El TC obliga a los bancos a pagar costas por hipotecas abusivas

La sentencia, publicada en el BOE, determina que las entidades condenadas por cláusulas abusivas deben asumir las costas judiciales. El TC considera que no hacerlo vulnera la tutela judicial efectiva y elimina el efecto disuasorio.

El Tribunal Constitucional ha determinado que la banca española deberá asumir las costas judiciales cuando sea condenada por haber incluido cláusulas abusivas en sus préstamos hipotecarios. La sentencia, publicada hace varios días en el BOE, acaba con una práctica que permitía a las entidades eludir el pago de las costas allegando la existencia de ‘serias dudas de Derecho’, un argumento que el Alto Tribunal considera incompatible con el derecho a la tutela judicial efectiva del consumidor.

La sentencia del Tribunal Constitucional y el derecho europeo

La resolución del TC —adelantada por Europa Press— da amparo a un demandante que vio cómo un Juzgado de Primera Instancia declaró nula por abusiva la cláusula de vencimiento anticipado de su hipoteca, pero a la vez le denegó la imposición de costas a la entidad financiera. El tribunal de instancia entendió que existían ‘serias dudas de Derecho’ sobre la cuestión, figura que permite al juez no condenar en costas aunque estime la nulidad. El TC, con esta nueva doctrina, cierra esa puerta.

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En la sentencia se recoge que «incurre en vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva la resolución judicial que, habiendo declarado nula por abusiva la cláusula de vencimiento anticipado de un contrato de préstamo hipotecario celebrado entre una entidad financiera y un consumidor y acordado el sobreseimiento y archivo de la ejecución, deniega la imposición de costas al ejecutante por la sola apreciación de serias dudas de Derecho». Es decir, la aplicación de la excepción se convierte en una denegación de justicia.

La agrupación Asufin ha aplaudido la decisión y ha señalado que se estaba ignorando la norma superior europea. ‘Si un banco pierde un juicio por cláusulas abusivas, pero no le obligan a pagar las costas, ¿dónde está el castigo?’, ha afirmado la asociación. ‘¿Qué le impide volver a hacerlo? El efecto disuasorio se pierde’, añaden. La crítica apunta directamente a los jueces que, con la excusa de la complejidad, dejaban al consumidor con el coste del litigio pese a tener razón.

Consecuencias financieras para Santander, BBVA y el resto del sector

La decisión afecta a todos los grandes bancos del IBEX 35 y del Mercado Continuo que mantienen carteras hipotecarias con litigios vivos. Entidades como Santander, BBVA, CaixaBank, Sabadell, Bankinter y Unicaja han provisionado en los últimos años cientos de millones de euros para cubrir riesgos legales vinculados a contratos hipotecarios, desde cláusulas suelo hasta gastos de formalización o vencimiento anticipado. Según estimaciones del sector, acumulan en total provisiones superiores a los 2.000 millones de euros en el último lustro.

Las costas judiciales no suponen, aisladamente, un quebranto mayúsculo: en un procedimiento monitorio o declarativo de este tipo pueden oscilar entre 1.500 y 4.000 euros por expediente. Sin embargo, el volumen potencial es significativo. Si la litigiosidad repunta a raíz de esta mayor seguridad jurídica para el consumidor, las entidades tendrían que engordar las provisiones. Y un recargo por costas en miles de pleitos añade un coste operativo no previsto en los planes de negocio presentados al mercado.

Los analistas consultados coinciden en que el impacto directo en las cuentas de 2026 será anecdótico, pero la señal que envía el Constitucional sí tiene calado estratégico. La cotización de la banca del IBEX apenas ha registrado movimientos significativos en la apertura de este miércoles.

abusividad hipotecaria

Análisis Merca2: se desmonta el argumento de las ‘dudas de Derecho’

La jurisprudencia menor ha abusado en los últimos años de la eximente de costas por ‘serias dudas de Derecho’. Muchos juzgados entendían que, como el ordenamiento generaba cierta incertidumbre sobre una cláusula concreta —aunque la justicia europea ya la hubiera señalado como potencialmente abusiva—, no procedía imponer costas al banco vencido. El TC pone fin a esa interpretación laxa: si se declara la abusividad, hay condena, y por tanto costas.

Desde un punto de vista financiero, el cambio es relevante porque altera los incentivos. Hasta ahora, el banco podía litigar casi sin coste adicional en casos dudosos, porque el riesgo se limitaba a la devolución de lo cobrado indebidamente. A partir de esta sentencia, cada derrota llevará aparejada un desembolso directo. La banca tendrá que internalizar ese riesgo y, previsiblemente, ser más cuidadosa en la comercialización de nuevas hipotecas y en la gestión extrajudicial de las reclamaciones antiguas.

La banca ya ha provisionado más de 2.000 millones de euros por litigios hipotecarios, pero la decisión del TC añade un coste marginal que, por ahora, no modifica las tesis de inversión sobre el sector.

El riesgo para las cuentas de resultados está acotado. Una estimación prudente sugiere que el coste adicional en costas podría añadir entre 30 y 50 millones de euros anuales a las provisiones conjuntas del sector a medio plazo, siempre que no se dispare el volumen de pleitos. Una cifra manejable para gigantes que generan beneficios netos superiores a los 25.000 millones al año entre los principales bancos cotizados.

Sin embargo, el verdadero desafío es reputacional y de entorno regulatorio. La sentencia se enmarca en una corriente europea que tiende a reforzar la posición del consumidor financiero. Si Bruselas o el legislador español avanzan hacia un endurecimiento de las sanciones por cláusulas abusivas, el coste de la litigiosidad puede escalar rápidamente. De momento, los bancos españoles presentan ratios de capital holgados —un CET1 superior al 12% en media—, lo que da margen para absorber estos sobresaltos.

Veredicto Merca2

Cotización al cierre o apertura: La banca del IBEX 35 apenas reacciona en la apertura del 28 de mayo. Los títulos de Santander, BBVA y CaixaBank se mueven en un rango de entre el -0,4% y el +0,2%, descontando un impacto limitado en provisiones.

Clave técnica: Ningún banco importante ve comprometidos sus soportes técnicos. Las acciones de CaixaBank cotizan en torno a los 4,50 euros, lejos de su media móvil de 200 sesiones, y Bankinter roza los 10 euros sin señales de distribución. El riesgo de litigios recurrentes no modifica las tendencias de medio plazo.

Apunte macro: La prima de riesgo española se sitúa en 65 puntos básicos esta mañana, ajena por completo a la noticia judicial. El rating soberano se mantiene en ‘A’ estable. La regulación judicial bancaria no altera las perspectivas de crecimiento del sector financiero español, anclado en una rentabilidad RoE superior al 12%.


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