Las personas que cumplen 65 años y 10 meses durante este año 2020, podrán jubilarse. También las que cumplen 65 años y ya hayan cotizado un total de 37 años. A pesar de ello, hay ciertas profesiones que al ser de riesgo o especialmente peligrosas, tienen el privilegio de una jubilación anticipada.
Según está explicado en la web oficial de la Seguridad Social: «la edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada en aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que se establezca, se encuentren en situación de alta o asimilada a la de alta y cumplan los demás requisitos generales exigidos«. Sigue leyendo para descubrir cuáles son estas profesiones.
La jubilación para policías locales y el Cuerpo de la Ertzaintza

Todos los miembros de la Policía local al servicio de las entidades locales, sin importar sus escalas, categorías o especialidades disponen de un coeficiente reductor del 0,20. Eso sí, en ninguno de los casos se le dará ocasión a que la persona pueda acceder a la pensión de jubilación si su edad es inferior en cinco años a su edad ordinaria de jubilación, en supuestos en los que se acreditan 37 años de actividad efectiva y cotización, serán seis años.
Otra de las profesiones que puede acceder a una jubilación anticipada, es el Cuerpo de la Ertzaintza. La edad ordinaria exigida para el acceso a una pensión de jubilación se reduce a un período que sea equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20 a los años que hayan sido completamente trabajados como miembros del Cuerpo de la Ertzaintza. También si han sido integrantes de colectivos que quedaron incluidos en este mismo. A pesar de ello, esto no dará ocasión a que el interesado tenga acceso a la pensión con una edad inferior a los 60 años, o a los 59 años en los casos que se acrediten 35 años o más en actividad efectiva y cotización.
Trabajadores incluidos en el estatuto minero

En el caso de los trabajadores que están incluidos en el estatuto minero. La edad exigida en cada momento será rebajada en función de un período que sea equivalente al que resulte de la aplicación al período de tiempo efectivamente trabajado en cada una de las categorías y especialidades profesionales de la minería del carbón.
Para ello, será aplicado un coeficiente que corresponde a una escala. La cual comprende desde el 0,50 al 0,05 en función de la peligrosidad y toxicidad de sus actividades desarrolladas. Un trabajador con una edad inferior a los 60 años podrá acceder a la jubilación anticipada si con su edad teórica, la edad real más sus bonificaciones, consigue llegar a sobrepasar la edad que es mínimamente exigida.
La jubilación anticipada para los artistas

El mundo de los artistas es muy amplio. Pero los cantantes, bailarines y trapecistas son los que tienen permitida la jubilación anticipada a los 60 años sin necesidad de aplicación de coeficientes reductores. Por ejemplo, cuando hayan trabajado en su especialidad un mínimo de 8 años durante los 21 años anteriores a la edad de jubilación.
En el caso de los demás artistas, podrán acceder a la jubilación después de haber cumplido los 60 años de edad. Eso sí, si tienen una reducción del 8% por cada uno de los años de anticipación.
Jubilación de los trabajadores aéreos

Tanto pilotos, como operadores y mecánicos tienen una profesión de altos vuelos, la cual conlleva una gran responsabilidad. Debido a ello, si se suman los días trabajados y se restan todas sus faltas de asistencia, en función de un coeficiente concreto, pueden tener acceso a la jubilación anticipada si así lo desearan.
En su caso, el coeficiente que se debe aplicar para poder saber el número de años que pueden restar a la edad exigida es de 0,40 para pilotos y los segundos pilotos. Pero para mecánicos de aeronave, navegantes operador de fotografía aérea, operadores medios tecnológicos, operadores de cámara aérea y fotógrafos aéreos es un 0,30.
Profesionales taurinos

Sin duda, prácticamente todas las profesiones relacionadas con el toreo son de riesgo, aunque resultan ser muy rentables, tanto antes como después de la jubilación. Y es que si se han celebrado entre 150 y 200 festejos, ya sea como matador, novillero, rejoneador, picador o banderillero, se podrán retirar con 55 años de edad.
Eso sí, todos ellos deben acreditar estar en alta y haber actuado en un determinado número de espectáculos taurinos. La cantidad que hemos mencionado anteriormente Incluso los toreros cómicos pueden gozar de este privilegio.
Jubilación anticipada para los bomberos y trabajadores ferroviarios

En último lugar, tenemos a los bomberos y los trabajadores ferroviarios. En el caso de los primeros mencionados, se les aplica el coeficiente reductor del 0,20. Al igual que sucede con el Cuerpo de la Ertzaintza, el interesado no puede acceder a la pensión de jubilación si tiene una edad inferior a los 60 años. O a la de 59 años en los supuestos que presenten 35 o más años en su cotización efectiva.
En lo que respecta a los trabajadores ferroviarios, la normativa estipula un coeficiente de reducción que oscila entre el 0,15 para el jefe de maquinista, el maquinista de locomotora de vapor y el ayudante de este. También para el oficial de calderero y chapista en depósito, el resto de puestos tienen un 0,10.















































































