Madrid y las ZBE: estas son las calles donde te pueden multar sin etiqueta

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M-30 y vías excluidas: los corredores por los que sí se puede circular sin etiqueta

Atletas participando en un maratón urbano en Leipzig, Alemania.

La clave para saber qué vías quedan fuera de Madrid ZBE no está en el plano, sino en quién es el titular de la carretera. La M-30 pertenece al Ayuntamiento de Madrid y forma parte del ámbito restringido: los turismos sin distintivo ambiental —gasolina matriculados antes de 2001 y diésel antes de 2006— tienen prohibido circular por el interior de la M-30 y por la propia circunvalación desde el 1 de enero de 2023, si no estaban empadronados en la capital. La prohibición se extendió a todo el término municipal en 2024 para los no residentes y en 2025 para los empadronados, aunque estos últimos han sumado prórrogas y, tras la última modificación de la ordenanza, pueden seguir circulando de forma indefinida mientras se cumplan los límites europeos de calidad del aire. La M-30, en todo caso, no es una vía libre para los coches sin pegatina.

El resto de los grandes corredores sí funciona como red de paso para vehículos sin etiqueta. El Ayuntamiento confirma que la M-40, la M-45 y la M-50 quedan fuera de la ZBE porque no tienen naturaleza de vía urbana ni competencia municipal: son carreteras de titularidad estatal, así que cualquiera puede recorrerlas, también los coches sin pegatina no empadronados en Madrid. A ellas se suman las autovías radiales A-1, A-2, A-3, A-4, A-5 y A-6 hasta el límite de la M-40, las de peaje R-2, R-3, R-4 y R-5, y otras vías como la M-11, M-12, M-13 y M-14 (entorno del aeropuerto de Barajas), la M-22, M-23 y M-31, la M-500 (Carretera de Castilla) y la M-607 (Colmenar Viejo). El límite es claro: en cuanto se abandona una de estas carreteras y se toma una salida hacia calles del municipio, las cámaras pueden sancionar con 200 euros (100 con pronto pago), sin retirada de puntos.


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