Consumo recuerda que las reparaciones en garantía no deben costar al comprador

Con motivo del Día Mundial de la Reparación, celebrado el 17 de octubre, la Dirección General de Consumo de la Consejería de Presidencia, Sanidad y Emergencias recuerda los derechos de las personas consumidoras cuando un producto presenta defectos o no se ajusta a lo acordado durante la garantía legal.

Ante una falta de conformidad con el contrato, la persona consumidora puede elegir entre la reparación y la sustitución del producto, salvo que alguna de esas opciones sea imposible o desproporcionada.

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Si el defecto está cubierto por la garantía legal, la reparación debe ser gratuita. No se pueden cargar a la persona consumidora los gastos necesarios para resolver el problema, incluidos el envío, el transporte, la mano de obra y los materiales. Además, debe hacerse en un plazo razonable y sin ocasionar mayores inconvenientes.

Justificantes y plazos de garantía

La obligación de reparar sin coste también se aplica a productos instalados antes de que aparezca el defecto. Si para repararlos hay que retirarlos, la empresa responsable debe asumir la retirada y, cuando corresponda, su posterior instalación.

Para tramitar la reparación, conviene conservar el tique o la factura de compra y, cuando corresponda, el albarán de entrega. Al entregar el producto, es importante pedir un justificante que recoja la fecha y describa el defecto o la falta de conformidad.

Una vez reparado, la empresa debe facilitar un segundo justificante con la fecha de devolución y la medida correctora realizada. La garantía legal de los productos nuevos es, con carácter general, de tres años. Para los de segunda mano, empresa y persona consumidora pueden acordar otro plazo, nunca inferior a un año. La garantía comercial puede añadirse a la obligatoria y, mientras el producto está en reparación, se suspende el cómputo de esos plazos.

Defectos recurrentes y repuestos

Si el mismo problema reaparece durante el año siguiente a la entrega del producto reparado, se presume que se trata del mismo defecto que ya tenía antes de la reparación.

Los fabricantes deben garantizar la disponibilidad de un servicio técnico adecuado y de repuestos durante un mínimo de diez años desde que el producto deja de fabricarse.

La reparación permite alargar la vida útil de los productos, reducir residuos y favorecer un consumo más sostenible. Conocer los derechos vinculados a las reparaciones en garantía ayuda a las personas consumidoras a tomar decisiones informadas y a utilizar la protección que ofrece la normativa.

Consumo Responde

Para resolver dudas o realizar consultas, la ciudadanía puede recurrir a Consumo Responde, servicio gratuito de información y asesoramiento impulsado por la Consejería de Presidencia, Sanidad y Emergencias de la Junta de Andalucía.

Se puede contactar con el servicio en el teléfono gratuito 900 21 50 80 o mediante el correo consumoresponde@juntadeandalucia.es. Ambos canales atienden de lunes a viernes, de 8:00 a 20:00 horas, y los sábados, de 8:00 a 15:00 horas, salvo festivos.

También hay información en la página web https://www.consumoresponde.es y en los perfiles de Consumo Responde en redes sociales: X (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).

La ciudadanía también puede solicitar asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Sanidad y Consumo, presentes en todas las capitales de provincia; en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC); y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.


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