Telefónica ha sido la compañía elegida para prestar el servicio universal de telecomunicaciones en 2023 y 2024. Según dictamina la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC), la multinacional española será designada para abastecer a todos los usuarios que soliciten un servicio de internet, cuya cifra está estipulada, como mínimo, en 10Mbps de velocidad, independientemente de donde se hospede el usuario.
De esta forma, a la espera de la fusión Orange-MásMóvil que tendrá lugar a finales del primer trimestre de este año, Telefónica se ha visto obligada a presentar su candidatura después de que el organismo regulador de mercados lanzara un concurso de prestación en diciembre del pasado año que quedó sin voluntarios. Hoy en día, la teleoperadora de José María Álvarez-Pallete es la que mayor cuota de mercado móvil y fijo posee.
Las cabinas telefónicas serán totalmente suprimidas de la Ley General de Telecomunicaciones, formando parte solamente del servicio universal el servicio de acceso adecuado y disponible a internet de banda ancha a través de una conexión fija
TELEFÓNICA COLABORARÁ PARA GARANTIZAR INTERNET A TODA LA POBLACIÓN
Hasta ahora, el servicio universal de telecomunicaciones incluía el uso de cabinas telefónicas, hecho que lastraba la calidad de comunicación entre los usuarios y, por otra parte, se establece la prestación del suministro de la conexión a la red fija con capacidad de banda ancha a 1 Mbps de subida hasta el 1 de enero de 2023, que continuará este año y en 2024. Todo ello bajo la adjudicación de Telefónica. Pero, a partir de ahora, el servicio mínimo de internet que se fijará para todo el mundo será de 10Mbps como mínimo, ampliables a 30Mbps, para garantizar la mejora de red fija en España.
Asimismo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que ya emitió un informe previo el 29 de noviembre de 2022, considera adecuado acudir al procedimiento de designación directa para dotar de continuidad en estos momentos a la prestación del servicio universal. La licitación pública estuvo activa hasta enero de 2023 y el concurso quedó desierto. De ahí que se asignara el cupo a Telefónica, ya que es la empresa de telefonía con mayor cuota de mercado en banda ancha de internet y fija.
De hecho, en diciembre, esta licitación ya incorporaba las innovaciones y nuevas características del servicio universal de telecomunicaciones regulado por la Ley General de Telecomunicaciones, aprobada en 2022. Por consiguiente, tal y como redacta el Gobierno de España en su página web oficial, el control y seguimiento de las obligaciones de servicio universal corresponde al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
TELEFÓNICA DICE ADIÓS A LAS CABINAS TELEFÓNICAS
El servicio universal garantiza que todos los ciudadanos tengan acceso a una serie de servicios «con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible». Esto incluye llevar la red de telecomunicaciones a cualquier punto del país, incluidas las zonas no rentables.
El organismo presidido por Cani Fernández acaba de publicar en el informe emitido a petición de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (Setid), que las cabinas telefónicas serán totalmente omitidas de la Ley General de Telecomunicaciones, formando parte solamente del servicio universal el servicio de acceso adecuado y disponible a internet de banda ancha a través de una conexión fija, así como los servicios de voz que se proveen a través de esta conexión subyacente fija.
Por lo tanto, según recuerda la CNMC en su documento oficial, se eliminan del ámbito del servicio universal los conceptos de la provisión del servicio de telefonía a partir de cabinas telefónicas o los servicios de consulta telefónica sobre números de abonado y guías telefónicas.
UNA VELOCIDAD MÍNIMA DE 10MBPS
Por primera vez, se establece que el servicio de acceso a internet deberá soportar un conjunto mínimo de servicios y que la velocidad mínima de acceso a internet deberá ser de 10Mbps por segundo en sentido descendente. Esto incluye llevar la red de telecomunicaciones a cualquier punto del país, incluidas las zonas no rentables.
Aunque la Setid ha incorporado en la designación la mayoría de las observaciones de la CNMC a la licitación, se insiste en la importancia de definir las condiciones en las que ha de proporcionarse la velocidad mínima de acceso a Internet que marca la nueva Ley de 10 Mbps en sentido descendente (por ejemplo, si han de garantizarse estas velocidades en cualquier circunstancia, en la mayoría del tiempo, como el 90% del tiempo, o bajo ciertas condiciones de ocupación de la red, o con una red al 60% de capacidad, etc.).
Asimismo, y en virtud de lo anterior, la CNMC reitera la conveniencia de impulsar el real decreto de desarrollo al que se refiere el artículo 37.1.a) de la Ley General de Telecomunicaciones, a la mayor brevedad posible. En dicho real decreto se podrá modificar la velocidad mínima de acceso a internet a garantizar en el servicio universal y se determinarán las características y parámetros técnicos del servicio universal, o incluso se podrán modificar el conjunto mínimo de servicios que debe soportar el servicio de acceso a internet de banda ancha.