Cada mes, miles de facturas de Iberdrola y Endesa incluyen un recargo por exceso de potencia que nada tiene que ver con un consumo real. En los suministros con maxímetro, el contador registra la demanda máxima en intervalos de quince minutos, y un pico puntual puede penalizarse durante toda la facturación. Sin embargo, en muchas ocasiones ese registro se debe a un error del equipo o a un uso estacional que no debería computar. La CNMC ha obligado a devolver cobros irregulares, y la reclamación es viable con la prueba adecuada.
Esta guía se ha construido con un criterio práctico: ayudar a detectar cuándo ese recargo es improcedente. Arranca con el funcionamiento del maxímetro y los errores que disparan el cobro, sigue con los suministros de ocupación estacional, como segundas residencias y garajes, donde más se da, y enlaza con el aval de la CNMC y con la curva de carga como prueba. Cierra con el cálculo de lo que se puede reclamar, impuestos e intereses aparte, y con el recorrido administrativo y judicial, para que el usuario actúe por su cuenta.
1El recargo por exceso de potencia: cómo se calcula y por qué casi siempre es un error del contador
El recargo por exceso de potencia solo aparece en suministros con maxímetro, el dispositivo del contador que registra la potencia máxima demandada en intervalos de quince minutos: es el caso de los contratos de más de 15 kW (tarifa 3.0TD y superiores) y, de forma excepcional, de viviendas declaradas no interrumpibles, como las de personas con soporte vital. La regla de cálculo es demoledora: mientras el pico registrado no supere el 105% de la potencia contratada no hay penalización, pero a partir de ese umbral la diferencia entre lo demandado y ese 105% se factura al doble sobre el término de potencia del periodo. Además, un único cuarto de hora de exceso activa el recargo sobre todo el ciclo de facturación, porque ese término se cobra en euros por kilovatio y día. Un pico puntual, un arranque simultáneo de electrodomésticos o un registro erróneo se convierten así en un cargo que puede repetirse cada mes sin que el consumo en kWh haya variado.
La sospecha de error nace de un detalle físico: en un hogar con menos de 15 kW contratados la instalación lleva un interruptor de control de potencia (ICP) que corta la luz antes de poder superar lo contratado. Si Iberdrola o Endesa cargan un exceso de potencia en una vivienda normal, algo no cuadra: lo más habitual es que el contador inteligente, tras un cambio de equipo o una subida de potencia mal registrada, quede mal configurado y anote picos que nunca llegaste a demandar. Para comprobarlo, pide a la distribuidora (i-DE o e-distribución) la curva de carga cuarto de hora a cuarto de hora y contrástala con tu potencia contratada. Si se confirma el fallo del equipo, el Real Decreto 1955/2000 obliga a refacturar y a devolver lo cobrado de más en la siguiente factura, con el interés legal. Conviene reclamar por escrito, conservar el número de expediente y, si no responden en un mes, elevar el caso a la OMIC o al arbitraje de consumo.



