Edad de jubilación en 2027: solo 65 o 67 años según lo cotizado

Desde enero de 2027 desaparece la tabla intermedia: o 65 años con 38 años y 3 meses cotizados, o 67 años. Revisa tu vida laboral con tiempo: faltan meses con más frecuencia de lo que parece y eso decide si te jubilas a los 65 o esperas dos años.

A partir del 1 de enero de 2027 solo habrá dos edades de jubilación en España: 65 años si has cotizado al menos 38 años y 3 meses, o 67 años si te quedas por debajo de esa cifra. Se acaba la tabla intermedia que durante una década ha permitido jubilarse a los 65 años y unos meses según lo cotizado.

La reforma cierra el calendario progresivo que arrancó en 2013 y deja el sistema con dos puertas claras. Vamos por partes, porque el detalle de los meses cotizados cambia mucho la cuenta.

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Las dos únicas edades a partir de 2027

El esquema es sencillo de enunciar y duro en la letra pequeña. Si llegas a 2027 con al menos 38 años y 3 meses cotizados a la Seguridad Social, puedes jubilarte a los 65 años con la pensión ordinaria. Si no llegas a esa cotización, la edad ordinaria sube a los 67 años, sin escalones intermedios.

Hasta ahora, durante el periodo transitorio, había una tabla que permitía jubilarse a los 65 años y dos meses, 65 y cuatro, 65 y seis, según el año y los años cotizados. Esa tabla desaparece. En 2026, último año de transición, la edad para quien no llega al mínimo de cotización está en 66 años y 10 meses; en 2027 se planta en 67 años de golpe.

Para entendernos, el ejemplo típico: alguien que cumple 65 años en febrero de 2027 y acumula 38 años y 4 meses cotizados puede jubilarse ese mismo mes con su pensión completa. Si esa misma persona tuviera 38 años y 2 meses cotizados, tendría que esperar hasta los 67 o seguir cotizando para llegar al umbral.

Cómo afecta según tu perfil y los errores que más cuestan

El cambio golpea con distinta intensidad según trayectoria laboral. Quien empezó a trabajar joven y con cotización continua suele cumplir los 38 años y 3 meses sin sobresalto. Las trayectorias intermitentes son las que se quedan fuera del 65: paros largos sin subsidio, becas no cotizadas, periodos de cuidado familiar sin convenio especial y los autónomos que cotizaron por la mínima durante años pero con lagunas.

Aquí viene el aviso importante. El error más común es no revisar el informe de vida laboral antes de pedir la jubilación. Hay periodos que faltan por traspasos entre regímenes, meses de servicio militar o sustitutorio que se pueden computar, convenios especiales mal anotados y excedencias por cuidado de hijos que dan cotización ficticia hasta tres años. Pedir el informe en la sede electrónica de la Seguridad Social y revisarlo casilla a casilla puede sumar los meses que faltan para llegar al umbral.

Otro despiste habitual: confundir años cotizados con años trabajados. Solo cuenta lo que aparece registrado con cotización efectiva. Si trabajaste en negro o con contratos sin alta, esos meses no suman aunque tengas nóminas guardadas. Y los años cotizados en otro país de la UE se computan a efectos de acceso, pero la pensión española se calcula solo con lo cotizado en España, lo que cambia mucho la cuantía final.

Para quien no llegue al umbral, queda la jubilación anticipada (con coeficientes reductores que pueden recortar la pensión hasta un 21%), la jubilación parcial con contrato de relevo y el convenio especial para seguir cotizando por cuenta propia los meses que falten. Más contexto sobre el sistema en la entrada de Wikipedia sobre el sistema público de pensiones.

Lo que cambia respecto a la reforma de 2013 y qué mirar ahora

La reforma de 2013 introdujo el calendario progresivo que ahora se cierra. Aquella ley fijó como objetivo final los 67 años, con la rebaja a 65 para carreras largas, y dejó una transición de catorce años para amortiguar el cambio. El año 2027 es el punto de llegada de aquella reforma, no una sorpresa: estaba escrito en el BOE desde hace más de una década, aunque pocos trabajadores lo tenían en el radar.

El debate público se ha centrado en la sostenibilidad del sistema y en el factor de equidad intergeneracional, pero para el trabajador que mira su jubilación a corto plazo lo relevante es otra cosa: saber con exactitud cuántos meses cotizados tiene y cuántos le faltan. Quien se acerca al umbral por unos pocos meses tiene margen para cubrir el hueco con un convenio especial o alargando la vida laboral, pero esa decisión hay que tomarla con tiempo, no el mes antes de cumplir 65 años. La planificación con dos o tres años de antelación marca la diferencia entre jubilarse cuando uno quiere o tener que esperar dos años más.

Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: Las nuevas edades se aplican desde el 1 de enero de 2027. La solicitud puede presentarse hasta tres meses antes de cumplir la edad ordinaria.
  • Requisitos clave: 65 años con 38 años y 3 meses cotizados, o 67 años con al menos 15 años cotizados (2 de ellos en los últimos 15).
  • 🌐 Dónde solicitarlo: Sede electrónica del INSS con Cl@ve o certificado digital, teléfono 901 16 65 65 o cita previa en oficina del INSS.
  • 💰 Importe o coste: Trámite gratuito. La pensión depende de la base reguladora y los años cotizados; pensión media de jubilación en 1.450 euros al mes según el INSS.
  • ⚠️ Error a evitar: No revisar el informe de vida laboral antes de solicitar; faltan meses con frecuencia y se pierde el acceso a los 65.

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