Cantabria convoca ayudas de internacionalización: subvenciones directas para pymes y autónomos

El decreto cambia la concurrencia competitiva por la concesión directa: se presenta la factura ya pagada, sin plan previo ni fecha límite. El techo son 50.000 euros por empresa o autónomo y la inversión mínima, 5.000 euros.

santander autonomos

Cantabria abre desde el 29 de octubre ayudas de internacionalización para pymes y autónomos: hasta 50.000 euros y el 70% del gasto cubierto.

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicó el 27 de octubre el decreto de la Consejería de Industria que aprueba el nuevo marco de subvenciones, gestionado por la empresa pública SODERCAN. Las solicitudes se tramitan a través de el Gestor de Ayudas de SODERCAN desde el jueves 29 de octubre.

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La novedad no está en la cuantía, sino en cómo se pide. El decreto sustituye la concurrencia competitiva por un régimen de concesión directa: desaparece la espera a una convocatoria y la competencia por puntos con el resto de solicitantes. Quien acredita los requisitos y obtiene resolución favorable, cobra.

Ya no hay que presentar previamente un plan de promoción comercial ni ajustarse a una fecha límite. Se aportan directamente las facturas, los justificantes de pago y el informe de auditoría, y en un solo procedimiento se solicita y se justifica la subvención. Cero plan previo.

Cuánto cubre la ayuda y qué gastos entran

La intensidad es del 70% sobre los gastos subvencionables, con un importe máximo de 50.000 euros por empresa o persona autónoma. Cada beneficiario puede presentar hasta dos solicitudes por año natural, y cada una debe contemplar una inversión subvencionable mínima de 5.000 euros.

El cambio de modelo pesa más que el importe: cobrar deja de depender de ganar un concurso y pasa a depender de tener las facturas en regla.

Hay margen para meter gasto ya hecho. La primera solicitud admite gastos desde el 11 de octubre de 2025, así que buena parte de lo facturado en el último año entra si encaja en las líneas del decreto.

Las líneas subvencionables son cinco. Promoción internacional: ferias y congresos con expositor propio, eventos de presentación, asistencia como visitante a ferias especializadas fuera de España, viajes de prospección, misiones comerciales internacionales e inversas.

Después, publicidad en medios profesionales de los mercados de destino y adaptación comercial del producto (etiquetado, fichas técnicas, packaging en otros idiomas); estudios de mercado y de viabilidad para implantaciones en el exterior; certificaciones, homologaciones y registro de marcas; y el informe de auditoría.

Dos topes conviene apuntarlos. Los estudios de mercado y viabilidad tienen un límite de 6.000 euros de ayuda. El informe de auditoría, obligatorio, se subvenciona hasta 900 euros: cubre el coste del auditor inscrito en el ROAC, pero no su totalidad si la factura es mayor.

Quién puede pedirla y quién se queda fuera

subvenciones exportación pymes

Pueden acceder empresas y personas autónomas de cualquier tamaño y forma jurídica con un centro de trabajo en Cantabria y actividad incluida en los epígrafes que recoge el decreto. Quedan excluidas las empresas y entes públicos.

El error más caro aquí no es de fondo, es de forma: presentar la solicitud sin el informe de un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. Sin ese documento no hay tramitación, y aunque su coste se subvencione, hay que pagarlo y aportarlo primero.

El segundo despiste típico es acumular facturas pequeñas y presentarlas sueltas: si no se llega a los 5.000 euros de inversión subvencionable por solicitud, la ayuda no entra. Conviene agrupar gastos por línea y jugar bien las dos solicitudes anuales.

El plazo máximo de resolución es de tres meses desde la presentación. Como la justificación se aporta al pedir, una vez comprobados los requisitos, SODERCAN puede abonar directamente, sin una segunda fase de revisión de facturas.

Menos papeleo, pero el filtro está en la caja

El modelo anterior obligaba a preparar un plan de promoción antes de saber si la ayuda llegaba y a competir por un presupuesto repartido entre todos los solicitantes. Para una pyme de seis trabajadores o un autónomo que va a una feria en Milán, ese trámite previo era muchas veces el motivo real para no pedir nada. El I Plan de Internacionalización de Cantabria 2025-2028 coloca ahora el esfuerzo en otro sitio: no en el proyecto, sino en la factura pagada.

Es una simplificación real y va en la dirección correcta. Pero traslada el coste financiero al solicitante. Quien pide tiene que haber pagado ya la feria, el viaje o la certificación, y sumar además el informe de auditoría. Para un autónomo con tesorería justa, adelantar el 100% del gasto y esperar hasta tres meses puede ser más disuasorio que cualquier formulario. La ayuda del 70% es generosa; el requisito de solvencia previa, no tanto.

Queda otra pregunta sin respuesta en el decreto publicado: cuánto dinero hay detrás. La norma fija porcentajes y topes, pero el presupuesto disponible no aparece detallado en la información difundida. Con concesión directa y sin fecha de cierre, el criterio de reparto cuando la caja se agote será la primera cosa que convenga vigilar en el Gestor de Ayudas de SODERCAN.

Y ojo: sin fecha límite, la tentación de dejarlo para diciembre es alta.

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Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: solicitudes abiertas desde el 29/10/2026, de forma continuada durante todo el año y sin fecha de cierre. Resolución máxima en tres meses.
  • ✅ Requisitos clave: centro de trabajo en Cantabria, actividad en los epígrafes del decreto e inversión subvencionable mínima de 5.000 euros por solicitud. Excluidas las entidades públicas.
  • 🌐 Dónde solicitarlo: Gestor de Ayudas de SODERCAN (sodercan.es), con certificado digital. Información presencial en las oficinas de SODERCAN en Santander.
  • 💰 Importe o coste: subvención a fondo perdido del 70% del gasto, con techo de 50.000 euros por empresa o autónomo. Estudios hasta 6.000 euros y auditoría hasta 900 euros.
  • ⚠️ Error a evitar: presentar la solicitud sin el informe de auditoría ROAC o sin alcanzar los 5.000 euros de gasto subvencionable: la ayuda no se tramita.

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