La DGT sanciona con 200 euros a quien adelanta por la derecha, pero también multa con la misma cantidad al coche que circula de forma continuada por el carril izquierdo entorpeciendo la marcha. La multa es de 200 euros para ambos conductores, según el Reglamento General de Circulación.
Muchos conductores creen que la culpa es solo del vehículo lento que entorpece, y optan por rebasarlo indebidamente. Sin embargo, la norma es clara: el adelantamiento debe realizarse por la izquierda salvo en contadas excepciones. Incumplirlo tiene consecuencias para el que rebasa y para el que circula mal.
Qué conductor recibe realmente la sanción al adelantar por la derecha
El artículo 31 del Reglamento General de Circulación establece una obligación que pocos respetan: se debe circular por el carril derecho siempre que sea posible. El izquierdo, central o adicional es solo para adelantar. En la práctica, la DGT recuerda que el carril izquierdo no es un carril rápido, sino un carril de maniobra.
En este contexto, la respuesta a quién recibe la multa no es excluyente. La sanción recae, en primer lugar, sobre el conductor que adelanta por la derecha. Esta maniobra se considera un adelantamiento indebido y está tipificada con 200 euros. Si además se interpreta como una maniobra peligrosa, puede conllevar la pérdida de puntos del carnet de conducir.
Ahora bien, el conductor que circula por el carril izquierdo de forma innecesaria también puede ser sancionado. La Guardia Civil de Tráfico lo considera un uso incorrecto del carril, lo que supone otra multa de 200 euros. En otras palabras: ambos conductores conviven en una cadena de errores que termina con doble sanción.
No vale con echarle la culpa al que va lento por la izquierda: la DGT sanciona también la reacción de adelantar por la derecha con una multa idéntica de 200 euros.
Cuándo entra en vigor y qué excepciones tiene la norma
La norma ya está en vigor y no contempla periodo de adaptación. Sin embargo, el propio reglamento detalla tres situaciones en las que adelantar por la derecha sí está permitido sin sanción:
- Cuando el vehículo precedente indica que va a girar a la izquierda o a detenerse de forma inequívoca.
- En vías urbanas con varios carriles en el mismo sentido, siempre que no se ponga en peligro a otros usuarios.
- En tráfico denso o retenciones, situación en la que legalmente no se considera un adelantamiento, sino un rebasamiento por diferencia de velocidad entre carriles.
Esta última excepción es la que más confusión genera. En un atasco, si el carril derecho avanza más rápido que el izquierdo, circular pegado a él sin cambiar de carril no es un adelantamiento sancionable. La clave está en la intencionalidad: si cambias de carril para sortear al vehículo lento, sí cometes la infracción.
Cabe recordar que el llamado síndrome del carril izquierdo sigue siendo uno de los problemas más persistentes en las carreteras españolas. Obliga a otros vehículos a frenar o a cambiar de carril, y es el caldo de cultivo de los adelantamientos indebidos por la derecha.
Cómo evitar la multa si alguien circula por la izquierda
Lo primero que recomienda la DGT es evitar maniobras bruscas y no adelantar por la derecha si exige un desplazamiento lateral. La actitud correcta es mantener la distancia de seguridad, y esperar a que el otro conductor termine su adelantamiento y se reincorpore al carril derecho.
Si el vehículo persiste en circular por el carril izquierdo sin necesidad, lo correcto es adelantarlo por la izquierda cuando la vía lo permita y sea seguro. La DGT recuerda que la velocidad máxima es exactamente el la misma para todos los carriles, y que no existen carriles reservados para circular más rápido.
En definitiva, la receta para evitar la sanción es doble: circular por el carril que corresponda y respetar la norma de adelantamiento por la izquierda. Es la única forma de no contribuir a esa cadena de errores que termina con ambos conductores multados.
¿Doble multa proporcionada o cadena de errores evitable?
La DGT lleva años insistiendo en que el carril izquierdo no es para los que tienen prisa, sino solo para adelantar. Las campañas en redes sociales han sido constantes, pero el mensaje no termina de calar. De hecho, circular por el centro o la izquierda sin necesidad es una de las infracciones más habituales en las campañas de vigilancia de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.
En mi lectura, sancionar a ambos conductores con 200 euros casa uno resulta coherente con la lógica de corresponsabilidad que persigue la Ley de Tráfico. No se trata de una medida recaudatoria, sino de disuadir un comportamiento que genera riesgo en cadena. Sin embargo, hay quien puede considerar excesivo castigar con el mismo importe al conductor que se limita a reaccionar ante el que entorpece. La clave está en que la reacción, si es un adelantamiento indebido, también rompe las reglas.
Un riesgo a vigilar: en vías de dos carriles por sentido, el simple hecho de cambiar al carril izquierdo para luego volver al derecho pasando por delante de un vehículo que ya circulaba por la izquierda puede interpretarse como una maniobra de zigzag. Ahí la sanción puede escalar de los 200 euros a una infracción más grave si se considera conducción temeraria.
En conclusión, la norma no busca poner multas a pares, sino recordar que las buenas prácticas de circulación evitan sanciones. Circular por el carril que toca y adelantar como marca el reglamento protege el bolsillo y la seguridad de todos.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Adelantar por la derecha de forma indebida y circular sin causa por el carril izquierdo o central.
- Sanción económica: 200 euros por cada infracción.
- Puntos del carnet: No aplica de forma automática (salvo que la maniobra se considere peligrosa).
- Entrada en vigor: Ya está vigor.




