ZBE Sant Adrià anulada: el TSJC tumba por segunda vez la ordenanza y deja las multas en el aire

La sentencia no es firme y el Ayuntamiento puede recurrir al Supremo, lo que deja en el aire las sanciones a los vehículos sin etiqueta. El TSJC reprocha al consistorio que no aportara la memoria económica ni evaluara el impacto en talleres y comercios.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? El TSJC anula por segunda vez la ordenanza que regula la Zona de Bajas Emisiones de Sant Adrià de Besòs.
  • ¿Quién está detrás? La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a instancias del Gremi de Tallers; el Ayuntamiento estudia recurrir al Supremo.
  • ¿Qué impacto tiene? Las multas a los vehículos sin etiqueta quedan en el aire y el consistorio deberá justificar con papeles el coste y el impacto económico de la restricción.

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha anulado por segunda vez la ZBE de Sant Adrià de Besòs. El fallo deja sin base firme la ordenanza que restringe la circulación de los vehículos sin distintivo ambiental y todavía puede acabar en el Tribunal Supremo.

La etiqueta ambiental es el distintivo que la DGT asigna según las emisiones y que decide quién puede circular por una zona restringida. En Sant Adrià, esa frontera la fijaba la ordenanza anulada. La sentencia no es firme: cabe recurso de casación y el Ayuntamiento reunirá a sus servicios jurídicos para decidir el siguiente paso.

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Los tres agujeros que el TSJC reprocha al Ayuntamiento

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo da la razón al Gremi de Tallers, que alegó que la decisión municipal no estaba suficientemente motivada. La ley exige una memoria económica que evalúe cómo afecta la prohibición a la actividad del municipio, y el consistorio no la aportó.

Tampoco consta el informe de impacto. El Ayuntamiento alegó que los costes de implantación, señalización, control metrológico y seguimiento los asumiría el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), pero no incorporó al expediente ningún documento que lo acreditase. Y la Sala subraya que no se evaluó el impacto directo e indirecto sobre talleres, comercios, industrias, y transporte: la ordenanza imponía restricciones severas sin ponderar los costes.

El tercer agujero es de forma, pero pesa. El informe socioambiental incluía enlaces y fuentes de datos que no funcionaban y que hubo que corregir después. Para la Sala, esa deficiencia afectó al trámite de información pública y menoscabó el control judicial. Tampoco se evaluaron medidas menos restrictivas para los colectivos con menor capacidad económica ni para los propietarios afectados.

Una ZBE no se sostiene solo con buenas intenciones ambientales: si el expediente no justifica el coste y el impacto, el tribunal la tumba y con ella cae la seguridad jurídica de cada multa.

Qué pasa ahora con las multas y con los coches sin etiqueta

La pregunta en el Besòs es directa: ¿siguen vigentes las sanciones? La ordenanza ha quedado anulada, pero la sentencia no es firme. Hasta que el Supremo se pronuncie o el Ayuntamiento renuncie al recurso, el escenario es de interinidad: el consistorio mantiene la restricción sobre el terreno, pero cada expediente sancionador queda expuesto a impugnación. Cualquier multa emitida al amparo de una norma anulada nace con un vicio difícil de defender.

Ya pasó en julio de 2024. Entonces el TSJC anuló la primera ordenanza de Sant Adrià y las de L’Hospitalet de Llobregat, Cornellà de Llobregat y Esplugues de Llobregat, todas aprobadas en 2020 y todas con el mismo defecto de motivación. El aviso era idéntico al de ahora: las medidas de calidad del aire deben ser las más ajustadas y precisas.

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Lo que está en juego no es una tarifa, sino la seguridad jurídica de una multa. La ZBE afecta a los vecinos sin etiqueta y a quien cruza el municipio a diario, y el fallo reabre la duda sobre las sanciones ya cobradas. Para el Ayuntamiento el golpe es administrativo: sin memoria económica y sin informe de impacto no habrá tercera ordenanza que resista.

Zona cero, el cinturón metropolitano de Barcelona. Las cuatro anulaciones de 2024 y esta dibujan un patrón: municipios del entorno han aprobado ZBE con expedientes flojos y el TSJC las pasa por la trituradora contenciosa. El modelo de zona de bajas emisiones acredita aquí su punto más frágil en la justificación, no en el objetivo.

El dato: dos anulaciones en dos años y un eventual recurso de casación por delante. La cifra que resume el asunto es la que no aparece en la sentencia, la de multas que quedan colgando de una norma anulada, frente a las cuatro ordenanzas tumbadas en 2024 en el área metropolitana.

Pulso abierto. El Gremi de Tallers ha ganado por segunda vez y el Ayuntamiento tiene dos caminos: recurrir al Supremo o rehacer el expediente desde cero. El AMB queda en una posición incómoda, porque el consistorio le atribuyó los costes sin acreditarlo. Nuestra lectura es que la pelota está ahora en los servicios jurídicos municipales.

Mientras se decide, a los conductores sin etiqueta que circulen por el Besòs les conviene guardar cualquier notificación. La defensa se escribe sola.


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