4Exige a la distribuidora que revierta el CUPS a tu comercializadora anterior
La distribuidora (i-DE, UFD, E-Distribución o Viesgo, entre otras) es la dueña del registro del punto de suministro: en sus sistemas consta a qué comercializadora está asociado tu CUPS. Por eso, aunque no puedas ordenarle directamente que te devuelva a tu antigua compañía, es la pieza que acredita el cambio y ejecuta la vuelta. El mecanismo se llama reposición y se tramita con un mensaje entre distribuidora y comercializadoras —el formato A1_51 en el caso del gas—: restablece el punto a su estado original, con el contrato anterior al cambio indebido. Solo puede pedirla un comercializador, nunca el consumidor: el entrante que provocó el cambio o el saliente (tu compañía de siempre) si cuenta con tu consentimiento. Hay un límite temporal relevante: la reposición cubre cambios activados como máximo un año antes y no sirve para deshacer cambios anteriores al inmediatamente anterior, los llamados cruces de CUPS heredados, que deben resolverse al margen del sistema.
Exige por escrito y con número de referencia la fecha exacta en que se solicitó y se activó el cambio, qué comercializador lo pidió y los archivos XML asociados. Ese rastro es la prueba clave y es la distribuidora quien lo custodia. Si se escuda en que necesita que una comercializadora lo solicite, reclama a la vez a la entrante para que tramite la reposición: las medidas vinculantes que la CNMC impuso en marzo de 2023 a Endesa, Naturgy, Iberdrola y Holaluz obligan a que, detectado un cruce de CUPS, el comercializador responsable pida cuanto antes reponer el punto al comercializador previo. Ten en cuenta que la reposición no es retroactiva y que es quien provocó el cambio quien asume los gastos (peaje de acceso, alta o baja) hasta que se restablece tu contrato. El servicio de atención de la distribuidora es gratuito, debe darte referencia y responder en 15 días hábiles; si no corrige, escala a la OMIC o a Consumo y denuncia ante la CNMC.



