sábado, 14 diciembre 2024

El PP se replanteará la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero si llega al Gobierno

La convocatoria de elecciones generales hace que la aprobación de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero sea papel mojado, ya que será una de los iniciativas legislativas en tramitación que decaiga, según avanzan a MERCA2 fuentes del Partido Popular (PP) en el Congreso de los Diputados. Si el PSOE consigue gobernar de nuevo, lo normal es que recupere -mediante una nueva aprobación en Consejo de Ministros, esta apuesta de la ministra de Economía, Nadia Calviño. Sin embargo, si gobierna el PP, que se abstuvo en la votación de la Autoridad en el Congreso, está por ver qué sucederá.

LA AUTORIDAD DECAE

Con la convocatoria de los comicios, la tramitación parlamentaria del proyecto de ley para la creación de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, que se encontraba en el Senado, se esfuma.  “Al convocar los comicios, al estar en tramitación y no estar incluida dentro de los supuestos que permiten que siga la tramitación, con la nueva legislatura, esta iniciativa va a decaer, lo que sucedera hoy tras el acuerdo de la Mesa Diputación Permanente del Congreso”, indicaron fuentes de la Mesa del Congreso de los Diputados. Estas fuentes aclararon que esto ha sucedido así siempre que se han convocado Elecciones Generales desde la vuelta de la democracia.

De este modo, una de las papeletas que tendrá que resolver el líder del PP, Alberto Núñez Feijoo, si consigue alcanzar la Presidencia del Gobierno es decidir si recupera la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, una iniciativa del Ejecutivo que preside Pedro Sánchez para la resolución extrajudicial de conflictos entre las entidades financieras y sus clientes. “Alberto Núñez Feijoo  se replanteará todas las cuestiones”, apuntaron fuentes del PP con mucho peso dentro del partido y del grupo parlamentario en el Congreso.

Una de las papeletas que tendrá que resolver el líder del PP, Alberto Núñez Feijoo, si consigue alcanzar la Presidencia del Gobierno es decidir si recupera la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero

No obstante, antes de que se llegue a la cuestión de qué tiene pensado el PP para legislar en materia de defensa del cliente financiero, primero tiene que llegar el acuerdo de la Mesa de la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados en relación con las iniciativas parlamentarias que continuarán en la siguiente legislatura.

pp

Fuentes del PP en el Congreso explican a MERCA2 que las únicas iniciativas que no decaen si hay elecciones generales son “las que tienen que ver con la reforma de los estatutos de autonomía y las iniciativas de las comunidades autónomas que no estuvieran en tramitación, además de las iniciativas legislativas populares”. En relación con estas últimas el artículo 87.3 de la Constitución establece el número de firmas necesarias y las limitaciones a la iniciativa legislativa popular. «Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500 000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.

El proyecto de ley relativo a la creación de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero se encontraba en tramitación en el Senado, por lo que decaerá tras la convocatoria de comicios generales que anunció este lunes el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

EL RESPALDO DEL CONGRESO (SALVO PP Y VOX)

El proyecto de ley para la creación de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero lo respaldó en el Congreso  una holgada mayoría, ya que tuvo 186 votos a favor. Solo Vox votó en contra, mientras que PP y Junts se abstuvieron.

La ley centralizaba en una nueva autoridad los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Como hasta ahora, el cliente deberá plantear su reclamación o queja ante los servicios de atención y defensa de la clientela de las entidades financieras. En caso de no ser atendida favorablemente, podrá acudir a la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero.

Según el texto, el cliente debía plantear su reclamación o queja ante los servicios de atención y defensa de la clientela de las entidades financieras

Se ampliaba el conjunto de entidades que podrán ser objeto de reclamación, incluyéndose las entidades supervisadas, los clientes de servicios fintech y de criptoactivos y los servicios de préstamos al consumo

También se extendía el tipo de reclamaciones, que podrán tener o no contenido económico, cubriendo las quejas por el incumplimiento de obligaciones de información o la apertura de cuentas de pago básicas.

OBLIGADO CUMPLIMIENTO

Según el texto que decae, las resoluciones serán de obligado cumplimiento para la entidad financiera cuando el importe reclamado sea inferior a 20.000 euros y el acceso a esta Autoridad es gratuito para el cliente, que podrá presentar su reclamación sin necesidad de contar con la defensa de un abogado ni representación de un procurador.

