Si estás a las puertas de la jubilación anticipada y puedes elegir entre pedirla en diciembre o esperar a enero, la fecha no es un simple trámite: puede rebajar la retención de IRPF del primer año de pensión y dejarte decenas de euros más al mes. La Seguridad Social reconoce la pensión con efectos distintos según el mes, y ese matiz conviene mirarlo con lupa antes de firmar.
Yo lo he revisado con calma porque, cada año, veo a gente que adelanta la solicitud por el calendario y no repara en la letra pequeña. La clave no es solo cuándo dejas de trabajar, sino cuándo empieza a correr la pensión y qué retención aplica Hacienda sobre esa primera mensualidad.
Vamos a los números. Según un caso práctico elaborado con el simulador de la Seguridad Social y explicado por el funcionario Alfonso Muñoz, pedir la jubilación en diciembre en lugar de en enero dejaba 51 euros más al mes de pensión. No es la única variable, pero sí la más visible en el primer año de cobro.
El matiz llega con el reconocimiento: cuando la solicitud entra en diciembre, la pensión se devenga desde enero del año siguiente. En ese mes, la revalorización de la Seguridad Social ya está aplicada y los coeficientes reductores quedan algo más suaves. Si esperas a enero, la pensión nace más tarde y el IRPF del primer ejercicio se calcula sobre una base mensual distinta, lo que puede elevar la retención que verás en la nómina. Y aquí aparece una cuestión que a menudo se pasa por alto: la retención del IRPF no solo depende de la pensión bruta, sino del momento en que ésta empieza a imputarse.
El mes de la solicitud no es fiscalmente neutral
La razón de fondo es que la Agencia Tributaria aplica las tablas de retención sobre los rendimientos del trabajo declarados en cada ejercicio. Si la pensión arranca en enero, el primer año fiscal se cierra con doce pagas completas y, por tanto, con una base regular más previsible. Si el reconocimiento se produce en en enero por esperar un mes, la cantidad mensual puede ser inferior y, a la vez, el tipo efectivo puede resultar más alto en las primeras mensualidades. No es magia: es calendario fiscal.
Puedes revisar los coeficientes reductores vigentes en la web de la Seguridad Social antes de tomar cualquier decisión. La simulación con tus propios años cotizados es la única manera de saber si tu caso concreto sigue la pauta de los 51 euros o si la diferencia se amplía.
El mes de solicitud no cambia solo la fecha: también define la retención de IRPF que se aplica al primer año de pensión.
Además, conviene no confundir la fecha de solicitud con la fecha de efectos económicos. En jubilación anticipada, el efecto puede retrotraerse o diferirse según la normativa de la Seguridad Social, y ese desfase es el que Hacienda tiene en cuenta al calcular las retenciones del primer año. Por eso diciembre y enero no son dos maneras de hacer lo mismo.
Diciembre frente a enero: 51 euros más al mes según la Seguridad Social
El caso práctico que circula estos días es claro. Una persona que pide la jubilación en diciembre cobra alrededor de 51 euros más al mes que quien lo hace en enero, con las mismas condiciones. La diferencia no es una anécdota: si se mantiene durante todo el año, supera los 600 euros brutos en el primer ejercicio de pensión. Eso puede moderar el tipo efectivo de IRPF y dejar más líquido en las primeras pagas.
Otra comparación del mismo simulador ayuda a poner el dato en contexto: entre jubilarse en mayo y hacerlo en diciembre, la diferencia era de solo 3 euros al mes. Si en cambio se trabaja un año completo más, la mejora alcanzaba 122 euros mensuales. El funcionario lo plantea con una pregunta directa: ¿merece la pena trabajar todo un año para ganar 122 euros más al mes?

La letra pequeña del IRPF en el primer año de pensión
Aquí es donde conviene afinar. La retención de IRPF del primer año no es fija: depende del importe bruto de la pensión, del número de pagas y de la fecha de alta. Por eso, una pensión que nace en enero con la revalorización ya aplicada puede dar como resultado una retención más proporcionada. En cambio, una pensión que arranca con efectos posteriores puede concentrar los rendimientos y alterar el tipo marginal durante los primeros meses. No es una penalización nueva, sino el funcionamiento ordinario del impuesto.
Menos jubilaciones anticipadas y más demora: por qué el mes importa ahora
Los datos de contexto refuerzan la idea de que ya no sobra margen. Según el Ministerio de Inclusión, en 2025 se registraron 104.655 jubilaciones anticipadas, unas 17.500 menos que en 2022, tras la reforma Escrivá. La edad media de jubilación cerró en 65,5 años al terminar 2025, más de un año por encima de la de 2018. Y la edad legal seguirá subiendo hasta los 67 años en 2027 para quienes no acrediten carreras largas de cotización. Las jubilaciones demoradas, por su parte, ya suponen el 12,3% del total, frente al 4,8% de 2019.
Mi lectura es directa: la reforma Escrivá de 2022 ha encarecido la anticipada y ha premiado la demora. Si aún así decides anticipar, el mes de solicitud importa más que nunca. Elegir diciembre puede darte la revalorización de enero y una retención de IRPF menos agresiva en el arranque, y eso es exactamente el tipo de letra pequeña que conviene controlar antes de firmar la solicitud.
Por supuesto, esta no es una recomendación personalizada para tu expediente concreto. La pensión y el IRPF dependen de los años cotizados, la base reguladora y la situación familiar. Pero la lógica es clara: si puedes elegir sin coste, compara diciembre y enero con tus datos reales.
💶 El Impacto en tu Bolsillo
- Qué hacer hoy: Si ya cumples los requisitos de jubilación anticipada, simula tu pensión fijando diciembre y enero como mes de solicitud para comparar la retención de IRPF.
- Qué vigilar: Los coeficientes reductores y la revalorización de enero, porque ese cruce marca cuánto te retendrá Hacienda en el primer año de cobro.
- El error a evitar: Elegir el mes solo por la fecha en que quieres dejar de trabajar, sin medir el efecto fiscal del primer año de pensión.




