Jubilación parcial para empleados públicos: la medida pionera con sustituto que cambia el final de carrera

La Oferta de Empleo Público de 2026 incluye por primera vez plazas de relevista para cubrir las jubilaciones parciales en la Administración General del Estado. El Gobierno prepara además un real decreto-ley para permitir que personal interino y opositores aprobados sin plaza sean

La Administración General del Estado acaba de activar, por primera vez, el mecanismo que permitirá a sus empleados acogerse a la jubilación parcial con un sustituto que ocupe su puesto. La Oferta de Empleo Público de 2026, aprobada ayer, reserva 853 plazas específicas de relevista para cubrir estas jubilaciones anticipadas, una cifra que podrá ampliarse en función de las solicitudes reales.

Un derecho bloqueado hasta ahora

La reforma de pensiones de diciembre de 2024 abrió la puerta a la jubilación parcial en el sector público, pero introdujo una exigencia difícil de encajar: la necesidad de un relevista con contrato indefinido y a jornada completa. En la Administración, cualquier contratación indefinida debe respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad y, por tanto, estar contemplada en una Oferta de Empleo Público.

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La situación se desbloqueó con una oferta extraordinaria en 2025, de 1.049 plazas, pero aquella medida fue un parche. Ahora, la OEP ordinaria de 2026 incorpora por primera vez plazas de relevista como categoría diferenciada. El objetivo es que los empleados públicos puedan reducir su jornada y preparar su retiro sin que el servicio se resienta.

Las condiciones para jubilarse parcialmente

El acceso a esta modalidad exige haber cumplido 60 años y haber cotizado un mínimo de 33 años, aunque la edad exacta puede variar en función de la carrera de cotización. La jornada se reduce entre un 25 y un 50 por ciento, y el sueldo se ajusta proporcionalmente. El puesto restante lo ocupa un relevista contratado a tiempo completo, cuyo contrato debe mantenerse al menos dos años después de la jubilación total del trabajador.

La gran novedad en el sector público es que ese relevista procede de una OEP, con lo que se garantiza su estabilidad y se evitan contratos temporales encadenados. Para el empleado que se jubila, la medida supone una transición menos brusca hacia el retiro y, para la Administración, una fórmula para retener conocimiento mientras incorpora savia nueva.

El mapa de las 853 plazas de relevista

El reparto aprobado por el Consejo de Ministros asigna 650 plazas a la Administración General del Estado, 63 a la Agencia Tributaria, 2 al Museo Reina Sofía, 5 al Museo del Prado, 6 al Instituto Cervantes, 120 a Puertos del Estado y 8 a otro personal fuera de convenio. Son cifras que se ajustarán “en función del número real de solicitudes de jubilación parcial”, según fuentes del Ministerio de Función Pública.

Estas plazas no convocan una oposición autónoma, sino que se integran en los procesos selectivos ordinarios de cada organismo. Quien aspire a ser relevista tendrá que superar la oposición correspondiente al cuerpo y escala que se vaya a cubrir. De ahí que la OEP de 2026 sea también un reclamo para los opositores que buscan una vía de entrada rápida a la función pública.

La jubilación parcial permite al empleado público reducir jornada a partir de los 60 años y ceder el resto de su puesto a un sustituto fijo, una modalidad que hasta ahora era imposible en la Administración.

El real decreto-ley que puede agilizarlo todo

En paralelo, el Ministerio de Seguridad Social prepara un real decreto-ley para ensanchar el perfil del relevista. La norma permitirá que “las personas que hayan aprobado oposiciones pero no tengan plaza” y el personal interino vinculado a una OEP puedan cubrir esas jubilaciones parciales. Fuentes sindicales consultadas por este medio confirman que el texto está ultimándose, aunque su convalidación en el Congreso no está garantizada.

De salir adelante, se multiplicarían las posibilidades de cubrir las plazas de relevista sin necesidad de esperar a un proceso selectivo completo, algo clave en colectivos con alta tasa de interinidad o en zonas donde la oferta de empleo público tarda en ejecutarse.

Análisis: lo que cambia de verdad en la carrera de un empleado público

Esta medida altera la planificación del final de carrera de miles de trabajadores públicos. Hasta ahora, jubilarse antes de la edad ordinaria suponía una penalización económica o recurrir a la jubilación anticipada voluntaria, que no exige relevista pero sí un recorte significativo de la pensión. Con la jubilación parcial, el empleado mantiene una parte de su sueldo y de sus cotizaciones, lo que mitiga el castigo en la pensión final.

Para la Administración, el sistema evita la pérdida brusca de conocimiento y permite una renovación ordenada de plantillas. No obstante, la cifra de 853 plazas de relevista es modesta si se compara con una plantilla de más de medio millón de empleados públicos en la AGE. Habrá que observar cuántas solicitudes llegan y si el número finalmente se amplía.

Quien quiera acogerse debe empezar a planificarlo con tiempo: acordar con su administración la reducción de jornada y comprobar que existe o se convocará una plaza de relevista adecuada a su puesto. El real decreto-ley, si se aprueba, abrirá la puerta a que los interinos y los opositores aprobados sin destino cubran esas vacantes, lo que aceleraría el proceso.

jubilación parcial funcionarios

📨 Cómo solicitar la jubilación parcial si eres empleado público

El procedimiento combina trámites ante la Administración y ante la Seguridad Social. Estos son los pasos clave para que un empleado público pueda beneficiarse de la nueva modalidad:

  1. Paso 1: Verifica que cumples los requisitos: edad mínima de 60 años y al menos 33 años cotizados en el momento del hecho causante.
  2. Paso 2: Acuerda con tu unidad de personal la reducción de jornada (entre el 25 y el 50 %) y la necesidad de un relevista. Esa petición debe quedar registrada antes de que se publique la convocatoria de la OEP que contemple la plaza.
  3. Paso 3: La Administración solicitará una plaza de relevista en la Oferta de Empleo Público correspondiente, si no estaba ya incluida. La convocatoria de 2026 ya recoge las primeras 853 plazas para la AGE y organismos dependientes.
  4. Paso 4: Una vez que el relevista haya superado el proceso selectivo y formalizado su contrato indefinido, presenta la solicitud de jubilación parcial ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), adjuntando el contrato de relevo y el acuerdo de reducción de jornada.
  5. Paso 5: El INSS reconoce la prestación de jubilación parcial y, a partir de ese momento, comienzas a percibir la pensión proporcional a la jornada reducida, mientras el relevista ocupa el resto de tu jornada. El contrato de relevo debe mantenerse como mínimo dos años tras tu jubilación total.

📋 Ficha de la Medida

  • Organismo / País: Administración General del Estado (AGE) y organismos dependientes.
  • Número de plazas de relevista: 853 (ampliables según solicitudes reales).
  • Sueldo estimado: El del cuerpo y escala al que acceda el relevista; no hay un salario uniforme.
  • Fecha límite de inscripción: Las plazas se integrarán en las convocatorias de la OEP de 2026; los plazos se publicarán en el BOE y en las sedes electrónicas de cada organismo.
  • Dónde inscribirse: Sede electrónica de la entidad convocante (AGE, Agencia Tributaria, museos, Puertos del Estado, etc.), cuando se abran los procesos selectivos.

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