La Guardia Civil ya está sancionando con 200 euros a los conductores que circulen con chanclas, sandalias o cualquier calzado que no sujete correctamente el pie. La medida, incluida en el nuevo Reglamento General de Circulación aprobado el pasado junio, afecta tanto a conductores como a pasajeros de motocicletas y ciclomotores en todas las vías. No conlleva pérdida de puntos del carnet.
La multa de 200 euros por conducir con chanclas: lo que dice el nuevo Reglamento
El real decreto aprobado por el Consejo de Ministros introduce, por primera vez, la definición de «usuario vulnerable de la vía» y refuerza las medidas de protección para peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes. En lo que afecta a las motos, el texto es claro: tanto el conductor como el pasajero deberán llevar «calzado cerrado» en cualquier tipo de vía, urbana o interurbana.
Esto significa que circular con chanclas, sandalias o con el pie descalzo será considerado una infracción grave. La Guardia Civil, encargada de la vigilancia en carretera, ya está aplicando esta norma en sus controles de la campaña especial de verano. La multa asciende a 200 euros y, al tratarse de una infracción grave, no resta puntos del permiso de conducir.
El calzado abierto no sujeta el pie en una frenada de emergencia y puede ser la diferencia entre un accidente leve y uno grave.
La Dirección General de Tráfico insiste en que el objetivo no es recaudatorio, sino de seguridad vial: un pie mal calzado puede resbalar del pedal o engancharse en la estribera, especialmente en condiciones de lluvia. La norma se aplica a todas las motocicletas y ciclomotores, sin excepción.
Otras novedades del Reglamento de Circulación para motoristas
La reforma va más allá del calzado. Estas son las principales medidas que afectan a los conductores de moto:
- Guantes de protección obligatorios en vías interurbanas. Tanto conductor como pasajero deberán llevarlos. No usarlos supone otros 200 euros de sanción, también sin puntos. La obligación de que estén homologados queda pendiente de una orden ministerial que defina las especificaciones técnicas; mientras, se permiten guantes de protección de características similares a los actuales.
- Circulación por el arcén en retenciones. Cuando exista congestión de tráfico y el tramo esté debidamente señalizado, las motos podrán circular por el arcén derecho a una velocidad máxima de 30 km/h.
- Casco homologado. A partir del 1 de octubre de 2027, los cascos deberán estar obligatoriamente homologados, no será suficiente con que estén certificados.
- Chaleco reflectante para profesionales. Los riders que desarrollen su actividad profesional en motocicleta tendrán que llevar chaleco reflectante en todo momento. La falta del chaleco se sanciona con 200 euros.
¿Cuándo entran en vigor todas estas normas?
El real decreto fija el 1 de octubre de 2026 como fecha general de entrada en vigor. Ese día empezarán a aplicarse las sanciones por calzado inadecuado, guantes no homologados (en su versión transitoria) y chaleco reflectante para riders. La circulación por el arcén también estará permitida a partir de entonces, siempre que se cumplan las condiciones.
Quedan excepciones: la obligación de usar casco homologado y el alumbrado obligatorio para vehículos de movilidad personal (VMP) no serán efectivos hasta el 1 de octubre de 2027. La exigencia de guantes homologados se activará cuando la orden ministerial correspondiente entre en vigor, lo que aún no tiene fecha.
Cómo evitar la multa y adaptarse a la nueva normativa
Para los motoristas, la adaptación es sencilla: usar calzado cerrado que sujete el pie (zapatillas deportivas, botas, mocasines) es suficiente. Basta con llevar un par de repuesto en el baúl si se va a la playa o a la piscina. Es el conductor el responsable de llevar un un calzado cerrado adecuado.
En cuanto a los guantes, es recomendable llevarlos siempre, no solo en vías interurbanas, ya que cualquier control puede verificar su uso. Para los profesionales del reparto, conviene hacerse con un chaleco reflectante homologado y llevarlo puesto incluso en trayectos cortos. Los guantes homologados no llegarán hasta que se publique la orden ministerial, pero usar unos guantes de moto normales ya es un hábito de seguridad recomendable. En cuanto al chaleco reflectante, los repartidores deben llevarlo siempre visible, incluso al salir del vehículo. Estas medidas, además de evitar la multa, reducen el riesgo de lesiones en caso de caída o atropello.
La DGT recuerda que estas normas buscan reducir la siniestralidad de un colectivo especialmente vulnerable: en 2025, fallecieron 286 motoristas en vías interurbanas, un 8% más que el año anterior.
Análisis: ¿Es proporcionado multar con 200 euros por llevar chanclas en moto?
A primera vista, 200 euros por un par de chanclas puede parecer una exageración. Pero la cifra es exactamente la misma que se impone por no usar el cinturón de seguridad en el coche o por sujetar el móvil con la mano al volante. Las infracciones graves en materia de tráfico están tarifadas así, sin puntos. La multa no es nueva en su cuantía, sino en el hecho de que ahora el Reglamento tipifica de forma explícita el calzado inadecuado como conducta sancionable.
La clave está en la seguridad: una frenada en moto con el pie desnudo sobre un pedal mojado pierde eficacia. Si a eso le sumamos la posibilidad de que una chancla se enganche en los mandos, el riesgo es real. No obstante, la norma deja margen a la interpretación del agente: ¿qué es exactamente «calzado cerrado»? Unas sandalias con tiras podrían ser multables, mientras que unos zuecos perforados quizás no. Habrá que esperar a ver cómo se aplica en la práctica. No es una ocurrencia española: Francia, Italia y Bélgica ya sancionan el calzado inadecuado en moto, y en países como Reino Unido se recomienda explícitamente el uso de bota.
La entrada en vigor en octubre deja todo el verano como periodo de información, así que los motoristas tienen tiempo de sobra para hacerse con el hábito. Conviene no apurar: a partir del 1 de octubre, cualquier control de la Guardia Civil en carretera podrá sancionar sin aviso previo.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Conducir motocicleta o ciclomotor con chanclas, sandalias o cualquier calzado que no sea cerrado.
- Sanción económica: 200 euros.
- Puntos del carnet: No aplica.
- Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026.




