¿Puede un falso autónomo reclamar a Hacienda la devolución del IVA?

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El conflicto que enfrenta a los riders con las plataformas para las que trabajan y con el propio Gobierno ha puesto de nuevo en boca de todos la figura del falso autónomo. Aquel que cotiza al RETA pero que, en realidad, no cumple con los requisitos para ser considerado un trabajador por cuenta propia sino que encaja en la definición de trabajador asalariado.

Las sentencias que reconocen que alguien es un falso autónomo condenan a la empresa para la que trabaja a hacerse cargo del pago de sus seguros sociales con carácter retroactivo, a contar desde la fecha de inicio de la relación laboral. En consecuencia, la Seguridad Social devuelve al interesado lo que este pagó en su momento como cotización al RETA. Pero, ¿qué ocurre con el IVA?

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¿Cómo se solicita la devolución?

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Aquellos a los que sí se haya reconocido un derecho a devolución del IVA, deben hacer su reclamación a través del proceso de rectificación de autoliquidaciones, siendo necesario aportar la resolución en la que se funda la petición de devolución del dinero.

Además, el reconocimiento como falso autónomo implica hacer cambios en las declaraciones de la renta presentadas,  a través de una declaración sustitutiva del IRPF. Así, los rendimientos de actividades económicas pasarán a tener la consideración de rendimientos del trabajo.

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Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.