
El Gobierno ha dado luz verde a la nueva jubilación flexible, una reforma que permite compatibilizar el cobro de la pensión con un trabajo a tiempo parcial de entre el 33% y el 80% de la jornada completa. La gran novedad es que también incluye a los autónomos, que podrán percibir hasta un 25% de la pensión mientras mantienen su actividad. La medida, aprobada este martes en Consejo de Ministros, aún necesita la convalidación del Congreso y no entrará en vigor hasta tres meses después de publicarse en el BOE —previsiblemente a finales de 2026—, pero ya podemos explicarte al detalle cómo va a funcionar.
En qué consiste la nueva jubilación flexible y cuáles son los nuevos requisitos
Hasta ahora, la jubilación flexible ya existía pero se usaba muy poco. Permitía reincorporarse al mercado laboral con una jornada de entre el 25% y el 75% de la completa y, a cambio, la pensión se reducía en la misma proporción. La reforma endurece ligeramente el requisito mínimo: la jornada tendrá que estar entre el 33% y el 80%, tanto para asalariados como, por primera vez, para trabajadores por cuenta propia.
La reducción de la pensión sigue siendo proporcional al tiempo trabajado. Si decides trabajar la mitad de la jornada, cobrarás el 50% de tu salario y el 50% de la pensión. Puedes revertir la situación en cualquier momento y volver a cobrar la pensión íntegra, incluso de forma inmediata si te arrepientes.
El verdadero atractivo está en los nuevos incentivos. El Ejecutivo ha diseñado un sistema de pluses para quien retorne al trabajo después de llevar al menos seis meses cobrando solo la pensión. En ese caso, a la parte de la pensión que se sigue percibiendo se le suma un porcentaje extra que puede llegar a ser muy interesante.
El plus del 15% o 25% sobre la pensión es la verdadera novedad que puede hacer atractiva la vuelta al trabajo.
Cómo funciona el sistema de pluses y reducción de la pensión
Si han pasado como mínimo seis meses desde que te jubilaste y quieres acogerte a la jubilación flexible, la Seguridad Social te aplicará un bonus sobre la porción de pensión que sigues cobrando. El importe del plus depende del tramo de jornada que elijas:
- Jornada entre el 55% y el 80%: la parte de pensión se incrementa un 25% extra.
- Jornada entre el 33% y menos del 55%: el incremento es del 15%.
Por ejemplo, si vuelves al trabajo al 50% de la jornada y ya llevas seis meses retirado, cobrarás el 50% de tu sueldo y, además, el 50% de la pensión más un 15% adicional. Eso significa que, mientras trabajas media jornada, ingresarías el 50% del salario y el 65% de la pensión. Sin los seis meses de carencia, el plus no se aplica; por eso conviene esperar ese plazo antes de pedir la compatibilidad si quieres maximizar los ingresos.
Para los autónomos el esquema es distinto. Aquí no se mide la jornada sino el importe de la pensión que se puede cobrar mientras se factura. El decreto final fija un máximo del 25% de la pensión compatible con la actividad por cuenta propia, sin importar el nivel de ingresos o las horas que dediques al negocio. Es una mejora sobre la propuesta inicial, que lo limitaba al 20%.
Qué cambia para los autónomos: ahora sí pueden compatibilizar pensión y actividad
Hasta la fecha, un jubilado no podía volver a trabajar como autónomo y seguir cobrando la pensión por la vía de la jubilación flexible; esta opción no existía. La reforma abre esa puerta, aunque el presidente de ATA, Lorenzo Amor, ya ha recordado que el colectivo de autónomos lleva 19 años pudiendo compatibilizar pensión y trabajo mediante la llamada jubilación activa. Según Amor, el impacto de la nueva fórmula será «prácticamente nulo» porque los autónomos seguirán optando por la otra figura que ya conocen.
Aun así, para quien se jubile y más adelante quiera montar un pequeño negocio o facturar esporádicamente, la jubilación flexible para autónomos puede ser una red de seguridad adicional. La condición es haber esperado esos seis meses desde el retiro para beneficiarse del plus, igual que los asalariados.

Análisis: un paso adelante con incógnitas pendientes
Visto el historial, la jubilación flexible ha sido una figura casi decorativa: apenas unos pocos miles de personas la utilizaban cada año. Endurecer el mínimo de jornada al 33%, aunque acompañado de incentivos, puede no ser suficiente para disparar su uso, sobre todo si el mercado laboral sigue demandando mayor disponibilidad horaria por parte de los mayores de 65 años.
La inclusión de los autónomos es interesante pero llega con un límite del 25% de la pensión que, para quienes ya trabajan por cuenta propia, probablemente no compense frente a la jubilación activa. La gran baza del nuevo sistema es el plus del 15% o 25% sobre la porción de pensión, que mejora la renta sin penalizar el retorno.
Hay que recordar que la norma todavía tiene que superar la convalidación del Congreso y que la entrada en vigor se demorará unos cuatro meses desde su publicación en el BOE. También se quedan fuera de esta reforma los funcionarios de MUFACE, Fuerzas Armadas y Administración de Justicia, cuyos regímenes especiales tienen sus propias reglas.
Lo más práctico ahora, si estás jubilado o planeas jubilarte en los próximos meses, es que calcules qué te conviene más: esperar al menos seis meses tras el retiro y aprovechar el plus cuando quieras volver, o acogerte directamente a otras figuras de compatibilidad que ya están en vigor. Cada caso es un mundo y los números mandan.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: La reforma necesita convalidación del Congreso y entrará en vigor tres meses después de publicarse en el BOE (finales de 2026). Hasta entonces no se pueden presentar solicitudes bajo el nuevo régimen.
- ✅ Requisitos clave: Ser pensionista de jubilación; tener una jornada laboral entre el 33% y el 80% (asalariados) o compatibilizar como autónomo hasta el 25% de la pensión. Para percibir el plus, deben haber transcurrido al menos seis meses desde que se causó la pensión.
- 🌐 Dónde solicitarlo: Una vez vigente, a través de la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente en la oficina del INSS.
- 💰 Importe o coste: La pensión se reduce en proporción inversa a la jornada trabajada. Si se cumplen los seis meses, se añade un plus del 15% (jornadas 33%-55%) o del 25% (55%-80%) sobre la parte de pensión que se sigue cobrando.
- ⚠️ Error a evitar: Pedir la jubilación flexible sin esperar los seis meses desde el retiro: perderás el plus y cobrarás solo la pensión proporcional, sin el extra que puede marcar la diferencia.




