Cosas que te cobran en los bares y son ilegales

Los bares y restaurantes forman parte del día a día de nuestras vidas y de nuestra cultura. En España contamos con casi 275.000 establecimientos hosteleros, más que en ningún otro país del mundo. Sentarnos en una terraza para desayunar o al final del día, o disfrutar de los platos más ricos de nuestra gastronomía son algunas de las cosas que más nos gustan y que hacemos en cualquier época del año. Aun así, en verano,es cuando estos establecimientos experimentan una mayor afluencia de clientes. Las vacaciones, los viajes y el buen tiempo propician que todos queramos tomar algo o comer fuera, antes que en casa. Y como en cualquier sector, los abusos están a la orden del día, como cobros ilegales, cartas engañosas y otras irregularidades que nos pueden colar fácilmente cuando desconocemos la ley. Estas son algunas cosas que a veces te cobran y que te puedes negar a pagar.

SUPLEMENTOS HABITUALES EN BARES Y RESTAURANTES

restaurante Merca2.es

Cobrar un suplemento por el hielo es ilegal, a menos que esté especificado en la carta, aunque realmente sería muy feo, y perjudicaría un poco la imagen del local. Lo que si pueden hacer es que aparezca en la carta la opción de ‘café con hielo’ y este sea más caro que el café solo. Pero si pides unos hielos porque tu refresco no está frío y te los cobran aparte, puedes reclamar.

Algo similar ocurre con el pan, un complemento muy español que se suele servir en las comidas. Es decisión de establecimiento cobrarlo o no, pero tiene que estar reflejado en la carta para que el cliente pueda elegir si pedirlo o no. Lo que no se puede hacer es cobrar un producto sin avisar de su precio. Tampoco te pueden cobrar los cubiertos, ya que según lo establecido, un local no puede cobrar nada que resulte necesario para la prestación del servicio. Es como cobrar un extra por las sillas o el mantel.

Otra situación bastante frecuente que se da en los bares y los restaurantes, es que el precio sea más caro en la mesa que en la barra. O más caro en la terraza que en el interior. Esto es algo que puede decidir libremente el establecimiento, si lo considera necesario, pero es obligatorio que esté indicado específicamente en la carta. Además, tiene que indicarse el precio exacto del producto con el suplemento de mesa o de terraza. Si esta información no se encuentra a disposición del cliente en ningún sitio, entonces es ilegal que te cobren ese extra.

LAS CARTAS SIN IVA SON ILEGALES

bares

Tampoco es legal indicar los precios sin el IVA, aunque a pie de página se haya colocado una aclaración advirtiendo que el IVA no está incluido. Todos los precios de la carta tienen que tener el porcentaje del IVA sumado al total. Otro tanto ocurre con el famoso ‘Precio según mercado’ que se puede ver en algunas cartas. Esto tampoco es legal, y si el precio de algún plato o producto oscila según el día, entonces el establecimiento tiene elaborar una carta nueva y reimprimirla. Los precios que se indican en la carta tienen que ser siempre exactos.

Por otra parte, eso de proponer un plato del día fuera de la carta, sin que el precio esté recogido en ningún lado no está permitido. Los platos del día o el menú del día, aunque estén fuera de la carta, tienen que constar por escrito, con su correspondiente precio, aunque sea en una carta paralela, en una pizarra, o en la lista de precios expuesta en el local.

Los locales de restauración pueden reservarse el derecho de admisión como cualquier otro establecimiento, pero lo que no pueden hacer es cobrar un importe extra a los clientes por usar los aseos. Es decir, pueden negarte el uso del wc, pero no pueden pedirte suplemento por ello. Por último, no es obligatorio comer, como pretenden en algunos sitios. A menos que esté indicado de forma muy visible que para sentarse en una mesa hay que consumir comida, un cliente tiene derecho a tomar solamente una cerveza o un agua.

En algunos bares, podemos encontrar que nos sirvan una tapa con la bebida, sin haberla solicitado. Es un gesto que agradecemos mucho, y que no nos pueden cobrar luego, cuando pidamos la cuenta. Bajo ningún concepto se pueden cobrar servicios que no se hayan solicitado expresamente en el momento de hacer el pedido.

Noemi A.
Noemi A.
Soy una apasionada de internet, las nuevas tecnologías y las redes sociales, adicta a la información y a aprender y descubrir algo nuevo cada día.