Desde el 1 de enero de 2027, la Seguridad Social calculará tu pensión con 304 bases de cotización en lugar de las 300 actuales. Y solo lo hará si esa fórmula sale a tu favor.
He repasado la letra pequeña de la reforma que aprobó el Real Decreto-ley 2/2023, la conocida como segunda pata de la reforma Escrivá, y el cambio no es el recorte encubierto que muchos temen. Es una ampliación del periodo que se mira hacia atrás, con una red de seguridad que conviene entender antes de que te toque pedir cita.
Qué cambia en tu pensión a partir del 1 de enero de 2027
Vamos por partes. La pensión no se calcula sobre tu sueldo del último año, sino sobre la suma de tus bases de cotización dividida entre un número concreto de mensualidades. Ese cociente es la base reguladora, y sobre ella se aplica después un porcentaje según los años que hayas cotizado. Si cambia cuántas bases entran en la suma y entre cuánto se dividen, cambia el resultado.
El método tradicional toma las últimas 300 bases (los 25 años inmediatamente anteriores a la jubilación) y las divide entre 350. La fórmula nueva que entra en vigor en 2027 selecciona las 304 bases de mayor importe de los 308 meses previos a la jubilación y divide el total entre 354,67.
Aquí está el detalle que de verdad importa: la norma no obliga a sumar todas las bases de ese intervalo. La disposición transitoria cuadragésima de la Ley General de la Seguridad Social permite descartar las de menor importe, lo que beneficia a quien arrastra meses con cotizaciones bajas.
El nuevo método no penaliza la carrera irregular: está pensado justo para quien tuvo meses flojos y antes no podía esquivarlos.
Pongamos un ejemplo sencillo. Una carrera estable apenas notará la diferencia, porque sus 304 bases más altas coinciden casi con las últimas 300. Quien pasó por un ERTE, una excedencia o años de jornada parcial tiene en cambio 308 mensualidades entre las que elegir y puede apartar las cuatro más flojas.
La garantía que te protege: nunca cobrarás menos por este cambio

Llega ahora la parte que tranquiliza. El régimen transitorio obliga a la Seguridad Social a calcular la pensión por los dos métodos y quedarse con el resultado más alto. No es una promesa política: es una obligación legal escrita en la norma.
Esa garantía cubre las jubilaciones posteriores al 31 de diciembre de 2025 y anteriores al 31 de diciembre de 2040. Durante esos años, el Instituto Nacional de la Seguridad Social debe comparar ambas fórmulas antes de fijar tu base reguladora. Si el método nuevo perjudica, se aplica el viejo.
| Año | Bases que se tienen en cuenta | Divisor | Meses del periodo |
|---|---|---|---|
| Método tradicional | Últimas 300 | 350 | 300 |
| 2027 | 304 de mayor importe | 354,67 | 308 |
| 2037 | 324 de mayor importe | 378 | 348 |
La tabla deja ver hacia dónde va la reforma: más años de historial laboral, dentro del cálculo y más margen para descartar los peores meses. Lo que no cambia es el porcentaje que se aplica después según los años cotizados ni el límite de la pensión máxima.
El calendario llega hasta 2037, no termina en 2027
El sistema ya dio un primer paso en 2026: durante este ejercicio se tienen en cuenta las 302 bases de mayor importe dentro de los 304 meses anteriores al mes previo a la jubilación. El despliegue seguirá durante la próxima década.
En 2037, último escalón previsto, se tomarán las 324 bases de mayor importe de los 348 meses anteriores (29 años), se dividirán entre 378 y se podrán descartar las 24 mensualidades más bajas. A partir de ahí desaparecerá el sistema dual y quedará una única fórmula de cálculo.
Cómo revisar tu caso antes de que llegue la fecha
Llevo años repitiendo lo mismo en cada reforma de pensiones: lo que decide tu prestación no es la ley, es tu informe de bases. Ese documento se consulta gratis en la sede de la Seguridad Social, dentro del área personal, y muestra mes a mes lo que cotizaste, incluidas las lagunas y los periodos a tiempo parcial.
Con ese informe en la mano puedes estimar los dos cálculos con una hoja de cálculo. No hace falta ser un experto: ordenas tus bases de mayor a menor, sumas las 300 últimas y divides entre 350; después sumas las 304 más altas del intervalo ampliado y divides entre 354,67. La cifra mayor es la que te corresponde.
Y hay un paso previo que casi nadie da: comprobar que no falta ningún mes trabajado en el registro. Un periodo sin cotizar por un error administrativo pesa en el cálculo, y reclamarlo a tiempo es más sencillo que hacerlo con la jubilación ya resuelta.
Mi lectura de la reforma es clara. Para una carrera continua, el cambio es prácticamente neutro y la garantía de doble cálculo lo neutraliza del todo. Para quien tuvo una trayectoria irregular (y en España eso es mucha gente, después de dos crisis y una pandemia), la ventana más amplia es una ventaja real que llega tarde, pero llega. Conviene recordar que el efecto será moderado: apartar cuatro meses flojos no transforma una pensión.
El texto está publicado en el Boletín Oficial del Estado y su lectura deja poco espacio a la interpretación. La pensión seguirá tributando en el IRPF ante la Agencia Tributaria igual que hasta ahora, así que la cifra que te confirme el INSS será la misma que veas en tu cuenta menos la retención que te corresponda.
💶 El Impacto en tu Bolsillo
- Qué hacer hoy: Descarga tu informe de bases de cotización en la sede de la Seguridad Social y comprueba que no falta ningún mes trabajado.
- Qué vigilar: La entrada en vigor del nuevo cálculo el 1 de enero de 2027 y, si te jubilas antes de 2040, la comparación obligatoria de las dos fórmulas.
- El error a evitar: Dar por hecho que la reforma te baja la pensión y no revisar tu historial antes de pedir la jubilación.





