Hay actividades muy cotidianas al volante que hacemos casi sin darnos cuenta. Conducir con el abrigo puesto, comer algo o dar un beso al acompañante son cosas que hacemos en nuestro día a día al conducir, pensando que es algo normal. Sin embargo, la DGT es clara al respecto y sanciona por ciertas acciones, aunque creas que no.
¿Cuáles son esas sanciones por hacer cosas cotidianas? Vamos a ver a fondo las multas que parecen increíbles en España, pero que están penadas por la ley y con las cuales deberías tener mucho cuidado la próxima vez. De hecho, son cosas que haces casi a diario y que podrían tener multa.
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La DGT te multa por llevar abrigo puesto
Cuando estamos en época de frío, siempre nos gusta llevar nuestro abrigo y nuestra bufanda. Si hace mucho frío afuera o tenemos que hacer un viaje rápido, hay personas a las que se les olvida quitarse el abrigo al entrar en el coche y que lo llevan puesto. El problema es que esto es sancionable y conlleva multa.
Esta sanción asciende hasta 200 euros. La razón es que el cinturón de seguridad no va a funcionar correctamente con un abrigo puesto, ya que no te retendrá y limita la libertad de movimiento. Es más, tampoco puedes llevar guantes. Por ello, es mejor quitarse el abrigo y poner la calefacción del coche si se tiene frio, que para eso está.
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Multa por besar al copiloto
Una de las multas más extrañas de la DGT es la multa por dar un beso al acompañante, cosa cotidiana que hacen la mayoría de parejas. Tener un gesto cariñoso es normal, pero conduciendo te podría salir caro.
La sanción es de 80 euros, ya que consideran que estás apartando la mirada de la carretera. Además, te pueden multar por discutir con tu pareja, porque alegan que te estás distrayendo.
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La DGT y la multa por comer
Muchas veces, vamos con prisa al trabajo o de viaje y tenemos que comer algo rápido por el camino. Por este motivo, algunas personas no pueden pararse un segundo y deciden ir comiendo en el coche mientras conducen, conduciendo con la otra mano. Sin embargo, esto no debe hacerse, ya que es sancionable por la Dirección General de Tráfico.
Si no que se lo digan a un denunciado, que tuvo 80 euros de multa por comerse un plátano. Si bien es verdad que tuvo pronto pago al 50%, fue sancionado por no mantener atención permanente en la carretera. De hecho, la misma multa le pasó a una persona que se estaba comiendo las uñas, ya que limitaba la movilidad.
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El móvil no se toca, ni en los semáforos en rojo
Sin duda, la DGT ha puesto la lupa en los teléfonos móviles, ya que se consideran los mayores causantes de accidentes hoy en día. Por ello, han subido la multa hasta los 600 euros y retirada de 6 puntos en el carnet. Hasta ahí todo normal, ya que usar el móvil distrae. El problema es que sujetar el teléfono en la mano también acarrea sanción, aunque esté apagado.
Por este motivo, es mejor no tocar el móvil para nada conduciendo, ni siquiera en un semáforo en rojo, donde es igualmente sancionable. También te sancionarán por usar un navegador no integrado en el coche y por usar el móvil sujeto al soporte. De hecho, tampoco puedes utilizar el móvil repostando al echar gasolina. La multa en este caso es de 91 euros, ya que se considera una sanción leve.
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La DGT y la multa por tocar el claxon sin motivo
En España, es muy común tocar el claxon para saludar a un amigo o para celebrar algo. Aunque sea un dispositivo pensado para avisar a otros conductores, hay veces en las que se utiliza de esa manera.
Eso sí, de nuevo es una conducta sancionable que se debe evitar. Usar el claxon para saludar a tu amigo te costará 80 euros. Eso se hace porque es molesto y porque los demás conductores podrían asustarse en exceso.
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En España no se puede conducir descalzo, con tacones ni chanclas
Durante el verano, es común coger el coche para ir a la playa. Muchas personas lo cogen con chanclas e incluso descalzos, con el fin de ahorrar tiempo y no tener que cambiarse al ir al mar. Todo eso no está permitido por la DGT, la cual sancionará por este tipo de acciones, ya que tienes que conducir con el calzado correcto.
Es más, tampoco se puede conducir con otro tipo de calzado más común, como son los tacones. En ambos casos, la multa de la DGT por no llevar el calzado adecuado asciende a 200 euros.
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La DGT te prohíbe sacar los brazos por la ventanilla
¿Recuerdas el anuncio de “te gusta conducir”? Seguro que recuerdas que el anuncio mostraba a un hombre sacando la mano por la ventanilla. Aunque el anuncio fuera brillante a nivel de marketing, realmente no era buena idea sacar la mano por la ventanilla. Al no tener las dos manos en el volante, disminuyes la capacidad de reacción, así como el peligro de poder perder la mano en un accidente.
Es más, la Dirección General de Tráfico prohíbe sacar los brazos por la ventanilla, ni siquiera el codo. Esto conlleva una sanción de entre 80 y 200 euros, así como la retirada de 3 puntos del carnet.
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Hasta 3000 euros por lavar tu coche en la calle
La última multa de la DGT es por lavar tu coche fuera de un lavadero o establecimiento autorizado. De hecho, esta multa te puede costar muy cara, ya que va desde los 30 hasta los 3000 euros. Eso se hace porque los detergentes y demás productos de limpieza podrían contaminar el medio ambiente.
Lo mismo ocurre si cambias el aceite o haces reparaciones mecánicas en la calle. Al final, te puedes enfrentar a grandes sanciones ambientales. Por ello, es mejor lavar el coche en el lavadero y evitar problemas.