La Comisión Europea ha propuesto elevar de 2.000 a 3.000 euros anuales el umbral a partir del cual plataformas como Wallapop, Vinted o eBay deben informar a Hacienda de las ventas de sus usuarios. La medida, aún en fase de propuesta, reduciría las obligaciones fiscales de los vendedores ocasionales.
¿Cuál es el límite actual y qué propone Bruselas?
En España, desde la entrada en vigor de la trasposición de la directiva DAC7, las plataformas digitales que facilitan la venta de bienes están obligadas a comunicar a la Agencia Tributaria los datos de los vendedores cuando se superan los 2.000 euros en ventas anuales o se realizan más de 30 operaciones en el mismo periodo. Esta información incluye el número de transacciones y el importe de las mismas, pero no implica automáticamente una obligación de tributar por parte del particular.
La Comisión Europea quiere ahora subir ese límite a 3.000 euros dentro de una ambiciosa directiva de simplificación tributaria. La propuesta prescindiría del criterio alternativo de las 30 operaciones para centrarse exclusivamente en el volumen económico, lo que facilita la comprensión de la norma y reduce la carga administrativa tanto para los usuarios como para las propias plataformas.
¿Qué cambia para el autónomo que vende en estas plataformas?
El nuevo umbral no afecta a los autónomos que venden de forma profesional: quienes realizan una actividad económica en Wallapop o Vinted ya deben declarar todos sus ingresos en el IRPF y, si corresponde, repercutir el IVA. La medida beneficia sobre todo a los particulares que venden artículos de segunda mano de manera ocasional y que, con el límite actual, pueden verse atrapados en la red de información de Hacienda.
Elevar el listón de 2.000 a 3.000 euros sacaría a miles de ciudadanos del fichero fiscal y evitaría confusiones. No obstante, hay que tener claro que el reporting de las plataformas nada tiene que ver con la obligación de declarar en la renta: si vendes un objeto personal por debajo de su precio de compra y no obtienes ganancia patrimonial, Hacienda no te exige tributar, con independencia de la información que reciba.
La propuesta comunitaria mantiene el enfoque de que la obligación de informar recae en las plataformas, no en los vendedores. Eso significa que, de aprobarse, el cambio será automático y el usuario no tendrá que hacer ningún trámite adicional.
Un alivio que aún debe superar el trámite legislativo
La directiva de simplificación forma parte de un paquete con el que Bruselas aspira a que las empresas europeas ahorren 3.300 millones de euros al año en carga administrativa. Para ello, necesita el visto bueno del Consejo de la UE y del Parlamento Europeo, un camino que puede prolongarse meses. Hasta que no se publique en el Diario Oficial de la Unión y España adapte su normativa, los límites actuales siguen vigentes.
El precedente de la directiva DAC7, cuya transposición española llegó en 2024 con retraso, invita a la cautela. La buena noticia es que, si sale adelante, el nuevo límite operará hacia atrás para las comunicaciones correspondientes al ejercicio en que entre en vigor, según la práctica habitual de estas directivas.
Subir el umbral de 2.000 a 3.000 euros aliviaría a miles de vendedores esporádicos que hoy aparecen en los ficheros de Hacienda sin tener actividad profesional.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: La propuesta de directiva está en fase de negociación y no tiene fecha de aprobación estimada. Los límites actuales siguen en vigor.
- ✅ Requisitos clave: Afecta a cualquier persona que venda en plataformas digitales. El reporting se activa cuando las ventas superan los 2.000 euros anuales o se realizan más de 30 operaciones.
- 🌐 Dónde solicitarlo: No hay que presentar ningún trámite; la obligación es de las plataformas. Puedes seguir la evolución en la web de la Comisión Europea o en el portal de la AEAT.
- 💰 Importe o coste: Umbral actual: 2.000 €/año. Propuesta: 3.000 €/año.
- ⚠️ Error a evitar: Creer que el reporting de la plataforma te obliga a tributar. Si vendes objetos personales sin ganancia, no tienes que declararlos en el IRPF.





