EL PSOE pondrá en marcha el ‘Defensor del Cliente Financiero” si repite en el Gobierno

La Autoridad para la Defensa del Cliente Financiero seguirá adelante y se pondrá en marcha si el Partido Socialista forma gobierno después de las elecciones generales del próximo 23 de julio. La ministra de Economía, Nadia Calviño, lo dejó claro en el marco de la edición número 40 del tradicional seminario de la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE). El principal obstáculo es el tiempo, ya que el proceso tendrá que empezar de cero. «Puede tardar un año perfectamente», apuntaron fuentes conocedoras de los trámites del Ejecutivo y el Legislativo.

El GOBIERNO DEL PSOE

Aunque el texto decayera en su tramitación final, se encontraba en el Senado tras ser aprobada por el Consejo de Ministros y luego en la votación del Pleno del Congreso- por la convocatoria de elecciones, el PSOE tiene intención de seguir adelante con la Autoridad para la Defensa del Cliente Financiero. “Hicimos un trabajo muy intenso y el texto que hay es buen texto. Hay que culminar el trabajo y poner en marcha cuanto antes la Autoridad para la Defensa del Cliente Financiero”, dijo Calviño tras una pregunta de MERCA2.

La cuestión clave es el tiempo que puede tardar en cumplir todos los trámites y ponerse en marcha porque habrá que empezar de cero. Para hacerse una idea, el Consejo de Ministros aprobó el pasado 22 de noviembre el proyecto de ley para la creación de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero y el trámite parlamentario en el Congreso terminó el 18 de mayo de 2023, cuando se aprobó la Autoridad, que tuvo respaldó mayoritario. Hubo en el Congreso una holgada mayoría, ya que tuvo 186 votos a favor. Solo Vox votó en contra, mientras que PP y Junts se abstuvieron.

La cuestión clave es el tiempo que puede tardar en cumplir todos los trámites y ponerse en marcha porque habrá que empezar de cero

Aunque fuentes que en el pasado estuvieron en gobiernos socialistas apuntan que el proceso puede tardar un año, hay que tener en cuenta que el texto pactado en esta legislatura puede servir para la siguiente, lo cual acortaría los plazos.

LA LEY

La ley centralizaba en una nueva autoridad los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Como hasta ahora, el cliente deberá plantear su reclamación o queja ante los servicios de atención y defensa de la clientela de las entidades financieras. En caso de no ser atendida favorablemente, podrá acudir a la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero.

SEGÚN EL TEXTO, EL CLIENTE DEBÍA PLANTEAR SU RECLAMACIÓN O QUEJA ANTE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN Y DEFENSA DE LA CLIENTELA DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS

Se ampliaba el conjunto de entidades que podrán ser objeto de reclamación, incluyéndose las entidades supervisadas, los clientes de servicios fintech y de criptoactivos y los servicios de préstamos al consumo

También se extendía el tipo de reclamaciones, que podrán tener o no contenido económico, cubriendo las quejas por el incumplimiento de obligaciones de información o la apertura de cuentas de pago básicas.

OBLIGADO CUMPLIMIENTO

Según el texto que decayó, las resoluciones serán de obligado cumplimiento para la entidad financiera cuando el importe reclamado sea inferior a 20.000 euros y el acceso a esta Autoridad es gratuito para el cliente, que podrá presentar su reclamación sin necesidad de contar con la defensa de un abogado ni representación de un procurador.

El texto apuntaba que había un plazo máximo desde el inicio del plazo de instrucción hasta la fecha de la notificación de la resolución a las partes de 90 días naturales.

«Podrán presentar reclamaciones ante la Autoridad las personas físicas o jurídicas clientes de servicios financieros por posibles incumplimientos de normas de conducta, buenas prácticas y usos financieros, así como por abusividad de cláusulas declaradas como tales por los altos tribunales correspondientes, o en su caso, hayan sido inscritas con tal carácter en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación, en relación con los contratos financieros», según el texto que llegó al Senado.

El texto apuntaba que había un plazo máximo desde el inicio del plazo de instrucción hasta la fecha de la notificación de la resolución a las partes de 90 días naturales

El texto legal determina que «la Autoridad resolverá reclamaciones contra incumplimientos de las normas de conducta, buenas prácticas y usos financieros, o sobre el carácter abusivo de cláusulas contractuales cuando hayan sido así declaradas por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, resulte de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea o de una inscrita en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación».

En el caso de las resoluciones vinculantes, la vía judicial posterior que se planteaba es un procedimiento especial, en el que la vista tendrá carácter potestativo y excepcional y para las demandas inferiores a 2.000 euros, el demandante podía formular una demanda sucinta, a través de unos impresos normalizados a disposición en los órganos judiciales correspondientes. En el caso de las resoluciones no vinculantes, la resolución dictada tendrá el mismo valor que un informe pericial.

LA TASA POLÉMICA

Uno de los puntos más polémicos relativos tuvo que ver con su financiación. Inicialmente, el Gobierno propuso en su proyecto de ley una tasa fija de 250 euros que los bancos tendrían que abonar cada vez que el organismo acepte a trámite una reclamación de un cliente. Sin embargo, la idea provocó el rechazo de varios grupos parlamentarios y también del sector bancario.

De hecho, el Gobierno aflojó la cuerda con la banca y la tasa para a financiar la Autoridad del Cliente Financiero, se iba a transformar en nuevo sistema que premiará a aquellos bancos que más acuerdos alcancen con sus clientes.

LA NUEVA IDEA YA NO ERA EXIGIR 250 EUROS POR RECLAMACIÓN, SINO QUE LA AUTORIDAD FINANCIERA COBRASE UNA TASA ANUAL POR LA ACTIVIDAD DE RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES

La nueva idea ya no era exigir 250 euros por reclamación, sino que la Autoridad Financiera cobrase una tasa anual por la actividad de resolución de reclamaciones y su cuantía dependerá de los costes directos e indirectos, incluidos los de carácter financiero, amortización de inmovilizado y, en su caso, los necesarios para garantizar el mantenimiento y desarrollo razonable de la actividad por cuya realización se exige la tasa.

Así, la tasa se fraccionará en dos partes. En una primera, al 40% de los gastos en que haya incurrido la Autoridad en el ejercicio anterior se aplicará el porcentaje que individualmente representan el número de las reclamaciones resueltas frente a cada una de las entidades en ese ejercicio sobre el número total de reclamaciones resueltas frente a todas las entidades.

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Al 60% restante se aplicará el porcentaje que individualmente representan el número de las resoluciones favorables al reclamante frente a cada una de las entidades en el ejercicio anterior sobre el número total de las resoluciones favorables al reclamante frente a todas las citadas entidades.

EL PP Y SU POSTURA

La convocatoria de elecciones generales hace que la aprobación de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero sea papel mojado, ya que será una de las iniciativas legislativas en tramitación que decaiga, según avanzan a MERCA2 fuentes del Partido Popular (PP) en el Congreso de los Diputados. Si gobierna el PP, que se abstuvo en la votación de la Autoridad en el Congreso, está por ver qué sucederá. Alberto Núñez Feijoo  se replanteará todas las cuestiones”, apuntaron fuentes del PP con mucho peso dentro del partido y del grupo parlamentario en el Congreso.