Ya ha sido aprobado el famoso IMV o ingreso mínimo vital. Pero aún hay muchas dudas sobre qué es esta nueva ayuda que ha creado el Gobierno, así como las diferencias con otras ayudas ya existentes. Las diferencias entre el IMV y el RBU son bastante confusas para muchas personas, y otros grupos políticos están poniendo en duda la viabilidad y eficacia de esta nueva prestación.
Pero todas aquellas familias que necesiten solicitar este ingreso mínimo vital, también estarán preguntándose sobre las condiciones, cómo se puede comenzar el proceso para percibir esta ayuda económica y cuánto va a durar. Aquí podrás aclarar todas esas dudas que ahora te genera este IMV…
Todo lo que necesitas saber sobre el ingreso mínimo vital
¿Desde cuándo lo podré solicitar? ¿Cuánto durará?

El famoso Ingreso Mínimo Vital (IMV) ya es una realidad, desde que el Gobierno de coalición lo ha aprobado. Se estima que llegará a unos 850 mil hogares (algunas estimaciones hablan de más de 1 millón) y más de 3.2 millones de personas para ayudar económicamente a los más vulnerables económicamente.
Eso garantizaría unos ingresos mínimos que pueden ir desde los 462 a los 1015 euros. Además, debes saber que estas ayudas no son incompatibles con otro tipo de prestaciones similares, por lo que se podría estar cobrando ambas. De hecho, por ejemplo en el País Vasco, todos aquellos que ya están cobrando el RGI, podrán acceder a este nuevo ingreso sin tener que hacer ningún tipo de trámite (si cumplen con los requisitos).
A partir del 15 de junio se podrá ya solicitar este tipo de ayuda, y lo cobrarían con efecto retroactivo al 1 de junio. Es decir, se pagaría el mes completo si se solicita en esa fecha. Desde esa fecha, todos los interesados tendrán 3 meses para poder solicitar el IMV, hasta el 15 de septiembre.
El dilema que se plantea es si será para siempre o pasajera, en caso de que otro gobierno decida cesar esta ayuda. Por el momento, lo único seguro es que se ha puesto en marcha y que tiene carácter permanente (no solo para el periodo de pandemia). El cuánto durará es una incógnita, si hay un cambio de gobierno. Lo que sí es seguro es que la puedes cobrar mientras cumplas con los requisitos…
Requisitos para poder acceder al ingreso mínimo vital

Debes saber que el ingreso mínimo vital es un ingreso básico destinado a hogares en situación de pobreza severa, que se estima en un 20% en España, especialmente tras la crisis de la pandemia. Por tanto, dista mucho de la RBU, que es algo universal.
Para saber quién se puede beneficiar del ingreso mínimo vital, debes conocer los requisitos que ha establecido el Gobierno de España para que las personas puedan acogerse a ella:
- Edad: debes tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años, quedando fuera los pensionistas que ya tienen su pensión.
- Residencia: los candidatos deben certificar que residen de forma legal y efectiva en España. Y lo deben haber hecho durante, al menos, 1 año antes de la solicitud.
- Cuantía: el dinero dependerá de la renta y el patrimonio familiar (excluyendo la vivienda habitual). Pero está entre los 462€ y los 1015€ al mes, en función también de si se tienen personas mayores a su cargo o hijos. Además, se tiene un suplemento de 100€ para familias monoparentales.
- Renta: en principio, podrían acceder todos aquellos que en su declaración de la renta de 2019 acreditaron que no llegaban a la Renta Mínima Garantizada. Aunque también podrán hacerlo aquellos que hayan visto caer sus ingresos más del 50% debido a la pandemia.
No intentes burlar a la ley, o podría tener consecuencias legales graves para ti. Solo aquellos que realmente cumplan con estos requisitos serán candidatos legales para el ingreso mínimo vital.
¿Cómo solicitar el ingreso mínimo vital?

El Ingreso Mínimo Vital aprobado por el Consejo de Ministros se podrá solicitar de dos maneras posibles. Aunque, como he citado anteriormente, algunas comunidades que ya cuentan con ayudas similares, como País Vasco, no tendrán que hacer ningún tipo de tramite y se dará de forma automática a aquellos que la necesiten.
Para el resto del territorio de España, o que no tenían esas otras ayudas hasta el momento, se puede elegir entre esas dos formas:
- Telemáticamente: a través de la sede electrónica de la Seguridad Social se podrá solicitar esta ayuda usando el certificado digital (o certificado electrónico o cl@ave) para poder acceder y rellenar el formulario, aportando toda la documentación necesaria que te pidan.
- Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): si no dispones de Internet y/o certificado digital, entonces podrás solicitarlo también de forma presencial a través del servicio que ha habilitado el Instituto Nacional de la SS. Allí podrás rellenar el formulario y aportar la documentación igualmente.
Recuerda que no debes olvidar toda la documentación necesaria, y que tienes que cumplir los requisitos establecidos. Básicamente la documentación que necesitas es tu DNI o identificación, y otros documentos que acrediten tu situación de vulnerabilidad, como la renta, patrimonio, etc. Para más información podrás solicitar ayuda telefónica a las oficinas para consultar tudas o leer toda la información desde la web de la Seguridad Social.






































