Tras muchos años trabajando los autónomos que cumplen los requisitos legalmente establecidos tienen derecho a acceder a una prestación pública de jubilación. Lo que no todos saben es que también se puede dar la suspensión de la pensión.
Igual que para tener derecho a percibir hay que cumplir unos requisitos, hay una serie de condiciones que se deben seguir cumpliendo durante todo el tiempo que se esté cobrando la misma. Si no es así, se puede perder el derecho a recibirla.
La pensión de jubilación es la más común

El sistema de protección social en España establece diferentes tipos de pensiones para cubrir las necesidades económicas de determinadas personas. Entre las más frecuentes están la pensión de jubilación, la de viudedad y la de orfandad.
De todas ellas, la más común y a la que más recursos económicos se destinan es a la de jubilación. En nuestro país hay algo más de 9,8 millones de pensionistas, y dos tercios de ellos son jubilados.
Los pensionistas tienen obligaciones

Autónomos y trabajadores por cuenta propia se preocupan mucho por cumplir los requisitos para poder acceder a una pensión de jubilación llegado el momento, pero son pocos los que tienen en cuenta que también deben cumplir unos requisitos para seguir cobrándola una vez que les ha sido concedida.
La principal obligación es la de mantener informada a la Tesorería de la Seguridad Social sobre los posibles cambios que se produzcan en los datos o en la situación económica o familiar el pensionista. Si se incumple, puede producirse una suspensión de la pensión.
Causas de suspensión de la pensión de jubilación

Como decíamos, la mayoría de ellas están relacionadas con la no comunicación a la Tesorería del cambio de ciertos datos o en ciertas situaciones. La Ley establece que los pensionistas tienen un plazo de 30 días para comunicar los siguientes cambios.
Los producidos con respecto a su domicilio, el inicio de una actividad laboral, cambios en la situación familiar. También cambios en la situación económica si se perciben ciertas ayudas extra por tener pocos recursos económicos.
Suspensión de la pensión

Si el titular del derecho no cumple con la obligación de informar que acabamos de ver, la Entidad Gestora le requerirá la documentación que acredite los cambios. Si el interesado no comparece o no presenta la información, se acuerda la suspensión cautelar de la pensión o del complemento a mínimos.
Con este sistema lo que se busca es conseguir que los datos que obran en poder de la Tesorería General de la Seguridad Social estén lo más actualizados posible y revisar que se siguen cumpliendo las condiciones para cobrar una prestación pública.
¿Cuánto dura la suspensión?

El tiempo necesario hasta que se resuelva la situación. La Seguridad Social no abonará la pensión del jubilado mientras este no comparezca y no presente los documentos que se le han solicitado.
Una vez solventada la situación, el pensionista volverá a recibir su prestación de forma mensual. En algunos casos podrá recuperar el dinero perdido durante las semanas o meses de suspensión.
Restitución de la prestación

La suspensión de la pensión se levanta cuando se corrige la situación que ha dado caso a la misma. Solucionado el problema, se volverá a cobrar la pensión con total normalidad, pero hay casos en los que se pierde dinero.
Si el interesado arregla el problema antes de que transcurran 90 días desde la solicitud o citación, se reactivará su prestación y cobrará íntegramente el dinero perdido. En el resto de casos hay que tener en cuenta que la retroactividad es solo de 90 días.
Los autónomos desconocen la posibilidad de suspensión de la pensión

Los casos en los que la Seguridad Social suspende el cobro de una pensión de jubilación a alguien que ha sido autónomo no son demasiados, pero no es algo tan infrecuente como se pueda pensar.
En la mayoría de los casos el problema surge porque los pensionistas no son conscientes de que deben cumplir con una serie de obligaciones mientras tengan una pensión pública en activo.
La Seguridad Social siempre está al tanto

Aunque al pensionista se le puede haber pasado por alto comunicar ciertos cambios en sus datos o en su situación personal o económica, la Seguridad Social suele estar al tanto de este tipo de cambios.
Lo que hace en estos casos es enviar una notificación o citación instando al interesado a que presente la documentación necesaria.
Comunicar la variación en los datos

Lo bueno es que hoy en día el trámite de comunicar el cambio de ciertos datos a la Seguridad Social es muy sencillo. El interesado puede pedir cita y acudir a la oficina más cercana, pero también puede hacerlo online.
A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social es posible presentar toda la documentación, aunque para ello hay que contar con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
Lo mejor, solucionar el problema lo antes posible

La suspensión de la pensión no es definitiva, pero para un jubilado no es de buen gusto pasar un tiempo sin cobrar aquello a lo que tiene derecho. Por eso, en caso de surgir algún problema que dé lugar a una suspensión, es mejor solucionarlo cuanto antes.
Si no se dejan pasar más de 90 días, se puede recuperar íntegramente el dinero perdido por la vigencia de la suspensión.