Según datos recopilados por la DGT, la Dirección General de Tráfico, casi el 30% de los conductores sometidos a los controles que realizan las autoridades habían consumido algún tipo de sustancia psicoactiva, drogas, alcohol o medicamentos, antes de realizar la prueba. Una cifra que sigue en aumento pasados los años. De hecho, en 2021 este dato subió un 5% con respecto al 2020.
Pero hay más; el pasado año esto mantuvo como el segundo factor más concurrente en los accidentes de tráfico solo por detrás de las distracciones. Ante esto, y las abultadas cifras, la DGT tiene como una de sus principales prioridades conseguir una movilidad por carretera en la que las víctimas mortales no existan. Tanto es así que para este 2022 se activarán nuevos controles de drogas para los conductores. Y sí; las multas son más grandes. Lo conocemos desde MERCA2.
La DGT endurece sus controles de drogas para conductores este 2022

La inmensa mayoría de los conductores se han sometido a una prueba en carretera. Estas son las que nos miden si hemos tomado alcohol o si hemos consumido algún tipo de drogas que pueden afectarnos seriamente a la hora de nuestra puesta en marcha al volante. Estas, en su caso, las hacen las autoridades que controlan el Tráfico de la DGT, tanto Guardia Civil como Policía (local o Nacional).
Esto ha hecho porque, en los últimos años, se reformaran varias normas de tráfico, donde han cambiado textos legales y se han modificado las condiciones tanto de conducción como de obtención de los diferentes permisos de conducción que existen. Y en esas, en lo referido a los controles de drogas, la DGT ha expresado que para este 2022 habrá nuevos planes hacia los mismos en pro de que los conductores tomen más precauciones y reduzcan las siniestralidades. ¿Quieres saber cómo son? Sigue leyendo, lo conocemos.
¿Cuáles son las tasas de alcohol y drogas permitidas para los conductores? Esto dice la DGT

De acuerdo con la legislación actual, las tasas de alcoholemia permitidas para los conductores en España son 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado para los conductores en general. Mientras, para los conductores noveles y profesionales, estas cifras son de 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado. En todo caso, si se superan los 0,60 y 0,30 mg/l respectivamente, la infracción se convierte en delito.
Esto puede conllevar la pena de prisión, con multas cuantiosas, o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un a noventa días, como se refiere en el Código Penal. Para el caso de las drogas es distinto: la ley prohíbe conducir bajo los efectos de las drogas. A diferencia del alcohol, no admite una tasa mínima, sino que se practica la tolerancia cero. Con todo, las pruebas arrojan un resultado positivo o negativo, sin valor.
Qué penas y sanciones hay si damos positivo en el control de drogas de la DGT

En cualquier caso, tanto a los que lo hayan hecho en base al control de alcoholemia (y hayan superado las tasas permitidas) como a los que hayan dado positivo, a estos conductores se les prohibirá conducir vehículos de uno a cuatro años. Asimismo, cuando un conductor supera estos límites en un control, hay infracción administrativa y se aplican sanciones, tanto de multas como de pérdida de puntos.
Esto supone, como mínimo, una pena de 1.000 euros y la retirada de seis puntos del carnet. ¿Existe la posibilidad de negarse a realizar la prueba? Sí, pero lo cierto que no es lo más recomendable. El motivo no es otro que el que podemos enfrentarnos a una pena de prisión entre 6 y 12 meses. Pero, ¿cómo son los controles de la DGT que realiza la Guardia Civil para comprobar nuestros niveles de drogas?
Así es la prueba del control de drogas de la DGT: detecta cinco sustancias diferentes

Como tal, en cualquier punto kilométrico y a cualquier hora del día podremos encontrarnos con un control de alcohol y/o drogas. Hablamos de ambos porque mediante el organismo de la DGT, Tráfico está haciendo especial énfasis en los colectivos policonsumidores, aquellos conductores que se ponen al volante y que consumen ambos. Por este motivo, seguramente tengas que someterte tanto al control de alcohol como al de drogas.
En el caso de este último, existen menos equipos de detección, siendo igualmente obligatorio someterse a ella. La misma consiste en realizar un test mediante una muestra de saliva, el cual detecta la presencia de cinco sustancias diferentes. Estas son las de anfetaminas, cocaína, THC, cannabis y metanfetaminas. Si el resultado es positivo se pasa a tomar una segunda muestra que es precintada y enviada un laboratorio para confirmarlo.
Nerviosismo, temblor, sudoración… son valores externos por las drogas que pueden influir en la conducción

