5Si no contestan en plazo: reclamación ante Consumo o el CNMC y denuncia por suplantación si la hubo
La comercializadora está obligada a contestar tu reclamación en un plazo máximo de 30 días. Si se agota ese plazo sin respuesta, o si la solución que te dan no te satisface, toca escalar a la vía de consumo. Puedes presentar el caso en la OMIC de tu ayuntamiento, en la Dirección General de Consumo de tu comunidad autónoma o en una asociación de consumidores, que mediarán con la empresa. El paso decisivo es la Junta Arbitral de Consumo: un procedimiento gratuito, sin abogado ni procurador, cuyo laudo tiene valor de sentencia y obliga a la compañía. La mayoría de las grandes comercializadoras están adheridas al sistema, que suele fallar a favor del consumidor cuando la reclamación está bien documentada. Guarda el justificante de tu reclamación previa: sin él, muchos expedientes se caen.
En paralelo, denuncia ante la CNMC, que dispone de un buzón específico para cambios de comercializador sin consentimiento. Este organismo no anula tu cambio ni te devuelve el dinero, pero sí puede abrir un expediente sancionador: ya multó en 2017 a Endesa, Iberdrola, Gas Natural y Viesgo por contratar clientes sin su permiso. Si sospechas que usaron tus datos (DNI, CUPS o cuenta bancaria) para dar de alta el contrato, hay suplantación de identidad: denúncialo ante la Policía Nacional o la Guardia Civil y presenta una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Ten en cuenta que, cuando existen indicios racionales de delito, la Junta Arbitral no puede pronunciarse y el asunto debe resolverse en la vía judicial.



