Cada mes, miles de facturas de Iberdrola y Endesa incluyen un recargo por exceso de potencia que nada tiene que ver con un consumo real. En los suministros con maxímetro, el contador registra la demanda máxima en intervalos de quince minutos, y un pico puntual puede penalizarse durante toda la facturación. Sin embargo, en muchas ocasiones ese registro se debe a un error del equipo o a un uso estacional que no debería computar. La CNMC ha obligado a devolver cobros irregulares, y la reclamación es viable con la prueba adecuada.
Esta guía se ha construido con un criterio práctico: ayudar a detectar cuándo ese recargo es improcedente. Arranca con el funcionamiento del maxímetro y los errores que disparan el cobro, sigue con los suministros de ocupación estacional, como segundas residencias y garajes, donde más se da, y enlaza con el aval de la CNMC y con la curva de carga como prueba. Cierra con el cálculo de lo que se puede reclamar, impuestos e intereses aparte, y con el recorrido administrativo y judicial, para que el usuario actúe por su cuenta.
2El pico de 15 minutos que dispara tu factura: así funciona el maxímetro eléctrico
El maxímetro es el aparato que convierte un cuarto de hora de descuido en un recargo que dura todo el mes. Integrado en el contador, no corta la luz como hace el ICP doméstico: si se supera la potencia contratada, el suministro continúa, pero el equipo calcula la potencia media de cada intervalo de 15 minutos y, al cierre del periodo, se queda con el valor más alto registrado. Ese único pico, aunque solo dure un cuarto de hora, fija la potencia por la que se cobra el término de potencia durante semanas. Afecta sobre todo a suministros de más de 15 kW, con tarifas 3.0TD o superiores: negocios, naves, comunidades con ascensor o garaje. También a viviendas con elementos no interrumpibles, como ascensores o respiradores, que según el Real Decreto 1454/2005 pueden facturarse por maxímetro aun con menos de 15 kW contratados.
El golpe llega cuando el pico supera el 105% de la potencia contratada: la factura de Iberdrola o Endesa incorpora entonces un recargo por exceso que en la práctica duplica el coste de cada kW sobrepasado y que se aplica a todo el periodo facturado, aunque el exceso durara un único cuarto de hora por arrancar a la vez ascensor, bombas e iluminación. Desde abril de 2025, la Circular 1/2025 de la CNMC ha endurecido el cálculo, con lecturas cuartohorarias y penalizaciones mayores en las franjas de máxima demanda, sin los coeficientes que antes rebajaban la sanción en horas valle. Por eso, si la factura incluye una línea de exceso de potencia, conviene pedir a la distribuidora las curvas cuartohorarias de tu CUPS: en ellas figura la fecha y hora exactas del pico y se puede comprobar si el recargo es legítimo o reclamable.



