La DGT: las cientos de multas de línea continua anuladas de 200 euros y 4 puntos, y cómo recurrir

La asociación Dvuelta ha conseguido el archivo de los expedientes en vía administrativa, sin juicio, desde que las cámaras empezaron a operar en noviembre de 2025. El argumento clave: no hay fotografía del momento en que el coche pisa la línea continua.

Cientos de multas de línea continua impuestas por las cámaras de la DGT han caído: 392 expedientes archivados por defectos de prueba.

La asociación de automovilistas Dvuelta asegura haber logrado el archivo de 392 expedientes sancionadores en vía administrativa desde que estos dispositivos empezaron a funcionar en noviembre de 2025. Ninguno de esos casos ha necesitado un juez. La Administración ha ido cerrando los procedimientos a medida que llegaban los recursos de los conductores afectados. Cada expediente llevaba aparejada una sanción de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet.

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El sistema no es nuevo, pero sí su volumen. Cuatro cámaras vigilan tramos con marca longitudinal continua en las entradas a Madrid, todas en sentido decreciente, es decir, hacia la capital. La conducta que persiguen está tipificada en el Reglamento General de Circulación: cruzar una línea continua sin causa justificada.

La notificación que llega al domicilio repite casi siempre la misma fórmula: «No respetar una marca longitudinal continua, sin causa justificada. Infracción captada por cámara de control». Y ahí empieza el problema.

Dos lecturas de matrícula solo dicen dónde estaba el coche al principio y al final del tramo; no prueban que pisara la línea por el camino.

Dónde están los cuatro puntos de control

Los dispositivos se reparten por cuatro autovías de acceso a la capital. Todos controlan el sentido de entrada a Madrid, de modo que quien sale de la ciudad no se los cruza.

  • A-1, kilómetro 15,9, en Alcobendas.
  • A-2, kilómetro 11,8, en Barajas.
  • A-6, kilómetro 20,2, en Las Rozas.
  • A-42, kilómetro 16,9, en Getafe.

Cada punto cuenta con dos cámaras dotadas de reconocimiento automático de matrículas. Una se coloca al inicio del tramo protegido y otra al final. El sistema compara las posiciones registradas y deduce si el vehículo ha cambiado de carril cruzando la marca vial. Dicho de otro modo: no graba la maniobra, la interpreta.

Por qué se archivan los expedientes: la foto que no existe

El eje de los recursos es probatorio. Dvuelta sostiene que los expedientes revisados no incluyen una imagen que muestre de forma explícita el instante en el que el vehículo pisa o atraviesa la línea continua. Con dos lecturas de matrícula se sabe dónde estaba el coche en dos puntos distintos de la vía, pero no cómo se desplazó entre ambos.

Tampoco se puede determinar, con esa información, si existió una circunstancia excepcional que justificara la maniobra. Un vehículo de emergencia, una obra o un obstáculo en el carril: situaciones que la norma contempla y que la cámara no distingue.

A ese argumento se suma el de la protección de datos. La asociación señala que en los expedientes no consta la identificación de las cámaras de videovigilancia ni la señalización específica de las zonas controladas. El ciudadano debe ser informado de esos sistemas mediante carteles y avisos, y esa trazabilidad es la que los recursos echan en falta.

La consecuencia práctica es contundente. La propia Administración ha terminado archivando los procedimientos sin que ningún tribunal haya tenido que pronunciarse. Y la DGT, según Dvuelta, conoce las objeciones pero mantiene la emisión de denuncias en los mismos cuatro puntos de control.

Cómo recurrir una multa de línea continua paso a paso

Si te ha llegado una sanción de este tipo, el primer paso es no pagar. El pago con descuento del 50% cierra la vía administrativa y convierte la multa en firme. Antes de abonar nada, revisa el expediente.

  1. Consulta la notificación y comprueba si incluye imágenes del momento de la infracción o solo las dos lecturas de matrícula.
  2. Solicita el expediente completo por la sede electrónica de la DGT, con las fotografías y el informe del centro de control.
  3. Verifica la señalización: si no hay cartel informativo de la cámara en el tramo, hazlo constar en el escrito.
  4. Presenta alegaciones dentro de los 20 días naturales siguientes a la notificación, invocando la presunción de inocencia y la falta de prueba directa.
  5. Guarda copia del escrito con el número de registro; si archivan el expediente, no hay multa ni pérdida de puntos.

Análisis: vigilancia automática con prueba invisible

La discusión de fondo no es si cruzar una línea continua debe sancionarse. Debe. El debate es otro: cuánta prueba hace falta para castigar a alguien con 200 euros y cuatro puntos. La respuesta del ordenamiento es clara, y la Administración no la está cumpliendo con holgura.

La tecnología disponible permite hacerlo mejor y a coste casi nulo. Si el sistema ya lee matrículas en dos puntos, añadir una cámara de vídeo que capture la maniobra no es un salto técnico, es una decisión. Y esa decisión es la que separa una sanción sólida de un expediente que se cae al primer escrito.

Hay un segundo riesgo, más silencioso: la confianza del conductor. Una multa que llega sin imagen del hecho sancionado se percibe como un cargo automático, no como una corrección de conducta. Cuando cientos de esos expedientes acaban archivados, el mensaje que cala no es «circula bien», sino «recurre siempre».

Conviene poner la cuantía en contexto. Los 200 euros son similares a los de otras infracciones graves, pero los cuatro puntos sitúan esta conducta en la franja más lesiva para un conductor novel, que arranca con ocho y se queda a la mitad de un golpe. El coste real de una notificación mal probada no es solo el dinero: es el saldo del carnet.

Lo que puede hacer el conductor hoy es simple. Circular con margen, no dar por buena ninguna notificación sin mirar el expediente y reaccionar dentro de plazo. La presunción de inocencia no se activa sola: hay que invocarla.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Cruzar una marca longitudinal continua sin causa justificada, captada por parejas de cámaras lectoras de matrícula en cuatro accesos a Madrid.
  • Sanción económica: 200 euros (el pago con el 50% de descuento cierra la vía de recurso).
  • Puntos del carnet: 4 puntos.
  • Entrada en vigor: Cámaras operativas desde noviembre de 2025; 392 expedientes archivados en vía administrativa hasta octubre de 2026.

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