Uno de cada tres autónomos puede ser sancionado por no llevar a cabo el registro salarial

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En marzo de 2019 se modificó el Estatuto de los Trabajadores y se estableció para los empresarios la nueva obligación de llevar un registro salarial de todos sus empleados. Por disposición expresa del Real Decreto 902/2020, desde el 7 de marzo de 2021 todos los empleadores que tengan a su cargo más de 50 empleados deben llevar este registro.

Ocurre que muchos de esos empleadores que están al frente de pequeñas plantillas son autónomos, y resulta que muchos de ellos no están cumpliendo con lo que dice la ley. Algo que sucede, en la mayoría de los casos, por desconocimiento de esta obligación.

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Sanciones por incumplir la obligación de registro salarial

LISOS

Según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social el incumplimiento de la obligación de llevar a cabo un registro de los salarios de todos los empleados es considerada como una infracción grave, cuya multa puede llegar a ser de hasta 6.250 euros. 

Eso si no se hae el registro. Si, además, se descubre que existe discriminación en los salarios por razón de sexo, estamos ante una infracción muy grave y la sanción podría llegar hasta lo 187.515 euros. Por tanto, tan importante es hacer el registro como asegurarse de que los salarios son equitativos entre hombres y mujeres en función del puesto que ocupen en la empresa.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.