El plazo para reclamar los daños y perjuicios sufridos por la amortización de los títulos de Banco Popular tras la resolución del banco y posterior venta a Banco Santander el 7 de junio de 2017 finalizará este viernes, 28 de agosto, tras haber sido extendido por la suspensión de plazos de prescripción y caducidad que supuso el decreto del estado de alarma por la pandemia del coronavirus en España.
La caída de Banco Popular provocó que los accionistas perdiesen todo el valor de sus inversiones. Las principales medidas para reclamar, como la acción indemnizatoria por responsabilidad del emisor y responsabilidad del folleto, prescriben a los tres años, es decir, que el plazo acababa el 7 de junio de 2020.
Sin embargo, el real decreto por el que se declaró el estado de alarma por la situación excepcional como consecuencia del coronavirus confirmó la suspensión de todos los plazos de prescripción y caducidad hasta el 4 de junio, por lo que todos los plazos de prescripción y caducidad se ampliaron en 82 días. Por todo ello, este viernes es el último día que tienen aquellos afectados por la resolución de Banco Popular que todavía no han iniciado acciones para reclamar sus inversiones.
Desde Rúa Abogados, despacho que asesora a más de 9.000 afectados de Banco Popular, han señalado que hay una diferencia entre las acciones adquiridas en la ampliación de capital de 2012 y 2016 y los títulos comprados fuera de las mismas, es decir, en el mercado secundario.
El plazo para reclamar es diferente en ambos casos. En el primero, los afectados pueden ejercitar una acción de anulabilidad por error como vicio del consentimiento, cuyo plazo es de cuatro años, por lo que vence el 28 de agosto de 2021.
Sin embargo, quienes adquirieron acciones en el mercado secundario pueden ejercitar una acción de responsabilidad, que prescribe a los tres años (este 28 de agosto de 2020). De no interrumpir el plazo de prescripción antes de que acabe la semana, no tendrán otra acción que les asista.
En este sentido, el despacho Unive Abogados ha llamado a los afectados a «poner el contador a cero» con una reclamación extrajudicial, que daría tres años de plazo adicional para decidir si iniciar la vía judicial. Además, el letrado de Unive Abogados Adrián López ha recordado a quienes adquirieron los títulos directamente en las ampliaciones de capital de Banco Popular que pueden ejercitar ambas acciones: la de indemnización de los daños y perjuicios (que prescribe este viernes) y la de anulabilidad por error como vicio del consentimiento (que caduca el próximo año 2021).
«Si bien es cierto que hasta agosto del año próximo podrán ejercitar la acción anulatoria, si no se interrumpe la prescripción de la acción indemnizatoria perderán esta acción», ha advertido el abogado. Desde el despacho han apuntado que los afectados que cuentan con las dos acciones «no deberían cerrarse puertas», por lo que les recomiendan interrumpir la prescripción del plazo de tres años que marca la ley antes de que finalice la semana.