El Gobierno ha trasladado a los agentes sociales un borrador de Real Decreto-ley para la extensión hasta el 30 de septiembre de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) vinculados al coronavirus en el que prohíbe a las empresas en ERTEs, sean éstos por fuerza mayor o por causas objetivas, la realización de horas extraordinarias, el establecimiento o la reanudación de externalizaciones de la actividad y la concertación de nuevos contratos, ya sean de mera directa o a través de una empresa de trabajo temporal (ETT).
Aunque esta prohibición ya figuraba en su anterior propuesta, el Ejecutivo la precisa en mayor medida, incluyendo las externalizaciones, la mención a las ETT y una excepción: las empresas en ERTE sólo podrán contratar o externalizar tareas si los trabajadores de su centro de trabajo no pueden por formación, capacitación y «otras razones objetivas o justificadas», realizar las funciones encomendadas al empleado que se contrata o a la externalización. Para ello, la empresa deberá informar previamente a los representantes legales de los trabajadores.
Esta prohibición, que durará mientras esté vigente el ERTE, sería de aplicación tanto a los ERTEs de fuerza mayor como a los ERTEs por causas objetivas (económicas, técnicas organizativas y de producción) y sancionables en caso de incumplimiento.
El borrador del decreto, al que ha tenido acceso Europa Press y que podría sufrir modificaciones para conseguir el acuerdo de sindicatos y empresarios, establece que a partir de la entrada en vigor del mismo únicamente resultarán aplicables los ERTEs de fuerza mayor solicitados con anterioridad a dicha fecha y, como máximo, hasta el 30 de septiembre.
Por su parte, los ERTEs basados en causas objetivas que se inicien tras la entrada en vigor de esta norma tendrán los mismos plazos de presentación que los que se fijaron a mediados de marzo y se permitirá que su tramitación se inicie mientras esté vigente un ERTE de fuerza mayor.
Una de las novedades es que a los ERTEs de causas objetivas les será de aplicación el mismo esquema de exoneraciones de cuotas empresariales de los ERTEs de fuerza mayor y en los mismos porcentajes, aún por determinar.
No obstante, fuentes de la negociación han indicado que los porcentajes que barajaba ayer el Gobierno eran, en las empresas de más de 50 trabajadores, del 30% para los empleados que se mantuvieran en el ERTE y del 45% para los que regresen a la actividad y, en las empresas de menos de 50 trabajadores, del 40% para los que estén en el ERTE y del 65% para los que vuelvan a su actividad.
Los ERTEs de causas objetivas pasarían así a tener exenciones de cuotas, antes sólo aplicables a los ERTEs de fuerza mayor. El objetivo es facilitar la transición de los segundos a los primeros ahora que ya ha finalizado el estado de alarma. Así, de acuerdo con el borrador del Ejecutivo, las empresas y entidades afectadas por ERTEs de fuerza mayor deberán proceder a reincorporar a los trabajadores, primando los ajustes en términos de reducción de jornada.
COMPROMISO DE EMPLEO TAMBIÉN PARA LOS ERTES POR CAUSAS OBJETIVAS
Otra novedad de la propuesta del Gobierno es que extiende a los ERTEs por causas objetivas la prohibición de acogerse a este procedimiento si la empresa tiene domicilio en un paraíso fiscal. Tampoco podrá repartir los dividendos correspondientes al ejercicio fiscal en el que se aplique el ERTE, salvo si la empresa en cuestión abona previamente el importe de las exoneraciones disfrutadas (estas medidas se aplicaban anteriormente sólo a los ERTEs de fuerza mayor). La limitación en el reparto de dividendos no será de aplicación a las empresas que, a 29 de febrero de este año, tuvieran menos de 50 trabajadores en plantilla.
Al mismo tiempo, el Ejecutivo plantea extender el compromiso de mantenimiento del empleo de seis meses a las empresas que realicen ERTEs por causas objetivas. Para las empresas que se beneficien por primera vez de las exoneraciones de cotizaciones asociadas a estos ERTEs, el plazo de seis meses en el que estarán obligadas a mantener el empleo se computaría a partir de entra en vigor de este decreto.
El borrador mantiene hasta el 30 de septiembre la «prohibición» que estableció el Gobierno al despido por causas objetivas, lo que en la práctica supone encarecer la indemnización a 33 días por año trabajado, frente a los 20 de los despidos procedentes.
Al mismo tiempo, el Ejecutivo propone mantener también hasta el 30 de septiembre la suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, lo que supone de facto prorrogar estos contratos aunque el empresario quisiera rescindirlos.
El texto contempla que las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTEs (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia y que implican ‘contador a cero’) se mantendrán hasta el 30 de septiembre, salvo las de los fijos discontinuos, que se prolongarán hasta el 31 de diciembre.
NEGOCIACIÓN SOBRE PRESTACIONES POR DESEMPLEO
En el borrador del decreto, el Gobierno no ha incluido la prórroga hasta el 30 de septiembre del ‘Plan Mecuida’ que sí figuraba en su anterior propuesta. Este plan permite a los trabajadores por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad tendrán derecho a adaptar su jornada y/o a reducirla cuando concurran circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria del Covid-19.
Lo que sí ha dejado el Gobierno en el texto en su propuesta para constituir con los agentes sociales una mesa de negociación con el objetivo de alcanzar un acuerdo que incorpore medidas tendentes a la recuperación del nivel de empleo previo a la crisis derivada del Covid-19.
Asimismo, se ha incluido una nueva disposición para abrir, «a la mayor brevedad posible», un diálogo entre Gobierno y agentes sociales para abordar cuestiones relacionadas con la prestación por desempleo reconocida en los ERTEs derivados del coronavirus a personas con varios contratos a tiempo parcial, así como para estudiar posibles soluciones para el consumo, durante el estado de alarma, de las prestaciones y subsidios de paro de trabajadores no afectados por ERTEs.