DGT activa una multa de 200 euros por no llevar los guantes obligatorios de moto y circular por el arcén

La reforma del Reglamento General de Circulación incluye la obligación de usar guantes en vías interurbanas y circular por el arcén en atascos. Ambas medidas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026 con multas de 200 euros.

Desde el 1 de octubre de 2026, cualquier motorista que circule sin guantes en carretera se enfrenta a una multa de 200 euros. Así lo establece la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Consejo de Ministros, que además autoriza a las motos a circular por el arcén derecho en atascos a baja velocidad. Una doble novedad que transforma las obligaciones y los derechos de los conductores de dos ruedas.

La nueva normativa, según detalla la fuente oficial, tipifica como infracción grave no llevar guantes de protección en cualquier vía interurbana tanto para conductores como para pasajeros de motocicletas y ciclomotores. Se suma la prohibición expresa del calzado abierto en todo tipo de vías, exigiendo calzado cerrado de manera universal. La sanción es inmediata y no contempla periodo de adaptación.

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Guantes obligatorios y circulación por el arcén: qué cambia para los motoristas

La medida estrella para la seguridad pasiva es la implantación del guante obligatorio. El reglamento fija que, desde el primer día de vigencia, será necesario portar cualquier guante de protección —a la espera de que una orden ministerial concrete las especificaciones técnicas de los guantes homologados—. La DGT deja claro que, en caso de no usarlos, la multa de 200 euros se aplicará sin miramientos, igual que si se conduce con sandalias o zapatos abiertos.

En paralelo, se abre la puerta a una circulación hasta ahora prohibida: el arcén derecho. Cuando el tráfico esté congestionado, los motoristas podrán adelantar por el arcén derecho en lugar de zigzaguear entre coches. Eso sí, bajo estrictas condiciones: no superar los 30 km/h y señalizar previamente la maniobra. El objetivo es reducir los alcances en parado y dar fluidez a las retenciones.

La multa por no llevar guantes se impone igual si eres el piloto o el pasajero. La DGT no contempla excepciones para trayectos cortos ni para modelos de moto antiguos.

Cuándo entra en vigor y qué condiciones debes cumplir para no ser sancionado

Todas estas medidas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026. La obligación de guantes afecta exclusivamente a vías interurbanas; en ciudad no será exigible por el momento. Sin embargo, el calzado cerrado sí es universal, incluso en calles urbanas. Para los repartidores profesionales en moto se añade el chaleco reflectante obligatorio en todo momento, bajo la misma sanción de 200 euros.

Respecto a los guantes, mientras no se publique la orden ministerial que defina el estándar técnico, se permite utilizar los guantes de protección que actualmente emplean los motoristas. Una moratoria táctica que evita la paralización del sector, aunque la multa por no llevar nada sigue activa.

En cuanto a la circulación por el arcén, la DGT insiste en que solo será legal con la congestión debidamente identificada y respetando los 30 km/h de velocidad máxima. Circular por el arcén fuera de estas situaciones o a más velocidad se sancionará por una infracción distinta, que puede oscilar entre 200 y 500 euros dependiendo del caso.

Análisis: ¿es proporcionada la multa de 200 euros por circular sin guantes?

Desde la perspectiva de la seguridad vial, equiparar la ausencia de guantes a una infracción grave con 200 euros (una cuantía similar a no usar el cinturón o casco) tiene lógica preventiva. La mayoría de los estudios de accidentalidad indican que las manos son las primeras en impactar contra el asfalto en una caída. Obligar a usar guantes reduce lesiones y costes sanitarios. Sin embargo, la aplicación práctica genera dudas: ¿cómo controlará un agente el tipo de guante en una parada rutinaria? La DGT confía en la función disuasoria del castigo económico, pero hará falta una campaña informativa masiva para que todos los motoristas conozcan el cambio antes de octubre.

La circulación por el arcén, por su parte, es un guiño largamente reclamado por asociaciones moteras, pero no está exenta de riesgo. Circular a 30 km/h por el arcén en autovía con camiones y coches a baja velocidad requiere una pericia que no todos los conductores tienen. Será crucial la señalización horizontal y vertical, algo que aún está por definir a nivel municipal y estatal.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Circular sin guantes de protección en vías interurbanas o con calzado abierto en todo tipo de vías, y la autorización de circular por el arcén derecho en atascos a 30 km/h.
  • Sanción económica: 200 euros.
  • Puntos del carnet: No aplica (sin pérdida de puntos).
  • Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026.

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