El PSOE lleva al Congreso el impuesto europeo a las energéticas por beneficios extraordinarios

El texto no crea un tributo español: pide a Bruselas una figura que alcanzaría a todo el sector energético europeo. La propuesta llega avalada por los ministros de Economía de España, Alemania, Italia, Austria y Portugal.

El PSOE llevará al Congreso un impuesto europeo sobre los beneficios extraordinarios de las energéticas. La proposición no de ley ya figura en el orden del día del Pleno de la próxima semana y responde al alza de los precios de los combustibles fósiles ligada al conflicto en Oriente Medio.

La iniciativa no diseña un tributo español. El texto pide que sea la Unión Europea la que articule la figura, de manera que el coste de la crisis ‘no recaiga exclusivamente sobre los consumidores y el erario público’. El partido traslada así a Bruselas una decisión que afectaría a todo el sector energético europeo y no solo a las cotizadas españolas.

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La propuesta se apoya en una carta firmada por el vicepresidente primero y ministro de Economía, Carlos Cuerpo, junto a sus homólogos de Alemania, Italia, Austria y Portugal, remitida a la Comisión Europea para impulsar el tributo. Ese respaldo previo da a la proposición un peso político mayor del que suelen tener las iniciativas no legislativas.

El razonamiento del Grupo Socialista es explícito. Si las grandes compañías energéticas obtienen resultados extraordinarios por la fuerte alza de los combustibles fósiles, sostiene, es ‘justo y razonable’ que contribuyan ‘también de manera extraordinaria a paliar sus efectos’. El texto cita de forma literal la ‘guerra ilegal de Estados Unidos e Israel contra Irán’ como origen del shock de precios.

El partido recuerda además que el instrumento no es nuevo. Tras la invasión rusa de Ucrania en 2022, la UE aprobó una contribución temporal de solidaridad y España aplicó su propio gravamen sobre el sector. ‘La situación actual presenta importantes paralelismos con la del año 2022’, argumenta el grupo en la exposición de motivos.

La letra pequeña está, sin embargo, en el diseño. La propia proposición advierte de que el impuesto debe contar con una base imponible bien construida para que su puesta en marcha no se traduzca en una traslación a los precios que acabe pagando la ciudadanía en lugar de las compañías.

Un gravamen mal diseñado no recorta el beneficio extraordinario: lo convierte en una subida de tarifa que paga el mismo consumidor al que dice proteger.

Qué pide la proposición y qué recorrido tiene

Se trata de una declaración de intenciones. La proposición no de ley no modifica ninguna norma ni obliga al Ejecutivo a presentar un proyecto legislativo. Su valor es político: fija la posición del partido que sostiene al Gobierno y presiona a Bruselas para que mueva ficha con el argumento del consumidor como bandera.

El precedente de 2022 ofrece la hoja de ruta. Entonces la UE no recurrió al procedimiento legislativo ordinario, sino a un reglamento del Consejo al amparo del artículo 122 del Tratado, que permite actuar con rapidez y por mayoría cualificada ante una emergencia energética. Si Bruselas repite esa vía, el calendario se mide en meses y no en años.

El orden del día del Pleno del Congreso sitúa el debate en la próxima semana, con un texto que no incluye tipo impositivo ni porcentaje de base imponible. Ese silencio parece deliberado: la propuesta quiere que sea la Comisión la que fije el perímetro y evita cerrar en falso un debate técnico que en 2022 se alargó durante meses.

Qué energéticas del IBEX 35 quedan expuestas

El tributo, tal y como se plantea, apunta a los beneficios ligados al precio de los combustibles fósiles. Eso concentra el foco en el refino y en la producción, donde Repsol es la referencia española, y en la generación eléctrica que se beneficia del encarecimiento del gas, terreno de Iberdrola, Endesa y Naturgy.

Las redes reguladas y los negocios con ingresos tarifados tienen menos margen para capturar una ganancia sobrevenida. La asimetría importa y conviene tenerla presente: dentro del mismo sector, no todos los balances responderían igual a una figura fiscal construida sobre el concepto de beneficio extraordinario.

Ninguna de las compañías ha remitido por ahora un Hecho Relevante a la CNMV por esta iniciativa. Si el debate avanza, las cotizadas tendrían que detallar en sus informes trimestrales el eventual impacto, y ese es el momento en el que el mercado empieza a poner precio al riesgo regulatorio.

El perímetro europeo cambia el cálculo de las compañías. Un impuesto diseñado en Bruselas alcanzaría también a TotalEnergies, Eni, Shell o BP, de modo que desaparece el argumento de la desventaja competitiva que las españolas esgrimieron en 2022 frente a sus vecinas continentales.

El precedente de 2022 y el verdadero nudo del diseño

Lo que se discute no es si las energéticas han ganado más en un contexto de precios alterados, sino cómo se captura ese exceso sin desmontar la inversión que Europa necesita para electrificar su economía. Ahí está el nudo de todo el asunto.

La experiencia de 2022 deja dos lecciones. La primera es que la base imponible lo decide todo: un gravamen anclado sobre los ingresos castiga por igual a quien obtiene un margen extraordinario, y a quien apenas cubre costes, y penaliza con especial dureza al refino, un negocio de volumen y márgenes estrechos. La segunda es que los Estados miembros aplicaron bases y tipos distintos, lo que abrió una brecha que las compañías no tardaron en señalar ante sus inversores.

La coordinación europea desactiva la principal defensa del sector: ya no habrá un vecino con una fiscalidad más blanda al que compararse.

Un impuesto homogéneo a escala comunitaria eliminaría ese segundo problema y dejaría la discusión únicamente en el terreno del diseño. Es, a mi juicio, el punto más sólido de la propuesta y también el más incómodo para las compañías, porque les retira su línea de defensa más transitada en los últimos cuatro años.

El texto, eso sí, admite un riesgo incómodo: un mal diseño encarecería la factura del consumidor que dice proteger. Quien legisle tendrá que elegir entre gravar el beneficio contable, más fácil de acotar pero eludible vía inversión, o gravar los ingresos, más estable en recaudación pero con efectos colaterales sobre los precios finales.

Mi lectura es que la proposición vale hoy más como señal política que como norma en tramitación. El accionista no debería mover cartera por un titular, pero sí seguir dos hitos: el Pleno de la próxima semana y el programa de trabajo de la Comisión para el primer semestre de 2027. Entre medias, la temporada de resultados del tercer trimestre, en octubre y noviembre, será la primera ocasión para que las cotizadas cuantifiquen el escenario.

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Veredicto Merca2

Cotización al cierre o apertura: Ninguna de las cotizadas afectadas ha remitido Hecho Relevante a la CNMV por esta iniciativa y los valores energéticos del IBEX 35 se movieron en la sesión posterior al anuncio con variaciones inferiores al 1%. El mercado, de momento, trata la noticia como un riesgo político de segundo orden y no como un impacto directo en beneficios.

Clave técnica: El nivel que importa no es el precio de hoy, sino el calendario regulatorio. Si la Comisión Europea abre expediente legislativo antes del primer trimestre de 2027, el bloque energético del IBEX 35, en torno al 20% de la capitalización del índice, tendría que revisar unas primas de riesgo regulatorio que llevan dos años comprimiéndose.

Apunte macro: La prima de riesgo española se mantiene en el entorno de los 70 puntos básicos, lejos de los máximos por encima de los 100 puntos que marcó en 2022, cuando la UE diseñó su primer gravamen energético. Un frente fiscal abierto en Bruselas no debería mover ese diferencial por sí solo, salvo que acabe trasladándose al saldo de las cuentas públicas.


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