Uno de cada tres autónomos puede ser sancionado por no llevar a cabo el registro salarial

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En marzo de 2019 se modificó el Estatuto de los Trabajadores y se estableció para los empresarios la nueva obligación de llevar un registro salarial de todos sus empleados. Por disposición expresa del Real Decreto 902/2020, desde el 7 de marzo de 2021 todos los empleadores que tengan a su cargo más de 50 empleados deben llevar este registro.

Ocurre que muchos de esos empleadores que están al frente de pequeñas plantillas son autónomos, y resulta que muchos de ellos no están cumpliendo con lo que dice la ley. Algo que sucede, en la mayoría de los casos, por desconocimiento de esta obligación.

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Muchas dudas sobre el registro salarial entre los empleadores

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Desde la Inspección de Trabajo están en marcha diferentes acciones para analizar las posibles discriminaciones salariales, y son los propios inspectores los que señalan que en los últimos meses los empleadores les han planteado una gran cantidad de dudas con respecto a la auditoría salarial.

Las más comunes versan sobre en qué casos existe la obligación de llevar a cabo el registro de salarios, qué datos deben incluirse en el mismo, cada cuánto debe actualizarse la información o si hay que utilizar algún programa específico para las nóminas.

Con tantas dudas, no es extraño que muchos empleadores todavía no se hayan adaptado del todo a la nueva obligación. Se estima que uno de cada tres autónomos con empleados (un 30%) no están cumpliendo adecuadamente con la norma que les impone llevar un registro salarial, lo que les deja expuestos a posibles sanciones.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.