¿Puede un falso autónomo reclamar a Hacienda la devolución del IVA?

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El conflicto que enfrenta a los riders con las plataformas para las que trabajan y con el propio Gobierno ha puesto de nuevo en boca de todos la figura del falso autónomo. Aquel que cotiza al RETA pero que, en realidad, no cumple con los requisitos para ser considerado un trabajador por cuenta propia sino que encaja en la definición de trabajador asalariado.

Las sentencias que reconocen que alguien es un falso autónomo condenan a la empresa para la que trabaja a hacerse cargo del pago de sus seguros sociales con carácter retroactivo, a contar desde la fecha de inicio de la relación laboral. En consecuencia, la Seguridad Social devuelve al interesado lo que este pagó en su momento como cotización al RETA. Pero, ¿qué ocurre con el IVA?

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Un tema que no está nada claro

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La diferencia de criterio entre las sentencias del Tribunal Supremo y de otros órganos como el Tribunal Superior de Justicia de Valencia ponen sobre la mesa el hecho de que la inadecuada regulación de esta cuestión supone una ineficacia del sistema, dando lugar a inseguridad jurídica para los ciudadanos.

Los expertos creen que es necesario que haya unificación de doctrina en torno a este tema. Porque cada año la Inspección de Trabajo saca a la luz a unos cuantos miles de falsos autónomos y es importante que estos tengan claro si pueden reclamar o no lo que en su momento pagaron a modo de IVA.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.