El lío monumental con el cheque de 200 €: «Alta, pero no aparece el expediente»

La cheque de 200 euros no sólo está tardando en llegar. La página web habilitada por la Agencia Tributaria tampoco da una información exacta sobre el estado de esta ayuda a la que se han presentado 2,7 millones de solicitudes, una cifra alejada de las estimaciones del Gobierno. En teoría, esta medida para paliar los efectos de la crisis alcanzaría a más de 4,2 millones y un impacto directo en seis millones de ciudadanos, el 12,6% de la población.

La Agencia Tributaria tiene de plazo hasta el 30 de junio para abonar este cheque de 200 euros, que se ingresa de una sola vez y por el que hay que tributar en la próxima Declaración de la Renta 2023. En caso de haber recibido esta misma ayuda durante el pasado año, el contribuyente deber declarar estos ingresos en la Declaración de la Renta 2022.

Para conocer si el cheque de 200 euros está aprobado, el usuario debe entrar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria en el apartado «consulta de solicitudes»; una vez entrado, la web pedirá el acceso con la cl@ve pin o bien con el DNI electrónico, entre otras formas. Así, se ofrece el listado completo de todas las ayudas solicitadas por el usuario. La propia web permite realizar una búsqueda avanzada en caso de no encontrarla en la lista.

LAS DUDAS INVADEN LOS FOROS Y REDES SOCIALES

Una vez pinchado, la Agencia Tributaria ofrece el estado de la solicitud en el apartado de «observaciones». Así, aparecerá si se ha aceptado, denegado o bien otras incidencias. Hasta aquí la teoría, pero la realidad es muy distinta. Para comenzar, el número de expediente asignado al solicitar la ayuda es diferente al que da la Agencia Tributaria cuando la solicitud está en estudio.

Las alegaciones por el cheque de 200 euros hay que presentarlas en la oficina de la Agencia Tributaria
Las alegaciones por el cheque de 200 euros hay que presentarlas en la oficina de la Agencia Tributaria

Otros expedientes llevan meses parados, sin que se dé una explicación al solicitante y potencial beneficiario. Otros están en «alta» -la Agencia Tributaria ha aceptado la solicitud y la cuenta bancaria-, pero no se ha hecho el desembolso del cheque de 200 euros; mientras que otros tienen la temida «alta OA» -la Agencia Tributaria acepta la solicitud y la cuenta bancaria, pero está pendiente de revisión-. Éstos casos suscitan las mayores dudas. «¿Por qué si se ha aprobado está aún en revisión?», se preguntan en uno de los foros consultados, como Rankia, por MERCA2.

Estoy igual, Alta OA, pero no hay expediente

«Estoy igual, Alta OA, pero no hay expediente», lamenta otro. «La mía sigue igual, no se mueve», indica otro, que da por perdida la ayuda. «Va para largo», considera otro. El consejo más repetido es descolgar el teléfono y llamar a Hacienda, que ofrece, entre otros, un número de tarificación especial para atender consultas.

LA TEMIDA ALTA OA EN EL CHEQUE DE 200 €

De esta forma, pese a que oficialmente la web muestra un expediente, la realidad de la solicitud puede ser bien distinta. Una información que no sólo confunde a los solicitantes, sino que provoca la desesperación de los mismos. Cabe recordar que estos beneficiarios son personas vulnerables.

En concreto, sólo pueden acceder a este cheque de 200 euros las rentas inferiores a los 27.000 euros durante el 2022 y con un patrimonio inferior a los 75.000 euros, descontando la vivienda habitual. En este sentido, deben sumarse las rentas y el patrimonio de las personas que convivan en el domicilio del beneficiario, es decir, su propios ingresos, el del cónyuge o pareja de hecho, los descendientes menores de 25 años o con discapacidad y cuyas rentas no excedan de los 8.000 euros, y los ascendientes de segundo grado.

El solicitante, además, tendrá que tener residencia legal en España o haber permanecido más de 183 días en el país. Y es que, este requisito es indispensable para que la Agencia Tributaria pueda incluir este ingreso en la Declaración de la Renta 2022.

BENEFICIADOS Y EXCLUIDOS EN EL CHEQUE DE 200 €

Los trabajadores que la soliciten deben estar registrados en la Seguridad Social, sean empleados por cuenta ajena o propia (autónomos). También aquellos que han cobrado la prestación o subsidio de desempleo tienen derecho a esta ayuda.

Asimismo, los beneficiarios de rentas otorgadas por las Comunidades Autónomas, como Madrid, Valencia o Cataluña, tienen derecho al cheque de los 200 euros siempre y cuando cumplan los requisitos de los primeros.

Por otro lado, quedan fuera de este cheque de 200 euros quienes perciben el ingreso mínimo vital o pensiones no contributivas; o bien cualquier otra pensión de la Seguridad Social, como la de viudedad, orfandad, jubilación o Clases Pasivas, que se han revalorizado este año un 8,5%.

Si se recibe otros ingresos de la Administración Pública, como pensiones en el caso de autónomos del RETA o bien de la Minería o Trabajadores del Mar, como tampoco quienes estén registrados en el sistema de Empleados del Hogar.

Álvaro J. Medina
Álvaro J. Medina
Madrileño en Barcelona. Apasionado de la actualidad política, la Economía y empresas. He pasado por el grupo Intereconomía y Vozpópuli. Ahora, en MERCA2.es, INVERSIÓN.es y MONCLOA.com para seguir informando. "Si no lo puedes explicar, es que no lo sabes". Si tienes algo que contarme: alvaro.medina@merca2.es