Bonificaciones para contratos de formación en alternancia: suben un 26,7% para autónomos y pymes

Desde junio de 2026, la formación presencial bonificada sube a 10,1 euros/hora y la teleformación a 6,3 euros tras un incremento del 26,7 %. Autónomos y pymes pueden aplicar estas nuevas cuantías junto a las bonificaciones de 91 euros al mes en las cotizaciones.

santander autonomos

El 1 de junio de 2026 entraron en vigor los nuevos módulos económicos que permiten bonificar la formación de los contratos de formación en alternancia. La hora presencial sube a 10,1 euros (antes 8 euros) y la de teleformación a 6,3 euros (antes 5 euros), un incremento del 26,7 % que arrastra la actualización del IPC acumulado entre 2013 y 2025.

Esta subida beneficia a miles de autónomos y pymes que emplean esta modalidad laboral. En 2025 se firmaron más de 48.600 contratos de formación en alternancia y en lo que va de 2026 ya se superan los 19.000. Las nuevas cuantías se aplican a los contratos firmados a partir del 1 de junio.

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Las nuevas cuantías: 10,1 €/h en presencial y 6,3 €/h en teleformación

La bonificación se calcula multiplicando el módulo económico por las horas de formación equivalentes al 25 % de la jornada el primer año y al 15 % el segundo. Para un contrato presencial de 40 horas semanales, puedes bonificar hasta 10 horas a 10,1 €/h: 101 euros al mes. Si la formación es a distancia, serían 6,3 €/h, es decir, 63 euros mensuales.

La actualización responde al IPC acumulado entre 2013 y 2025, un 26,7 %, y afecta exclusivamente a la parte de formación; las bonificaciones sobre las cotizaciones de la Seguridad Social se mantienen sin cambios.

Cómo aplicar la bonificación y evitar que te la denieguen

Para aplicar estas nuevas cuantías no necesitas hacer una solicitud expresa: simplemente formalizas un contrato de formación en alternancia (duración mínima de 3 meses y máxima de 2 años) y lo comunicas en el Sistema RED. Eso sí, la bonificación no es automática: debes acreditar las horas de formación.

El error más común es creer que cualquier gasto de formación se descuenta sin más. Los autónomos y pymes pueden optar por dos vías: impartir la formación directamente —en cuyo caso hay que documentar contenidos, horarios y personal formador— o firmar un convenio con un centro acreditado de FP, universidad o del catálogo del SEPE. Si eliges esta última, conserva la factura del centro y asegúrate de que el centro esté acreditado; de lo contrario, la Seguridad Social puede reclamar la bonificación aplicada.

Además, las bonificaciones se descuentan en las liquidaciones de cotizaciones (modelo TC2). En muchas gestorías ya tienen actualizados los importes, pero conviene revisar los cálculos para no dejar dinero sobre la mesa.

El despiste más caro al aplicar la bonificación es no formalizar un convenio con un centro acreditado; sin ese papel, la Seguridad Social puede reclamar las cantidades descontadas con recargos.

Bonificaciones extra en la cotización que no han variado

Junto a los nuevos módulos, los contratos de formación en alternancia siguen disfrutando de bonificaciones fijas en la cotización a la Seguridad Social: 91 euros al mes de la cuota empresarial (1.092 €/año) y 28 euros mensuales de la cuota del trabajador (336 €/año). Si el empleado tiene una discapacidad acreditada igual o superior al 33 %, la bonificación empresarial sube al 50 % de la cuota por contingencias comunes. Estas cantidades no han sido modificadas; solo se actualiza la parte que financia la formación en sí.

Un ajuste largamente esperado, pero que no aligera la burocracia

La Seguridad Social ha actualizado los módulos después de más de diez años sin cambios. Es un paso necesario: en una década, el coste de la formación ha subido y los módulos se habían quedado desfasados. Sin embargo, la complejidad administrativa sigue siendo una barrera para que muchos pequeños negocios se animen a contratar bajo esta modalidad. La necesidad de un convenio con un centro acreditado, la documentación exigida y la gestión a través del Sistema RED no son especialmente ágiles para el autónomo que gestiona todo con una gestoría básica.

Con todo, las nuevas cuantías mejoran la compensación y pueden hacer más atractivo este tipo de contratos en sectores con fuerte demanda de formación dual, como la hostelería, la construcción o los oficios. Para el autónomo que ya tenía contratos de formación, la única tarea pendiente es revisar los cálculos con su gestor y asegurarse de aplicar los nuevos importes desde la liquidación de junio. El dinero extra ya está ahí; solo hay que cursarlo bien.

Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: La actualización de los módulos está vigente desde el 1 de junio de 2026; los contratos firmados a partir de esa fecha ya aplican las nuevas cuantías.
  • Requisitos clave: Tener suscrito un contrato de formación en alternancia (duración entre 3 meses y 2 años). La formación debe estar vinculada a FP, universidad o al catálogo de especialidades del SEPE. Acreditar las horas de formación mediante convenio con centro acreditado o documentación interna.
  • 🌐 Dónde solicitarlo: Las bonificaciones se aplican directamente en la liquidación de cotizaciones a través del Sistema RED; no hay que presentar una solicitud aparte. Puedes revisar los cálculos con tu gestoría o en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
  • 💰 Importe o coste: Bonificación de 10,1 €/hora en formación presencial y 6,3 €/hora en teleformación, por cada hora bonificable (25% de la jornada el primer año, 15% el segundo). Además, bonificaciones fijas de 91 €/mes de la cuota empresarial y 28 €/mes de la cuota del trabajador.
  • ⚠️ Error a evitar: No documentar correctamente la formación externa. Si externalizas, necesitas un convenio con un centro acreditado y conservar las facturas; sin ello, la Seguridad Social puede reclamar lo bonificado.

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