Año tras año, una de las dudas más recurrentes para todo contribuidor es cómo de favorable (o no) resultará realizar la declaración de la Renta de este 2021 correspondiente al ejercicio de 2020. Más en un año donde han habido tantos cambios y nuevas medidas al respecto provocadas por la pandemia.
En este sentido, y sobre todo para los principiantes que se enfrentarán en esta ocasión por vez primera a la declaración de la Renta, conocer si el IRPF nos sale a devolver o a pagar nos ayudará a planificarnos y a vivir sin nervios la cita anual con Hacienda. Lo repasamos desde nuestro portal de MERCA2.
Conocer el resultado de tu declaración de la renta, un proceso más sencillo de lo que parece
Para todos los primerizos y aquellos que no lo son tanto, tenemos buenas noticias al respecto de nuestra declaración de la renta. Y es que gracias a todos los procedimientos y aplicaciones, conocer si te devuelven en la declaración es menos complicado de lo que se piensa.
Porque, en realidad, y sabiendo lo que hemos conseguido a lo largo del año y lo que no, además de sus cambios de último momentos, basta con tener claras ciertas cifras clave.
Esto para poder adelantarte y conocer el resultado de la renta antes de tener que rellenar todo el documento que tendrás que presentar en Hacienda vía internet (del 7 de abril al 30 de junio), por teléfono (6 de mayo al 30 de junio), o de forma presencial (del 2 de junio al 30 del mismo mes): Ahora bien, ¿de qué depende ese resultado?
El IRPF sobre la declaración de la renta negativa o positiva
Para tener claros los conceptos, la declaración de la renta el impuesto más importante de todo el sistema tributario. En primer lugar, el IRPF: éste es un impuesto directo que grava la renta obtenida por las personas físicas residentes en territorio español en el año natural.
O lo que es lo mismo: el contribuyente es el que paga a Hacienda la diferencia entre el IRPF que ha pagado y el que le corresponde. En ese borrador o presentación definitiva, el importe nos saldrá de dos formas: a devolver o a pagar.
Por tanto, cuando ese importe sea negativo, la Agencia Tributaria te devuelve el importe, mientras que, si es positivo, tú tendrás que abonarlo. Así que, si ves un signo negativo, no tienes por qué alarmarte, sino todo lo contrario. Este ajuste que se realiza todos los años en el proceso permite determinar si has pagado más o menos de lo que te correspondía, en función de tu situación particular. Ese resultado saldrá a pagar o a devolver en función del sueldo y de lo que vaya reteniendo la empresa cada mes, así como de las circunstancias personales.
No todos los ingresos están sujetos a retención en nuestra declaración de la renta
En este sentido, que nosotros hagamos la declaración de la renta una única vez al año no quiere decir que Hacienda no obtenga ingresos vinculados a nuestra renta durante el resto del ejercicio.
Sino que lo que hace es establecer una serie de pagos ‘a cuenta’ de nuestro IRPF. Son las retenciones que nos aplican sobre la nómina, así como sobre los ingresos obtenidos por los profesionales autónomos.
Sin embargo, y algo a tener muy en cuenta, es que no todos los ingresos están sujetos a retención. Por ejemplo, estos pueden ser los recibidos de un inquilino que tenga como vivienda habitual un inmueble de nuestra propiedad, en si caso. Además, junto a esos cobros ‘a cuenta’ del IRPF, que la declaración nos salga a pagar o a devolver también depende de las ventajas fiscales (deducciones) que nos podamos aplicar.
La cuota diferencial de la declaración de la renta
Posteriormente, y una vez despejada la primera duda que se nos puede agolpar en los primeros momentos en los que tenemos que hacer frente a esta declaración de la renta, se debe solicitar el borrador en la página del sistema Renta Web.
Esto es tanto como si estás obligado a presentar la declaración de la Renta como si no. Este paso es importante ya que, si no estás obligado a presentar declaración pero el borrador sale a devolver, estarías renunciando a un dinero que te corresponde legalmente como contribuyente.
Será entonces cuando tengamos que conocer el veredicto de Hacienda. Para ello, tendremos que consultar la casilla 670 para saber cuál es la cuota diferencial de la declaración. Esa será la cantidad resultante de restar las deducciones al IRPF, lo que permite saber el resultado de la declaración de la renta.
Si es a devolver, ¿cuándo paga Hacienda?
A continuación, y una vez se haya reconocido que nuestra declaración sale a devolver, será Hacienda por medio de la Agencia Tributaria la que esté ahora en disposición de pagarnos por el resultado favorable.
La Administración pública comienza a hacer las devoluciones 48 horas después iniciar la campaña, pero lo normal es que efectúen el pago en un plazo de 30 días desde el momento en que fue consignado el borrador.
En este sentido, también tenemos que considerar algo que se hace bastante obvio, pero que también sirve para responder a la pregunta. Y es que, cuanto más pronto hayamos hecho la declaración de la renta, será más rápido que Hacienda nos ingrese el dinero a favor. Además, y al mismo tiempo, también será mucho más ágil el proceso de devolución si se ha hecho vía internet.
Por consiguiente, y si vemos que Hacienda no nos ha efectuado el pago, también tenemos que prestar atención porque en caso de no recibir el pago en los 30 días siguientes a la presentación, Hacienda dispone de un plazo legal de 6 meses (que comienzan a partir del 30 de junio) para efectuar las devoluciones, y ha de hacerlo antes del 31 de diciembre de 2021.
Qué tengo que hacer si el resultado me sale a pagar
En el lado contrario, se encuentra el otro marco de la situación. Donde, a tenor del resultado de nuestra operación como resultado de la declaración de la renta, es posible que el importe sea a pagar por nosotros y no por Hacienda.
En esta operación, y vista como uno de los cambios importantes desde hace algunas campañas, también cabe la posibilidad de que nuestro importe en la declaración de la renta se haga de manera fraccionada.
Aquí, no obstante, podemos efectuarlo de dos maneras. La primera consiste en hacerlo por un 60% del importe cuando se presente la declaración. El segundo, por lo mismo, será del 40% restante, del que tendremos hasta casi finales de año. Aún así, esta opción es un tanto compleja porque tendremos que dirigirnos hacia la Agencia Tributaria para justificar que no disponemos de liquidez económica para hacer frente a ese pago en estos momentos.
Renta Web Open, el simulador de la Agencia Tributaria para conocer si tenemos que pagar o no
Por último, y visto también como uno de los sistemas más favorables y sencillos para conocer de primera mano nuestra situación, la Agencia Tributaria también pone a nuestra disposición un simulador con el que nos permitirá saber si tendremos que pagar o no en nuestra declaración de la renta 2021.
Es una herramienta oficial, por lo que con ella sabremos antes del comienzo de la campaña cuál será el resultado de nuestra declaración. Se trata del Renta Web Open, y estará disponible a partir del martes día 23 de marzo.
Sobre la misma, además, permitirá a los ciudadanos saber con anterioridad cómo será la factura fiscal del ejercicio de 2020. De todos modos, y aunque es una aplicación que tiene un gran uso personal, también cabe destacar que no tendrá ninguna validez ante la presentación oficial.