DGT multa con 100 euros a copilotos con los pies en el salpicadero o postura incorrecta

La sanción económica no conlleva pérdida de puntos, pero sí refleja la obligación del conductor de velar por la correcta postura de todos los ocupantes. La DGT advierte del grave riesgo de lesiones por el airbag en caso de accidente.

Si viajas de copiloto y tienes la costumbre de estirar las piernas apoyando los pies sobre el salpicadero, esta conducta te puede costar una multa de 100 euros. La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que esta postura, además de ser peligrosa, está prohibida por el Reglamento General de Circulación. Con el inicio de los desplazamientos masivos del verano, los agentes prestan especial atención a este gesto tan común como arriesgado.

Qué dice exactamente el Reglamento y a quién sanciona

El artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación establece que «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos».

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La DGT interpreta que colocar los pies en el salpicadero quebranta esa obligación, ya que la postura del copiloto puede obstaculizar la visión del conductor o su libertad de movimientos. Por eso, los agentes de tráfico pueden imponer una sanción de 100 euros al pasajero que viaje de esta manera, aunque no supone pérdida de puntos del carnet. La infracción se considera grave porque compromete la seguridad vial.

Conviene aclarar que la multa recae sobre el adulto que adopta la postura incorrecta, no sobre el conductor, aunque este último es responsable de velar por la posición adecuada de todos los ocupantes. Es decir, si el copiloto va con los pies arriba, será él quien pague los 100 euros.

El peligro real que esconde una postura aparentemente cómoda

Más allá del importe económico, la DGT alerta de los riesgos físicos de esta mala costumbre. En caso de frenazo brusco o colisión, el cuerpo tiende a deslizarse hacia delante. Si las piernas están estiradas y apoyadas en el salpicadero, se puede producir el llamado «efecto submarino»: el pasajero se desliza por debajo del cinturón de seguridad y golpea violentamente contra el salpicadero.

Además, si el vehículo equipa airbag frontal de pasajero, su activación se convierte en una amenaza. El sistema pirotécnico se despliega a más de 200 km/h y está diseñado para impactar en el torso, no en las extremidades. Con los pies en el salpicadero, el airbag puede provocar fracturas de cadera, lesiones en las rodillas o torsiones severas de las articulaciones. La DGT insiste en que «esta postura resta eficacia al cinturón» y multiplica el peligro de sufrir lesiones graves.

El airbag se despliega a más de 200 km/h; un golpe así sobre las piernas estiradas puede causar fracturas de cadera o lesiones en las articulaciones.

Cómo evitar la sanción y viajar de forma segura

La solución es tan simple como mantener los pies en el suelo del vehículo. Ajusta el asiento para que el cinturón de seguridad quede ceñido sobre el hombro y la cadera, y comprueba que el respaldo no está excesivamente reclinado. El fabricante ha homologado el puesto del pasajero pensando en que el airbag actúe contra un torso erguido, no contra unas piernas estiradas.

Recuerda que cualquier postura que reduzca la eficacia del sistema de retención está prohibida, y no solo la del copiloto: los pasajeros de las plazas traseras también deben viajar con los pies en el reposapiés y el cinturón correctamente abrochado. Un vistazo al manual del coche puede aclarar la distancia mínima recomendada hasta el salpicadero (normalmente 25 centímetros).

Análisis Merca2: Una sanción baja, pero con un mensaje claro

La multa de 100 euros sin pérdida de puntos tiene un carácter más educativo que recaudatorio. La DGT no busca llenar las arcas: pretende que los pasajeros tomen conciencia de que la seguridad vial no depende solo de quien conduce. Es la misma filosofía que subyace a otras sanciones por comportamientos aparentemente inocuos, como apoyar objetos sueltos en la bandeja trasera o llevar la mascota sin sujeción.

Desde un punto de vista práctico, resulta difícil sorprender al infractor, porque los pies en el salpicadero son visibles desde el exterior. Sin embargo, el objetivo no es sancionar por sorpresa, sino disuadir antes incluso de arrancar el motor. La recomendación es inequívoca: cualquier postura que no sea la prevista por el fabricante puede convertir un accidente leve en uno grave. Y si, además, te ahorras 100 euros, mejor para tu bolsillo.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Viajar de copiloto con los pies apoyados en el salpicadero o en una postura que obstaculice la libertad de movimientos o la visión del conductor.
  • Sanción económica: 100 euros.
  • Puntos del carnet: No aplica (no conlleva pérdida de puntos).
  • Entrada en vigor: Ya vigente (recogida en el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación).

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