Vivimos tiempos en los que parece que todo vale con tal de arañar unos euros o ganar un poco de tiempo al volante. Sin embargo, la DGT ha puesto el foco en prácticas que van mucho más allá de la simple picaresca, rozando o incluso cruzando de lleno la línea de lo delictivo. Ya no hablamos solo de la típica multa que llega a casa y nos fastidia el mes, sino de actuaciones que pueden tener consecuencias mucho más serias de lo que la mayoría imagina, afectando a la seguridad de todos y al medio ambiente que compartimos.
El asunto es más peliagudo de lo que muchos creen, afectando a elementos clave para la seguridad vial y el medio ambiente cuya manipulación puede salir muy cara. La intervención sobre componentes como el tacógrafo en vehículos profesionales o los sistemas anticontaminación en cualquier coche ha dejado de ser, en determinados supuestos de especial gravedad, una mera infracción administrativa sancionable con una multa. Ahora, bajo circunstancias específicas de fraude continuado o riesgo considerable para la seguridad o el entorno, puede abrir las puertas a un proceso penal con consecuencias devastadoras para el infractor, algo que conviene tener muy presente antes de caer en la tentación.
4EL UMBRAL PENAL: ¿CUÁNDO DEJA DE SER MULTA Y EMPIEZA EL PROCESO?
La clave para entender por qué una manipulación técnica en un vehículo puede acabar en los juzgados de lo penal reside fundamentalmente en la gravedad objetiva de la acción y en la intencionalidad que la motiva. No basta con una simple alteración o un fallo técnico; la DGT y la justicia, en colaboración estrecha con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado especializados en tráfico, ponen el foco en la ‘manipulación grave’. Esto implica, por ejemplo, el uso de dispositivos electrónicos sofisticados o software modificado para falsear datos de forma sistemática y continuada (lo que constituiría un fraude continuado) o la anulación completa de sistemas esenciales de seguridad activa o pasiva, o de dispositivos anticontaminación, que generen un ‘riesgo grave’ y cierto para la seguridad de las personas o para la protección del medio ambiente.
Las consecuencias legales de cruzar esta peligrosa línea roja van mucho más allá de una sanción administrativa, por cuantiosa que esta sea en la actualidad. Estamos hablando de la posibilidad real de enfrentarse a posibles penas de prisión, inhabilitaciones profesionales para conducir o ejercer ciertas actividades, multas penales de cuantía muy superior a las administrativas e incluso responsabilidad penal directa para las empresas o talleres implicados como cooperadores necesarios o inductores. La consideración de delito, ya sea por falsedad documental en el caso del tacógrafo, estafa, un delito contra la seguridad vial por conducción temeraria derivada de la manipulación, o un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, supone un salto cualitativo drástico en la respuesta legal del Estado ante estas conductas especialmente irresponsables y peligrosas.



