Uno de cada tres autónomos puede ser sancionado por no llevar a cabo el registro salarial

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En marzo de 2019 se modificó el Estatuto de los Trabajadores y se estableció para los empresarios la nueva obligación de llevar un registro salarial de todos sus empleados. Por disposición expresa del Real Decreto 902/2020, desde el 7 de marzo de 2021 todos los empleadores que tengan a su cargo más de 50 empleados deben llevar este registro.

Ocurre que muchos de esos empleadores que están al frente de pequeñas plantillas son autónomos, y resulta que muchos de ellos no están cumpliendo con lo que dice la ley. Algo que sucede, en la mayoría de los casos, por desconocimiento de esta obligación.

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Aumenta el número de inspecciones

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La igualdad salarial es un tema muy serio y los inspectores de trabajo lo están teniendo muy en cuenta a la hora de hacer su trabajo. En cualquier inspección rutinaria pueden solicitar al autónomo que presente el correspondiente registro.

Si no se cuenta con él, o incluso contando con él se aprecia que hay discriminación retributiva por razón de género, el inspector hará una propuesta de sanción. Para que esto no ocurra, lo mejor es estar al tanto en el cumplimiento de todas las obligaciones.

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Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.