Una de las cuestiones más frecuentes es cómo solicitar la pensión de jubilación. Dentro de ellas, se hace especial hincapié en los documentos necesarios para poder hacerlo, ya que depende del tipo de jubilación del que estemos hablando. Recuerda que esta también puede ser anticipada o por cualquier otro tipo de causa.
La edad en el 2020 es de 65 años y 10 meses. Sin embargo, si se pueden acreditar con documentos 37 años cotizados en la Seguridad Social podremos acceder a ella desde los 65 años. Para recibir la compensación económica desde punto y hora en el que cese nuestra actividad, debemos solicitarla durante los 3 meses anteriores o posteriores al cese de la misma. En este último caso, la compensación la obtendremos, como máximo, tres meses después de la inactividad.
Ahora que ya sabes los plazos, es interesante conocer qué necesitas para poder hacerlo y obtener la retribución desde el momento en que la solicites. Esta es la documentación necesaria para acceder a la pensión de jubilación.
1Documentos básicos para acceder a la pensión por jubilación
Para poder solicitar la pensión de jubilación, lo primero que debemos hacer es descargarnos y rellenar de forma adecuada el impreso de solicitud que encontraremos en la página oficial de la Seguridad Social. Una vez hecho esto, debemos identificarnos de manera correcta.
Para ello, si somos españoles, bastará con presentar nuestro Documento Nacional de Identidad. En el caso de extranjeros residentes o no residentes en España, hará falta más documentación. Prepara el pasaporte o el documento de identidad vigente en el país de origen o residencia, así como el NIE. Este lo exige de forma directa la AEAT con el fin de poder efectuar el pago.
Si fuera el caso, para acceder a la pensión por jubilación también necesitaremos la documentación que acredite la representación legal. En caso de ser tutor institucional, el CIF/NIF, el documento donde aparezca el nombramiento de tutela de la Institución, y la certificación que acredite la representación de la misma. En caso de estar incapacitado de forma judicial, hay que presentar la resolución judicial que así lo declare o el certificado acreditativo del Registro Civil.