El texto apuntaba que había un plazo máximo desde el inicio del plazo de instrucción hasta la fecha de la notificación de la resolución a las partes de 90 días naturales.

Podrán presentar reclamaciones ante la Autoridad las personas físicas o jurídicas clientes de servicios financieros por posibles incumplimientos de normas de conducta, buenas prácticas y usos financieros, así como por abusividad de cláusulas declaradas como tales por los altos tribunales correspondientes, o en su caso, hayan sido inscritas con tal carácter en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación, en relación con los contratos financieros», según el texto que llegó al Senado.

El texto legal determina que «la Autoridad resolverá reclamaciones contra incumplimientos de las normas de conducta, buenas prácticas y usos financieros, o sobre el carácter abusivo de cláusulas contractuales cuando hayan sido así declaradas por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, resulte de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea o de una inscrita en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación».

En el caso de las resoluciones vinculantes, la vía judicial posterior que se planteaba es un procedimiento especial, en el que la vista tendrá carácter potestativo y excepcional y para las demandas inferiores a 2.000 euros, el demandante podía formular una demanda sucinta, a través de unos impresos normalizados a disposición en los órganos judiciales correspondientes. En el caso de las resoluciones no vinculantes, la resolución dictada tendrá el mismo valor que un informe pericial.

LA TASA DE POLÉMICA

Uno de los puntos más polémicos relativos tuvo que ver con su financiación. Inicialmente, el Gobierno propuso en su proyecto de ley una tasa fija de 250 euros que los bancos tendrían que abonar cada vez que el organismo acepte a trámite una reclamación de un cliente. Sin embargo, la idea provocó el rechazo de varios grupos parlamentarios y también del sector bancario.

De hecho, el Gobierno aflojó la cuerda con la banca y la tasa para a financiar la Autoridad del Cliente Financiero, se iba a transformar en nuevo sistema que premiará a aquellos bancos que más acuerdos alcancen con sus clientes.

La nueva idea ya no era exigir 250 euros por reclamación, sino que la Autoridad Financiera cobrase una tasa anual por la actividad de resolución de reclamaciones

La nueva idea ya no era exigir 250 euros por reclamación, sino que la Autoridad Financiera cobrase una tasa anual por la actividad de resolución de reclamaciones y su cuantía dependerá de los costes directos e indirectos, incluidos los de carácter financiero, amortización de inmovilizado y, en su caso, los necesarios para garantizar el mantenimiento y desarrollo razonable de la actividad por cuya realización se exige la tasa.

Así, la tasa se fraccionará en dos partes. En una primera, al 40% de los gastos en que haya incurrido la Autoridad en el ejercicio anterior se aplicará el porcentaje que individualmente representan el número de las reclamaciones resueltas frente a cada una de las entidades en ese ejercicio sobre el número total de reclamaciones resueltas frente a todas las entidades.

Al 60% restante se aplicará el porcentaje que individualmente representan el número de las resoluciones favorables al reclamante frente a cada una de las entidades en el ejercicio anterior sobre el número total de las resoluciones favorables al reclamante frente a todas las citadas entidades.

Es decir, sobre el 40% de los gastos se tendrá en cuenta las reclamaciones resueltas, mientras que en el 60% irá en función de las reclamaciones favorables al reclamante. Esto en la práctica, según explican fuentes parlamentarias supone premiar a aquellos bancos que «mejor lo hacen» y «castigar» a aquellos que menos cumplen, al depender la mayor parte del abono de la tasa las reclamaciones que han sido favorables al reclamante y contrarias al banco.

DATOS DE RECLAMACIONES A ENTIDADES

Todavía no se han hecho públicos los datos correspondientes a 2022, así que los datos que hay son los relativos a 2021. Según consta en la Memoria de Reclamaciones del Banco de España, Caixabank es el banco que recibió más reclamaciones ante el supervisor (7.089). Banco Santander ocupa el segundo lugar con 5.821 y BBVA se encuentra en el tercer lugar (4.482). En cuarta posición, Wizink (2.125) y en el quinto lugar aparece Banco Sabadell (1.487). Después vienen Caixabank Payments & Consumer (1.184), Unicaja (1.115), Abanca (1.083), Iberc aja (1.029), ING (893), Bankia (679), Kutxabank (613), Cetelem (605), Bankinter (491), Liberbank (478) y Cajamar (464).


- Publicidad -