Subsidio desempleo con 90 días cotizados: claves para autónomos que cesan actividad

Desde noviembre de 2024, el SEPE permite a los autónomos acceder al subsidio con solo 90 días de cotización si cesan su actividad. La ayuda dura tres meses sin cargas familiares y puede ampliarse a 21 meses si las hubiera. El plazo de solicitud es de seis meses desde la baja.

santander autonomos

Desde noviembre de 2024, el SEPE permite a los autónomos que cesan su actividad acceder al subsidio por desempleo con solo 90 días cotizados. Es una novedad que abre una vía de protección para quienes han cotizado poco tiempo y no alcanzan los 360 días de la prestación contributiva ni los doce meses del cese de actividad clásico.

La clave está en haber cotizado al menos 90 días en el RETA y cumplir una serie de requisitos que te cuento a continuación. Si eres autónomo y has echado el cierre recientemente, esta ayuda puede ser el colchón que necesitas mientras reorganizas tu actividad.

Publicidad

¿En qué consiste el subsidio por desempleo para autónomos?

Hasta ahora, cuando un trabajador por cuenta propia cesaba su actividad con pocas cotizaciones se quedaba sin protección económica: la prestación por cese de actividad (el paro de los autónomos) exige un mínimo de doce meses cotizados, y la prestación contributiva general pide 360 días. Con la reforma de noviembre de 2024, el subsidio por desempleo se abre a los autónomos que, tras darse de baja, demuestren al menos 90 días de cotización y reúnan el resto de condiciones. No importa si trabajaste por cuenta propia o ajena antes de la última situación legal de desempleo; solo necesitas acreditar que el cese en la actividad más reciente fue involuntario o se produjo en situación legal de desempleo.

El subsidio tiene una duración inicial de tres meses si no tienes responsabilidades familiares. Si tienes personas a cargo, el periodo de cobro se amplía hasta un máximo de 21 meses, siempre que cumplas el resto de requisitos durante toda la prestación.

Requisitos para que un autónomo acceda al subsidio con 90 días cotizados

Estar en situación legal de desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024 es el punto de partida. Para un autónomo, eso significa haber cursado la baja en el RETA y, si procede, haber cerrado la actividad en Hacienda. Los requisitos concretos que exige el SEPE son:

  • Haber cotizado al menos 90 días en total (no tienen que ser consecutivos).
  • No tener derecho a prestación contributiva por desempleo (es decir, no alcanzar los 360 días cotizados ni los doce meses de cese de actividad).
  • Encontrarse en situación de desempleo total o, si trabajas a tiempo parcial, que la suma de las jornadas sea inferior a una jornada completa.
  • Carecer de rentas propias que superen el umbral legal mensual (se actualiza cada año con el SMI).
  • Si la última actividad fue por cuenta propia, acreditar que el cese fue involuntario o que existe situación legal de desempleo (por ejemplo, cierre por causas económicas).
  • Suscribir el acuerdo de actividad y permanecer inscrito como demandante de empleo en el momento de la resolución.
  • Presentar la solicitud dentro de los seis meses siguientes a la fecha del cese.

El SEPE también exige una declaración responsable con todas las rentas del mes anterior, tanto tuyas como de la unidad familiar si acreditas responsabilidades familiares. Muchos autónomos olvidan incluir ingresos residuales de la actividad ya cerrada y luego deben devolver parte del subsidio.

La ventana de seis meses para pedir el subsidio no espera: si la dejas pasar, pierdes el derecho aunque cumplas el resto de requisitos.

Un detalle que cambia todo: si accedes al subsidio sin cargas familiares y demuestras posteriormente que las tienes dentro de los doce meses siguientes al cese, puedes solicitar la ampliación de la duración hasta los 21 meses, incluso si el primer derecho ya estaba agotado.

Cómo solicitar el subsidio paso a paso

Puedes presentar la solicitud a través de la sede electrónica del SEPE (con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico), en una oficina de prestaciones pidiendo cita previa por internet o por teléfono, en cualquier registro público o por correo administrativo. Para el autónomo, lo más práctico es el canal telemático porque te permite adjuntar toda la documentación del cese de actividad sin desplazamientos.

Antes de lanzarte, ten preparados: el justificante de baja en el RETA, el modelo 036 o 037 de cese en Hacienda si lo tienes, el certificado de empresa (si trabajaste por cuenta ajena también) y la documentación que acredite la situación económica si se requiere. El error más frecuente es no aportar la baja del RETA porque se cree que la de Hacienda basta, y el SEPE la exige para verificar la situación legal de desempleo.

Una vez presentada la solicitud, el SEPE resolverá en un plazo máximo de tres meses. Si pasado ese tiempo no hay respuesta, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo —no esperes a que te avisen— y puedes presentar un recurso de alzada en el plazo de un mes desde que se entiende desestimada.

Por qué este cambio importa (y mucho) a los autónomos

Hasta la reforma, un autónomo que cesaba su actividad al poco tiempo de darse de alta se quedaba sin red de seguridad. El régimen anterior exigía doce meses de cotización para acceder al cese de actividad y, si no se alcanzaban, no existía ninguna prestación. La apertura del subsidio con solo 90 días de cotización corrige esa desigualdad y da una ayuda real a los proyectos que no cuajan o a los autónomos que deben cerrar por causas sobrevenidas.

Hay que ser claro: tres meses de subsidio no son una solución definitiva, pero sí un respiro para recolocarse, buscar empleo por cuenta ajena o planear un nuevo proyecto sin la presión inmediata de los gastos fijos. Y ojo, porque la cuantía mensual del subsidio (el 80% del IPREM) está por debajo de los 500 euros, así que no cubre una cuota de autónomo elevada si mantienes el alta por otra actividad.

El autónomo que haya cotizado poco y acaba de cerrar su negocio debería revisar ya su vida laboral y, si cumple los 90 días, marcar en el calendario la fecha límite de seis meses para no perder el derecho. La burocracia no espera.

Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: Seis meses desde la fecha del cese para presentar la solicitud. La duración del subsidio es de 3 meses (sin cargas) o hasta 21 meses (con cargas).
  • Requisitos clave: Cotizar al menos 90 días, estar en situación legal de desempleo tras un cese involuntario, carecer de rentas propias que superen el umbral, y no tener derecho a prestación contributiva.
  • 🌐 Dónde solicitarlo: Sede electrónica del SEPE (con certificado, Cl@ve o DNI electrónico) o en oficina con cita previa. Aporta siempre la baja del RETA.
  • 💰 Importe o coste: Mensualidad del 80 % del IPREM (unos 480 euros al mes según el indicador vigente). No tiene coste de tramitación.
  • ⚠️ Error a evitar: No presentar la baja del RETA y pensar que con la de Hacienda basta. El SEPE requiere el documento específico de cese en la Seguridad Social.

Publicidad