
Una autónoma con 16 años cotizados se ha quedado sin la pensión de jubilación que solicitó a los 65. El motivo: se dio de baja del RETA un mes tarde.
Lo confirma el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. La cronología es la que manda: la baja en el RETA se registró el 30 de abril de 2013 y la ley pedía haber extinguido la relación laboral antes del 1 de abril de ese mismo año para seguir bajo la normativa de pensiones anterior a la reforma de 2011. Un mes. Eso es todo lo que separa este caso de la vía antigua.
Nacida en 1958, la trabajadora pidió la pensión en febrero de 2024, recién cumplidos los 65 y con casi 16 años y cuatro meses cotizados. Necesitaba 38 años cotizados para jubilarse a esa edad según las tablas vigentes entonces. El INSS le dijo que no. El Juzgado de lo Social número 11 de Bilbao y, después, la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco confirmaron la negativa.
Qué decidió el TSJ del País Vasco con la baja del RETA de 2013
El caso se apoya en la disposición transitoria cuarta de la Ley General de la Seguridad Social. La Ley 27/2011 subió de forma progresiva la edad de jubilación hasta los 67 años y elevó los años de cotización exigidos, pero dejó una puerta abierta: quienes hubieran extinguido su relación laboral antes del 1 de abril de 2013 podían seguir aplicando las reglas antiguas.
La autónoma intentó acogerse a esa vía. La Sala no lo aceptó: la transitoria habla de extinción de una relación laboral, un concepto pensado para asalariados que, en su lectura, no cubre la baja de una trabajadora por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Treinta días de retraso y una puerta que se cierra.
Treinta días de retraso bastaron para cerrar la vía de la jubilación a los 65: la transitoria no admite aproximaciones de calendario.
El fallo añade un segundo obstáculo. Para causar la pensión hay que estar en alta o en situación asimilada al alta en el momento de presentar la solicitud, y según el tribunal esa circunstancia tampoco concurría. La mujer tendrá que pedir la pensión con la normativa y la edad ordinaria que le correspondan, siempre que cumpla el resto de requisitos.
Quién está expuesto al mismo problema

El RETA cerró 2025 con 3,42 millones de afiliados, 39.002 más que el año anterior, y en mayo de 2026 la cifra ya rondaba los 3,47 millones, según la UPTA. De las altas de ese ejercicio, cerca de 19.775 correspondieron a mujeres autónomas, según los datos de ATA.
Cada una de esas personas tiene una fecha de baja que puede cruzarse con un requisito escrito hace más de una década. No hace falta haber cotizado poco: 16 años dan para una pensión, pero no para saltarse el calendario. El error no se arregla después.
Llama la atención el contraste con otras zonas del sistema. La Seguridad Social permite cobrar dos pensiones de jubilación a la vez a los trabajadores en pluriactividad que cumplen los requisitos de cada régimen. Aquí, un desajuste de fechas ha bastado para bloquear el acceso a la normativa anterior.
Una transitoria escrita para asalariados que sigue decidiendo hoy
La disposición transitoria cuarta nació en 2011 para no dejar a nadie a medio camino en la subida de la edad de jubilación. Quince años después, su redacción sigue generando dudas para un colectivo que hoy supera los 3,47 millones de afiliados y que, en la letra de la norma, sigue encajando mal. Es una incoherencia que el legislador debería corregir en la próxima reforma del RETA.
La lección práctica es incómoda. Si estás cerca de una fecha límite normativa —una transitoria, un complemento,, un periodo de carencia—, la baja en el RETA no es un trámite que se pueda dejar para el mes que viene. Antes de firmarla, conviene revisar la vida laboral y saber en qué situación de alta o asimilada vas a quedar.
Y hay más piezas moviéndose por debajo: la cotización adicional de solidaridad entró en vigor el 1 de enero de 2025 y la edad de jubilación sigue subiendo escalón a escalón hasta los 67 años. Cada año que pasa, el calendario pesa más y los márgenes se estrechan. El caso vasco no se corrige con buenas razones: se recurre, y si la Sala confirma, se acepta.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: No hay convocatoria ni plazo de subsanación; el INSS denegó la pensión solicitada en febrero de 2024 y el TSJ del País Vasco ha confirmado después esa negativa.
- ✅ Requisitos clave: Estar en alta o en situación asimilada al alta al pedir la pensión, tener la edad ordinaria que corresponda y acreditar el periodo mínimo de cotización.
- 🌐 Dónde solicitarlo: En la sede electrónica de la Seguridad Social o en Importass, con certificado digital o Cl@ve; también en oficinas de la TGSS con cita previa.
- 💰 Importe o coste: La cuantía de la pensión denegada no se detalla en la fuente oficial; el coste real del error fue perder la vía de jubilarse a los 65.
- ⚠️ Error a evitar: Darse de baja del RETA sin revisar antes la vida laboral y las fechas que condicionan una transitoria, un complemento o el propio acceso a la pensión.