En este sentido, la normativa indica que, a efectos de contraste y a petición del interesado, se puede repetir las pruebas para la detección de alcohol o de drogas. Esta segunda prueba será a través de un análisis de sangre, «salvo causas excepcionales debidamente justificadas». Si la prueba de contraste da resultado positivo, debemos tener en cuenta que el coste correrá a cargo del conductor que la ha solicitado.
Como decimos, Los agentes, además, han recibido un curso de formación específico que les permite valorar los signos externos que presente el conductor (nerviosismo, temblor, sudoración…) y que pueden influir en la conducción.
- Resultado negativo: si es negativo y no presentas síntomas visibles, podrás continuar tu viaje. En ningún caso el conductor será sancionado.
- Resultado negativo con síntomas: se está cometiendo un delito tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal. Se procede a la inmovilización del vehículo a abrir un Acta de Signos Externos para la Determinación de la Influencia de Drogas en la Conducción.
- Resultado positivo: al conductor se le impondrá una denuncia administrativa según especifica el artículo 14 de la Ley de Seguridad Vial. También se inmovilizará el vehículo.
Cómo es la metodología de la prueba a realizar

En este sentido, se hace porque la propia DGT ha adoptado una nueva forma de medir los controles más allá de los propios test, tanto de drogas como de alcohol. Para el caso del primero, en su caso, estos se hacen ver de una manera más completa de lo que venía siendo hasta entonces, sobre todo en lo que concierne a la metodología de la prueba realizada por los agentes.
Por lo general estos suelen parar a un conche cuando tienen sospechas de que el conductor tiene sus capacidades mermadas por el consumo de alguna sustancia o a consecuencia de un accidente de tráfico. Su manera de proceder se hace mediante los siguientes pasos.
- Información. El conductor es informado de que va a ser sometido a una prueba de drogas.
- Primera muestra. Primero se realiza una prueba de alcohol y, después, se toma una muestra de saliva con unos dispositivos especiales.
- Segunda muestra. En caso de que la prueba indique un resultado positivo en alguna sustancia, se toma una segunda muestra de saliva para su análisis y confirmación del positivo.
- Muestra de sangre. Si en la segunda es también positivo, el conductor puede solicitar que se le realice un análisis de sangre como prueba de contraste (en detalle más abajo). La extracción será realizada por personal sanitario.
- Expediente. Los resultados del laboratorio toxicológico se unen al informe del agente de la Guardia Civil y se inicia el correspondiente expediente.
El alcohol, la sustancia más consumida al volante; le siguen la cocaína y el cannabis

Los datos recogidos por la DGT también muestran que el alcohol sigue siendo la sustancia más consumida por los conductores fallecidos, seguida por la cocaína, el cannabis y los psicofármacos. El consumo de todas estas sustancias ha experimentado un notable aumento a lo largo de los últimos diez años, en especial en el caso de las drogas (7,6% más).
Asimismo, a lo largo del 2021, también se incrementó el número de peatones fallecidos por atropello con resultados positivos a alcohol, drogas y/o psicofármacos, aisladamente o en combinación respecto a 2019. De los 136 peatones fallecidos por atropello en accidente de tráfico y sometidos a autopsia, algo más del 41% arrojaron resultados positivos.
El conductor sí tiene derecho de pedir otro análisis y recurrir la multa

Respecto a otras drogas más allá de las mencionadas, la DGT no ha previsto umbrales de consumo y de presencia en sangre y aire espirado. Los controles que se realizan en España identifican la presencia de otras drogas y, como hemos dicho, la positividad en una de ellas tiene como consecuencia la sanción al conductor.
De la misma forma, y en caso de que se haya dado positivo en estas sustancias, el conductor tiene el derecho de pedir un análisis de sangre en un hospital, que es una prueba más precisa, pero hay que pagarlo de nuestro bolsillo, más la pérdida de tiempo que implica. El análisis del test será comprobado posteriormente en un laboratorio. Si no se guarda la cadena de custodia adecuadamente, o si la Administración no puede demostrar el positivo, la multa se puede recurrir y ganar el recurso.