectuar a través del banco donde hayamos decidido domiciliarla, y no a través de la Seguridad Social. En este supuesto, el organismo público solo se encarga de ingresar la cantidad en la cuenta corriente
Para acceder a este adelanto de la jubilación pueden exigir una serie de requisitos y compromisos

Estas cuentas que permiten domiciliar el recibo de la pensión y recibirla antes de tiempo también exigen una serie de requisitos. Obviamente domiciliar la pensión de jubilación, pero además pueden exigir una cuantía mínima y domiciliar otros recibos. Otras condiciones que se pueden exigir son compromisos como, por ejemplo, un mínimo de usos de la tarjeta.
Para ello se puede disponer de una cuenta corriente o libreta de ahorro específica, en la que como titular debe figurar el perceptor, por lo que es individual y tiene como única finalidad la recepción de la pensión. Se trata de cuentas especiales destinadas a las personas mayores pensionistas y que como todos los productos financieros exigen una serie de requisitos. También están las cuentas corrientes o libretas de ahorro ordinarias, en cuyo caso la titularidad puede ser compartida, de modo que no es exclusivo que solo figure el mayor que se beneficie de la prestación.
La Sede Electrónica de la Seguridad Social nos pedirá completar el formulario correspondiente relacionado con la jubilación

Para acceder a ello tendremos que dirigirnos hacia el portal de la Seguridad Social, y todo a través de este enlace. También está la opción de tramitarlo por teléfono, pero sabemos que será mucho más fácil (y cómodo) hacerlo mediante el servicio web online. Si escogemos la primera opción, tendremos que completar la información que el formulario electrónico va solicitando.
Una vez dentro del portal de la Seguridad Social anteriormente señalado, la Sede Electrónica del organismo nos trasladará a un primer destacado en azul donde se indica Obtener Cita para Pensiones y Otras Prestaciones. A partir de ahí pulsaremos en el signo +, y te aparecerán las diferentes maneras en que puedes identificarte: Certificado digital, usuario más contraseña, o sin certificado (el resto de opciones estarán deshabilitadas en este caso).
Preferencias respecto a la cita y datos de la solicitud

En ese momento, el sistema nos llevará a una nueva pantalla donde rellenaremos nuestros datos. Estos serán el nombre y apellido, tipo y número de documento de identificación, teléfono móvil y correo electrónico. Es cierto que nuestro número de teléfono no es obligatorio de colocar, pero se recomienda cumplimentarlo para que, como se observa en la propia página, la Seguridad Social pueda comunicarse fácilmente con nosotros.
Eato, bien por SMS para recordarnos gratuitamente la cita. También habrá que marcar la casilla para dar el permiso. Continuando, más abajo veremos preferencias respecto a la cita: la más cercana en el tiempo y en una delegación próxima a tu código postal, la primera disponible en tu provincia, o en tercer lugar para elegir tú mismo tanto el centro como el día y la hora. A continuación, habrá que responder a la pregunta de seguridad y pinchamos en ‘Siguiente’.
Presentación de solicitud y código de confirmación

Posteriormente, dentro del recuadro que encontraremos en el centro de la pantalla, pinchamos en Jubilación, Presentación de Solicitudes y documentos para tramitar la pensión de Jubilación. Ahora, pulsa el botón de ‘Seleccionar y continuar’. Si, por ejemplo, en el primer paso de este trámite hemos seleccionado la primera cita disponible en un centro próximo a tu código postal, en esta nueva pantalla tendrás las distintas posibilidades.
Así como si previamente has elegido otra preferencia. Escoge una del listado y después pulsa en ‘Seleccionar’. Y todo hecho. En este momento, se generará un mensaje en la zona superior tu pantalla que dirá ‘Su cita ha sido procesada correctamente‘. Recibirás un correo electrónico con la información de la Cita. En la confirmación, aparecerá un localizador que habrá que guardarlo para realizar cualquier gestión que necesites hacer en relación con tu cita presencial.
Tendremos la posibilidad de consultar la resolución

Una vez confirmada la solicitud del adelanto de la pensión de jubilación, tenemos a nuestro alcance la posibilidad de consultar la resolución de jubilación. Tres meses anteriores o posteriores a la fecha de cese en el trabajo, los trabajadores que se encuentren de alta pueden presentar la solicitud de pensión de jubilación. Esta consistirá en la percepción de una pensión vitalicia, única e imprescriptible, que se concede al trabajador cuando, a causa de la edad, cesa en el trabajo.
Sus efectos económicos se producen a partir del día siguiente a la fecha de cese en la actividad. Si han transcurrido los tres meses posteriores a la edad de la jubilación, entonces los efectos económicos comenzarán a contar desde el día siguiente al de presentación de la solicitud, excepto en algunas situaciones asimiladas al alta, en cuyo caso es cuando se produzca el hecho causante.







































