SEPE ofrece 50.000 ayudas contratación mayores 45 años

Subvenciones de hasta 8.000 euros por contrato dirigidas a pymes y autónomos que incorporen a desempleados de larga duración. El plazo de solicitud está abierto y las ayudas se conceden por orden de llegada.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha activado un nuevo paquete de 50.000 ayudas a la contratación de personas mayores de 45 años, una de las líneas de apoyo más ambiciosas de los últimos ejercicios. La subvención puede alcanzar los 8.000 euros por contrato y está concebida para incentivar la inserción de desempleados de larga duración, el colectivo que más tarda en reengancharse al mercado laboral.

La medida responde a un dato tozudo: la tasa de paro de los mayores de 45 años supera en cuatro puntos la media nacional y su periodo medio en desempleo roza los 18 meses. Con esta convocatoria, el SEPE busca compartir el riesgo de contratación con pymes y autónomos, que son los principales generadores de empleo neto en España.

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¿En qué consiste el plan de ayudas del SEPE?

El programa subvenciona directamente a las empresas que formalicen un contrato con personas mayores de 45 años que estén inscritas como demandantes de empleo y hayan acumulado al menos 12 meses en situación de paro en los últimos 18. Las ayudas se articulan en dos tramos:

  • Contrato indefinido a jornada completa: hasta 8.000 euros por trabajador, que se abonan en un pago único al cumplirse los seis primeros meses del contrato.
  • Contrato temporal de al menos un año: 4.000 euros, con la misma mecánica de abono diferido.

El SEPE calcula que la dotación total permitirá respaldar alrededor de 50.000 contrataciones en toda España durante el segundo semestre de 2026. Las ayudas son compatibles con otras bonificaciones a la Seguridad Social que ya existen para este colectivo, como la tarifa plana de 60 euros para autónomos que contraten a su primer trabajador.

Requisitos: ¿quiénes pueden beneficiarse?

Los requisitos se dividen entre la empresa solicitante y el trabajador que va a ser contratado. Ambas partes deben cumplirlos para que la ayuda se conceda.

Para la empresa o autónomo:

  • Estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social.
  • No haber extinguido contratos anteriores mediante despido improcedente en los 12 meses previos.
  • Mantener el empleo creado al menos el doble del periodo subvencionado.
  • Que la plantilla media no se reduzca durante los dos años siguientes a la contratación.

Para el trabajador:

  • Tener 45 años o más en el momento de la firma del contrato.
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE.
  • Acreditar un periodo de desempleo continuado de al menos 12 meses dentro de los últimos 18.
  • No haber trabajado para la empresa solicitante en los seis meses anteriores.

No se exige experiencia previa en el puesto ni titulación específica. La única condición es que la persona contratada se dé de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

¿Merece la pena? Análisis de la convocatoria

Desde la óptica de una pyme o un autónomo, 8.000 euros equivalen a cubrir casi el 50% del coste salarial de un empleado durante el primer año si se tiene en cuenta el salario más frecuente de este colectivo –que ronda los 1.400 euros brutos mensuales–. Es, por tanto, un incentivo relevante, sobre todo en sectores con márgenes ajustados como la hostelería, el comercio minorista o los servicios de proximidad.

Ahora bien, la letra pequeña merece atención. El pago no se recibe hasta que el trabajador ha cumplido seis meses en la empresa, lo que obliga a la entidad a adelantar salarios y cotizaciones durante medio año. Para negocios con tesorería justa, ese desfase temporal puede ser un obstáculo. Además, el compromiso de mantenimiento de plantilla durante dos años añade un corsé a la flexibilidad: si el negocio flojea, despedir al trabajador acarrea la devolución íntegra de la ayuda ya cobrada.

En contrapartida, la ayuda llega en un momento en que el Gobierno ha endurecido las condiciones de las subvenciones a la contratación para evitar el llamado «efecto peso muerto» –contratos que se habrían hecho igual sin el subsidio–, por lo que el diseño actual prima la estabilidad real del empleo creado. Las asociaciones de autónomos consultadas en los últimos días valoran positivamente la medida, aunque reclaman un adelanto del pago para evitar tensiones de liquidez.

Ocho de cada diez desempleados mayores de 45 años llevan más de un año buscando trabajo; esta ayuda reduce el riesgo de contratarlos y abre una puerta que, sin el incentivo, muchas empresas no se plantearían.

Para el candidato, la clave es presentarse a las empresas como un perfil que ya lleva aparejada una ayuda pública. En la práctica, eso disminuye el coste de contratación y puede desempatar un proceso de selección. El consejo es incluir en el currículum –o mencionar en la entrevista– que se cumplen los requisitos del programa, porque muchos negocios desconocen aún la existencia de esta línea.

📝 Cómo enviar el currículum

La solicitud de la ayuda no la tramita el trabajador, sino la empresa que lo contrata. No obstante, si reúnes el perfil descrito, tu mejor baza es acercarte a las empresas que podrían beneficiarse y presentar tu candidatura mencionando explícitamente la subvención. Para formalizar la ayuda una vez cerrado el contrato, la empresa debe seguir estos pasos:

  1. Paso 1: Accede a la sede electrónica del SEPE (sede.sepe.gob.es) y dirígete al apartado de ayudas a la contratación.
  2. Paso 2: Identifícate con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  3. Paso 3: Rellena el formulario de solicitud indicando los datos del trabajador contratado y el tipo de contrato.
  4. Paso 4: Adjunta la documentación requerida: contrato de trabajo, alta en Seguridad Social y certificado de vida laboral del empleado que acredite el periodo de paro.
  5. Paso 5: Presenta la solicitud. El SEPE dispone de hasta tres meses para resolver, aunque la media de resolución está en 45 días. Si se aprueba, el pago se realiza en los 30 días siguientes al cumplimiento del sexto mes de contrato.

Plazo de solicitud: La convocatoria permanece abierta hasta que se agoten los fondos, sin una fecha de cierre fija. Se recomienda tramitarla en las primeras semanas. Requisito mínimo: El trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE y haber acumulado 12 meses de paro en los últimos 18.


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