jueves, 12 diciembre 2024

CaixaBank se suma a la concesión de préstamos para pagar el alquiler avalados por el ICO

CaixaBank se ha sumado a conceder los préstamos avalados por el Estado a través del ICO que el Gobierno ha articulado para ayudar a pagar el alquiler a los inquilinos se hayan visto afectados por la crisis sanitaria y económica.

De esta forma, los créditos ya pueden pedirse en un total de 16 entidades financieras, dado que además de la que preside Jordi Gual, Triodos Bank, Eurocaja Rural y Microbank también se acaban de adherir a las líneas del ICO, según datos del instituto oficial.

El resto de bancos que gestionan y conceden estos préstamos son Santander, BBVA, Sadabell y Bankia, junto a Caja Onteniente, Caja Pollença, KutxaBank, Bankoa, Abanca, Unicaja, Liberbank y Cajamar.

Los interesados en estos préstamos pueden solicitarlos y tramitarlos en las oficinas de estas entidades desde finales del pasado mes de mayo y hasta el próximo 30 de septiembre, si bien el plazo podría prorrogarse hasta el 30 de noviembre.

Estas entidades pueden conceder préstamos para pagar el alquiler de hasta 900 euros al mes durante un periodo de seis meses, esto es, de un máximo de 5.400 euros por beneficiario. Los créditos están garantizados con la línea de avales de hasta 1.200 millones de euros habilitada por el ICO y a la que se han adherido los bancos.

Asimismo, los préstamos no tienen intereses ni comisiones para el beneficiario, dado que su coste, estimado en 123 millones de euros, lo asume el Gobierno a través del Ministerio de Transportes.

Además, tienen carácter retroactivo, esto es, permiten cubrir impagos de alquiler desde el pasado 1 de abril, el mes siguiente al del inicio de la crisis y la declaración del estado de alarma.

La articulación de estos préstamos constituye la iniciativa ‘estrella’ del plan ayudas al alquiler que el Gobierno aprobó el pasado 1 de abril, junto a la paralización de desahucios por impago durante seis meses.

REQUISITOS.

El crédito pueden solicitarlo inquilinos con contrato de alquiler «en vigor y conforme a la ley» de una vivienda de un particular, que registren una caída de ingresos por la crisis porque hayan sido incluidos en un ERTE, se hayan quedado en paro, hayan tenido que cerrar su negocio o hayan reducido su jornada para atender y cuidar familiares, entre otros supuestos.

Además, los ingresos de su unidad familiar no pueden superar los 2.689 euros al mes, esto es, cinco veces el IPREM, antes de la crisis, y la suma del alquiler y los gastos y suministros básicos de la vivienda debe ser igual o superior al 35% de dichos ingresos.

PAGO AL ARRENDADOR Y PLAZO DE AMORTIZACIÓN.

Una vez concedido el préstamo, el banco pagará directamente las seis mensualidades que cubre al propietario del piso alquilado. De su lado, el inquilino tendrá seis años para devolverlo, con un periodo de carencia inicial de seis meses.

Una vez pasados los tres primeros años desde la concesión y hasta seis antes del plazo de amortización inicial se puede pedir una prórroga de otros cuatro años si se acredita que se mantiene la situación de vulnerabilidad económica.


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