Jubilación de hombres y mujeres: las diferencias, ventajas y requisitos

La jubilación de mujeres y hombres puede tener algunas diferencias, algunas pequeñas ventajas en algunos casos. Y es que esta prestación tan básica, para aquellas personas que llegan al fin de su vida laboral, aún genera un mar de dudas. Más aún con todos los cambios que realiza el gobierno cuando las revisa cada año.

Algunas de las dudas más recurrentes es sobre el valor de la pensión, pero también las hay sobre los requisitos para obtenerla, sobre los tipos de pensiones de jubilación existentes, los planes privados, la compatibilidad con otras ayudas, etc. Pero con esta pequeña guía podrás poner algo de luz a toda esa oscuridad que existe sobre esta ayuda pública…

Jubilación de mujeres vs hombres

Algunas ventajas y diferencias de la jubilación de mujeres

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A la hora de computar la pensión hay algunas ventajas para la mujer. Con ellas, se verán algo beneficiadas en cuanto a la cuantía de su jubilación. Por ejemplo, el sistema reconocerá también para el cálculo el complemento por maternidad y las cotizaciones ficticias.

Maternidad

Es decir, en el primer caso se trata de un suplemento que se les entrega las mujeres por haber sido madre de al menos dos hijos. La cantidad dependerá del número de hijos, pero con 2 reciben un 5% más de pensión, con 3 subiría al 10% extra y con 4 o más hasta el 15% adicional. Es decir, un gran incremento si se es familia numerosa.

Evidentemente, si la beneficiaria ya percibe la cantidad máxima de pensiones, no se le hará ese incremento en la pensión de jubilación, algo que también ocurre con algunos extras en el caso de los hombres, ya que la Seguridad Social ha marcado un límite para hacer el sistema de pensiones más sostenible e igualitario.

Cotizaciones ficticias

Además de lo anterior, también se sumarán algunos periodos pese a no haberse cotizado. Son las llamadas cotizaciones ficticias. En este caso se refiere al alta de estas personas para alcanzar los 15 años de cotización mínima para obtener una pensión de jubilación mínima. Además, se reconocen 112 días de cotización por cada parto, y se elevaría a 126 días en el caso de ser un parto múltiple.

Por supuesto, se computará como periodo cotizado a los periodos de interrupción debidos a los nueve meses de maternidad y cuidado del menor. También se tomarán 3 meses en caso de adopción o acogida de menores.

No obstante, debido a las nuevas medidas de igualdad, también tendrán beneficios aquellos trabajadores que hayan interrumpido su trabajo para cuidar de los hijos. Pero en este caso, la madre siempre tendrá preferencia.

Isaac R. P.
Isaac R. P.
Escritor y blogger, blogger y escritor. Las letras en libros o en WordPress son mi vida actual. Siempre intentando contar la verdad, evitando la manipulación y el clickbait. Apasionado por contar historias, por escribir artículos de interés y por ayudar.