Revisa tu última factura de Iberdrola o Endesa: el recargo en la potencia contratada que puedes reclamar

Cada mes, miles de facturas de Iberdrola y Endesa incluyen un recargo por exceso de potencia que nada tiene que ver con un consumo real. En los suministros con maxímetro, el contador registra la demanda máxima en intervalos de quince minutos, y un pico puntual puede penalizarse durante toda la facturación. Sin embargo, en muchas ocasiones ese registro se debe a un error del equipo o a un uso estacional que no debería computar. La CNMC ha obligado a devolver cobros irregulares, y la reclamación es viable con la prueba adecuada.

Esta guía se ha construido con un criterio práctico: ayudar a detectar cuándo ese recargo es improcedente. Arranca con el funcionamiento del maxímetro y los errores que disparan el cobro, sigue con los suministros de ocupación estacional, como segundas residencias y garajes, donde más se da, y enlaza con el aval de la CNMC y con la curva de carga como prueba. Cierra con el cálculo de lo que se puede reclamar, impuestos e intereses aparte, y con el recorrido administrativo y judicial, para que el usuario actúe por su cuenta.

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Los casos que se escapan al recargo: segundas residencias, garajes y viviendas vacacionales

Vista de garajes y apartamentos residenciales en Voorburg, Holanda Meridional, resaltando la arquitectura urbana.

Las segundas residencias, los garajes y las viviendas vacacionales comparten dos rasgos que los convierten en el primer sitio donde mirar la factura: son suministros de ocupación estacional y demanda baja, y en ellos el término de potencia se cobra siempre, aunque el inmueble lleve meses vacío y el contador registre cero. Es un coste fijo que no desaparece durante las vacaciones ni cuando nadie pisa la casa. Además, en estos puntos es donde con más frecuencia se coló el recargo ligado a la ausencia de interruptor de control de potencia (ICP): cuando la instalación no tenía ese dispositivo, la distribuidora podía facturar el término como si el cliente tuviera contratados 10 kW si había contratado 5 o menos, o 20 kW si su potencia estaba entre 5 y 15, multiplicando la parte fija aunque la demanda real jamás se acercara a esas cifras.

Que estos casos «se escapen» al recargo tiene base normativa. La penalización por falta de ICP se justificaba porque la compañía no podía limitar por sí misma la potencia demandada, pero los contadores inteligentes integran esa función de control en el propio equipo de medida, y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha señalado que, activada en el contador, el recargo debe anularse y el suministro volver a facturarse por la potencia realmente contratada. Una casa de veraneo, un garaje o un piso de alquiler turístico difícilmente reúnen las condiciones que justifican la penalización, así que, si el cargo aparece en el recibo, es reclamable con devolución de lo cobrado de más en los periodos anteriores. El margen no es menor: ajustar la potencia contratada a la demanda real de uno de estos inmuebles puede restar del orden de 40 a 50 euros al año solo en la parte fija, y en un punto que se usa apenas unos meses la proporción de ahorro se dispara.


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